Pregunta:
Respuesta:
En cuanto a la edad de confirmación, el Código de Derecho Canónico establece lo siguiente:
La directiva sacramento de la confirmación se conferirá a los fieles aproximadamente a la edad de discreción, a menos que la conferencia episcopal haya decidido una edad diferente; o existe peligro de muerte; o, a juicio del ministro, una razón grave sugiere lo contrario. (CIC 891)
Dado que la Iglesia tradicionalmente ha entendido que la edad de razón son los siete años, su hija no sería demasiado joven para recibir la confirmación a los ocho años. En Estados Unidos, la conferencia episcopal promulgó la siguiente norma en julio de 2002, con la aprobación de la Santa Sede:
Tras el reconocimiento de la Santa Sede, la [USCCB] ha decretado que la edad para conferir el sacramento de la confirmación en las diócesis de rito latino de los Estados Unidos estará entre “la edad de discreción ['considerada alrededor de los siete años'] y alrededor de dieciséis años de edad.'” (www.usccb.org)
Esto significa que los obispos estadounidenses individuales pueden decretar para sus diócesis que la edad de confirmación dentro de su diócesis esté dentro de ese rango de siete a dieciséis años, razón por la cual su diócesis anterior confirma a los adolescentes y su diócesis actual confirma a los niños que han alcanzado la edad de razón. .