
Pregunta:
Respuesta:
Mis felicitaciones por tratar de basar su discusión en documentos relevantes y por mantenerla amigable.
Tenía usted razón al afirmar que los diáconos no pueden administrar el sacramento de la unción de los enfermos, y también al basarse en el Código de Derecho Canónico de 1983 para fundamentar esa postura; sin embargo, en este debate en particular, citó el texto erróneo. Citó una traducción al inglés del Código , en lugar del texto oficial en latín. Si bien citar la versión en inglés del Código es una necesidad práctica y, en la mayoría de los casos, no genera dificultades, en esta discusión en concreto le causó problemas.
La traducción al inglés de este canon no es errónea (las traducciones aprobadas rara vez lo son), pero en este caso no logra transmitir un matiz importante del latín. Cuando el derecho canónico se refiere a un hombre constituido en cualquier grado de las órdenes sagradas, ya sea diácono, sacerdote u obispo, utiliza el término latino genérico clericus, o clérigo. Cuando el derecho canónico desea describir específicamente a un diácono, utiliza el término más restringido deaconus. De manera similar, cuando el derecho canónico identifica específicamente a un sacerdote, es decir, a un hombre constituido en el segundo grado de las órdenes sagradas y no solo diácono ni obispo, utiliza el término unívoco presbítero. Finalmente, cuando el derecho canónico se refiere a un hombre que goza de la plenitud de las órdenes sagradas, es decir, un obispo, utiliza el término específico episcopus.
Una ventaja del latín sobre el inglés radica en que, cuando el derecho canónico se refiere a un hombre constituido en el segundo o tercer grado de las órdenes sagradas, lo que en inglés llamaríamos «sacerdote» o «obispo», el latín utiliza el término único « sacerdotes » . Por convención arraigada (tanto en la traducción británica como en la estadounidense del Código de Derecho Canónico), la palabra latina «sacerdotes», que significa sacerdote u obispo, siempre se traduce al inglés simplemente como «sacerdote».
Ahora puedes responder a tu propia pregunta y refutar el argumento de tu amigo: El texto latino del canon 1003 no utiliza el término presbítero, lo que habría favorecido el argumento de tu amigo al excluir a los obispos. En cambio, utiliza el término sacerdos , que significa sacerdotes u obispos. Por lo tanto, según el derecho canónico, los sacerdotes u obispos —pero no los diáconos— pueden administrar válidamente el sacramento de la unción de los enfermos.


