
Pregunta:
Respuesta:
El sistema Código de Derecho Canónico:
Poder. 331 El obispo de la Iglesia romana, en quien continúa el oficio dado por el Señor únicamente a Pedro, el primero de los apóstoles, y que ha de transmitirse a sus sucesores, es el jefe del colegio episcopal, el Vicario de Cristo, y el pastor de la Iglesia universal en la tierra. En virtud de su cargo posee en la Iglesia el poder ordinario supremo, pleno, inmediato y universal, que siempre puede ejercer libremente.
Poder. 1404 La Primera Sede no es juzgada por nadie.
El Papa tiene, en los términos del sistema legal típico, los plenos poderes de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Puede promulgar o dispensar de cualquier ley de la Iglesia que desee. El Papa no puede, sin embargo, promulgar ninguna ley que viole ley divina, ni puede prescindir de la ley divina.
Entonces, en cierto sentido se puede decir que no hay “controles y equilibrios” sobre el poder del Papa aparte de tener que responder ante Dios por sus acciones y elecciones. En un sentido más práctico, el Papa todavía exige que otros ejecuten sus fallos y decisiones. Un control y equilibrio práctico sobre el poder del Papa es, como ocurre con muchos líderes, la voluntad de otros de seguirlo. Sin embargo, esto también conlleva el riesgo de que aquellos que se niegan a obedecer al Papa tengan que responder ante Dios por esas acciones.