
Pregunta:
Respuesta:
Para los días santos de precepto, el derecho canónico exige que sigamos el calendario litúrgico de nuestra diócesis de origen (can. 12 §3). Aunque el Viernes Santo no es un día santo de obligación con respecto a la asistencia a la Iglesia, sí es un día de obligación de ayuno y abstinencia. En mi opinión, parece que se aplica el mismo principio y debes ayunar según el calendario de tu diócesis de origen. Sin embargo, una vez en los Estados Unidos debes hacer todo lo posible para no dar escándalo a otros católicos.
Tu pastor también puede dispensarte del ayuno y la abstinencia y sustituirlos por otra forma de penitencia (can. 1245; Paenitemini III, VII). Así, si te resultara más fácil, tu pastor podría conmutar tu ayuno y abstinencia al día en que estés en Estados Unidos.



