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¿Debería la clase CCD de mi hija tener un registro de asistencia a misa?

Pregunta:

A la clase CCD de segundo grado de mi hija se le entregó un registro de asistencia a misa y el sacerdote debe perforarlos después de la misa. ¿Es esto correcto?

Respuesta:

Si bien la parroquia tiene buenas intenciones al intentar que los niños de su programa CCD (y, presumiblemente, sus padres) asistan a misa, la política que ha implementado para fomentar esto es problemática. Los católicos tienen derecho a cumplir su obligación dominical “dondequiera que se celebre la Misa según el rito católico, ya sea en un día santo o en la tarde del día anterior” (canon 1248 §1, Código de Derecho Canónico) y no están obligados a hacerlo en su iglesia parroquial. Sería particularmente problemático si la parroquia condiciona la recepción de los sacramentos de la Primera Reconciliación y la Primera Comunión por parte de los niños a un registro de asistencia, particularmente porque la culpa por no completar dicho registro sería de los padres y no de los niños. Recomiendo hablar con su párroco para aclarar las intenciones de la parroquia en esta política y las consecuencias para los niños si no se completa el registro de asistencia. Si sigue preocupado por el uso de estas “tarjetas perforadas”, le recomiendo hablar con un abogado canónico de su diócesis para aclarar la relación entre el derecho de su hijo a recibir los sacramentos y el derecho de la parroquia a garantizar una preparación adecuada para esos sacramentos. También puedes obtener orientación en estas materias en la Fundación St. Joseph (www.st-joseph-foundation.org).

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