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¿Quién puede ungir válidamente a los enfermos?

Pregunta:

En un debate amistoso reciente, tomé la posición de que los diáconos no pueden administrar el sacramento de la unción de los enfermos. Finalmente cité el canon 1003 del Código de Derecho Canónico, que dice: "Todo sacerdote, y sólo un sacerdote, administra válidamente la unción de los enfermos". Mi adversario, sin embargo, respondió que el canon no puede decir lo que dice porque si se tomara literalmente, un obispo tampoco podría administrar el sacramento. Ambos sabíamos que eso debía estar mal. ¿Cuál es la historia?

Respuesta:

Mis felicitaciones por tratar de basar su discusión en documentos relevantes y por mantenerla amigable.

Tenías razón al decir que los diáconos no pueden administrar el sacramento de la unción de los enfermos y corregir nuevamente al confiar en la Ley de 1983. Código de Derecho Canónico para esa posición, pero usted citó el texto equivocado en este debate en particular. Usted citó una traducción al inglés del Código, en lugar de citar el texto oficial en latín. Aunque cita la versión inglesa del Código es una necesidad práctica y en la mayoría de los casos no causa dificultades, en esta discusión en particular te hizo tropezar.

La traducción al inglés de este canon no es incorrecta (las traducciones aprobadas rara vez son “incorrectas”) pero en este caso no transmite un matiz importante contenido en el latín. Cuando el derecho canónico quiere referirse a un hombre constituido en cualquier grado de las órdenes sagradas, ya sea diácono, sacerdote u obispo, utiliza el término genérico latino. clérigo, o clérigo. Cuando el derecho canónico desea describir específicamente a alguien que es únicamente diácono, utiliza el término más restringido diácono. De manera similar, cuando el derecho canónico identifica específicamente a un sacerdote, es decir, a un hombre constituido en el segundo grado del orden sagrado y no puramente diácono ni también obispo, utiliza el término unívoco presbítero. Finalmente, cuando el derecho canónico se refiere a un hombre que disfruta de la plenitud del orden sagrado, es decir, un obispo, utiliza el término específico episcopo.

Un aspecto en el que el latín tiene ventaja sobre el inglés es que cuando el derecho canónico desea referirse a un hombre constituido en segundo o tercer grado de las órdenes sagradas, lo que en inglés llamaríamos “sacerdote” o “obispo”, el latín usa la término único y único sacerdos. Por convención de larga data (tanto los británicos como los estadounidenses Código traducciones se leen de esta manera), la palabra latina sacerdos, si bien significa sacerdote u obispo, siempre se traduce en inglés simplemente como “sacerdote”.

Ahora puedes responder a tu propia pregunta y al argumento de tu amigo: El texto latino del canon 1003, no utiliza el término presbítero, lo que habría avanzado el argumento de su amigo al excluir a los obispos. En su lugar utiliza el término sacerdos, que significa sacerdotes u obispos. Así, según el derecho canónico, el sacerdote o los obispos –pero no los diáconos– pueden administrar válidamente el sacramento de la unción de los enfermos.

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