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¿Se pueden conservar los restos cremados en casa?

Pregunta:

Mi tía quiere guardar los restos cremados de su marido en un estante de su sala de estar. ¿Está esto en consonancia con las enseñanzas de la Iglesia?

Respuesta:

No. El Comité de Obispos sobre el Culto Divino (EE.UU.) dice lo siguiente:

Cualquier catequesis sobre el tema de la cremación debe enfatizar que los restos cremados de un cuerpo deben ser tratados con el mismo respeto que se da a los restos corpóreos de un cuerpo humano. Esto incluye el uso de un recipiente digno para contener las cenizas, la manera en que se transportan, el cuidado y atención para la colocación y el transporte adecuados y la disposición final.

Si bien los restos cremados pueden ser enterrados en una tumba, sepultados en un mausoleo o columbario o incluso enterrados en el mar, la práctica de esparcir los restos cremados en el mar, desde el aire o desde el suelo, o de guardar los restos cremados en la casa de un pariente o amigo del difunto no son la disposición reverente que exige la Iglesia. Los restos cremados del cuerpo podrán ser enterrados adecuadamente en el mar en la urna, ataúd u otro recipiente en el que hayan sido transportados al lugar de sepultura. (“Cremación y entierro en el mar”)

Consulte las USCCB sobre la cremación.

Nótese bien: En diciembre de 2023, el Discasterio para la Doctrina de la Fe Que gobernó, previsto Se observan las normas civiles locales., la Iglesia puede autorizar a una familia a conservar “una parte mínima de las cenizas de su familiar en un lugar significativo para la historia del difunto”, por ejemplo, en el domicilio familiar.

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