Pregunta:
Respuesta:
El Código de Derecho Canónico permite que algunos no católicos reciban la Eucaristía:
Los ministros católicos administran lícitamente los sacramentos de la penitencia, la Eucaristía y la unción de los enfermos a los miembros de las Iglesias orientales que no tienen plena comunión con la Iglesia católica, si la buscan por propia voluntad y tienen la disposición adecuada. Esto también es válido para los miembros de otras Iglesias que, a juicio de la Sede Apostólica, se encuentran en las mismas condiciones respecto a los sacramentos que estas Iglesias orientales. (CIC 844 §3)
Otros cristianos no católicos pueden recibir la Eucaristía sólo en circunstancias específicas:
Si existe peligro de muerte o si, a juicio del obispo diocesano o de la conferencia episcopal, alguna otra necesidad grave lo exige, los ministros católicos administran lícitamente estos mismos sacramentos también a otros cristianos que no tienen plena comunión con la Iglesia católica, quienes no pueden acudir a un ministro de su propia comunidad y lo solicitan por propia voluntad, siempre que manifiesten fe católica respecto de estos sacramentos y estén debidamente dispuestas. (CIC 844 §4)