
Pregunta:
Respuesta:
En cuanto a la edad para la confirmación, el Código de Derecho Canónico establece:
El sacramento de la confirmación debe conferirse a los fieles aproximadamente a la edad de discernimiento, a menos que la conferencia episcopal haya decidido una edad diferente; o exista peligro de muerte; o, a juicio del ministro, una razón grave indique lo contrario. (CIC 891)
Dado que la Iglesia tradicionalmente ha entendido que la edad de razón son los siete años, su hija no sería demasiado joven para recibir la confirmación a los ocho años. En Estados Unidos, la conferencia episcopal promulgó la siguiente norma en julio de 2002, con la aprobación de la Santa Sede:
Tras el reconocimiento por parte de la Santa Sede, la [USCCB] ha decretado que la edad para conferir el sacramento de la confirmación en las diócesis de rito latino de los Estados Unidos estará comprendida entre “la edad de la discreción ['considerada alrededor de los siete años'] y alrededor de los dieciséis años de edad”. ( www.usccb.org )
Esto significa que los obispos estadounidenses individuales pueden decretar para sus diócesis que la edad de confirmación dentro de su diócesis esté dentro de ese rango de siete a dieciséis años, razón por la cual su diócesis anterior confirma a los adolescentes y su diócesis actual confirma a los niños que han alcanzado la edad de razón. .


