Pregunta:
Respuesta:
Intentemos tomar sus puntos en el orden en que los presentó.
1. Felicitaciones por ayudar a traer a alguien a la Iglesia. Sin embargo, una vez hecho esto, probablemente tengas algo más que el deber ordinario de corregir un alma descarriada, particularmente si aceptaste el papel de padrino en el bautismo o la confirmación de tu amigo (ver cánones 872 y 892).
2. La ley de la Iglesia reconoce algo llamado “votos privados”, pero estos no son privados votos religiosos (véanse los cánones 1191-1198 sobre votos privados, a diferencia de los cánones 575 y 654 sobre votos religiosos). Es casi seguro que lo máximo que tu amigo podría tener se denominaría canónicamente votos privados y simples (canon 1192), que, aunque puedan obligar a un individuo en conciencia a realizar algún bien específico, no confieren a dichos individuos ningún estatus, autoridad, poder o prerrogativas eclesiásticas.
3. El derecho de los fieles a reunirse en grupos para determinados fines eclesiásticos está reconocido en varios cánones, en particular 215, 299 y 321. Pero sólo la autoridad eclesiástica competente, no personas individuales, puede establecer “institutos de vida consagrada, ”conocidas popularmente como órdenes religiosas (cánones 576 y 589). Por cierto, las obras en las que los religiosos participan como religiosos generalmente se denominan en el derecho canónico “apostolados”, no “ministerios” (véanse los cánones 673–683). La terminología de su amigo aquí sugiere confusión sobre este punto.
4. Si bien es cierto que todo fiel está obligado a “trabajar. . . para que el mensaje divino de salvación sea conocido y aceptado en todo el mundo” y que todo laico esté obligado “por el deber especial de imbuir y perfeccionar el orden de los asuntos temporales con el espíritu del Evangelio” (canon 225), es También es cierto que “eviten proponer su propia opinión como enseñanza de la Iglesia en cuestiones que están abiertas a opiniones diversas” (canon 227). Pregunte, por tanto, si su amigo cruzó la línea entre pedir personalmente la abolición (cualquiera que sea que medios) de Halloween y afirmando que la Iglesia pide la abolición de Halloween. Catholic Answers, debo agregar, ciertamente acepta el valor detrás del canon 227 y se esfuerza por vivir según él.