
Pregunta:
Respuesta:
Sí. Por ejemplo, una persona que intenta contraer matrimonio puede hacer un voto inválido, aunque esto tendría que ser determinado por un tribunal eclesiástico. La Iglesia aborda el consentimiento inválido con respecto a los votos matrimoniales en el canon 1095 del Código de Derecho Canónico.
Son incapaces de contraer matrimonio:
1. los que carecen de uso suficiente de razón;
2. los que adolezcan de un grave defecto de discrecionalidad de juicio respecto de los derechos y deberes matrimoniales esenciales que deben entregarse y aceptarse mutuamente;
3. Los que no puedan asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de carácter psíquico.
La Iglesia también tiene leyes que regulan los votos que hacen los religiosos y las religiosas. Aquí encontrará un índice sobre los votos en general en el Código de Derecho Canónico.
Si tiene algún caso específico que le preocupe, ya sea con respecto a una persona casada o una persona que ha hecho votos religiosos, comuníquese con el párroco de su parroquia, y él podrá derivarlo al tribunal matrimonial diocesano local o ayudarlo a conectarse con las autoridades religiosas pertinentes. superior.



