
Pregunta:
Respuesta:
Aquí está la instrucción del Instrucción general del misal romano:
En las diócesis de los Estados Unidos de América, también se puede cantar lo siguiente en lugar del salmo asignado en el Leccionario para la Misa: ya sea la antífona y el salmo propios o estacionales del Leccionario, como se encuentra en el gradual romano or Gradual simple o en otro ambiente musical; o una antífona y un salmo de otra colección de salmos y antífonas, incluidos los salmos ordenados en forma métrica, siempre que hayan sido aprobados por la Conferencia de Obispos Católicos de los Estados Unidos o el obispo diocesano. No se podrán utilizar cantos o himnos en lugar del salmo responsorial.. (GIRM 61, cursiva agregada)
Muestre esta instrucción del IGMR al coordinador de liturgia y al párroco. Explique su angustia y muéstreles que hay mucha música adecuada disponible.
Si eso no tiene efecto, entonces necesitará hacer un juicio prudencial, sopesando los méritos relativos del testigo de negarse a cantar por un abuso litúrgico menor frente a la buena influencia que podría tener al quedarse. Si decide quedarse, tal vez debería considerar escribirle al obispo para explicarle tanto el abuso litúrgico como la aparente falta de voluntad de su pastor para respetar su conciencia.