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¿Se limita la inerrancia de la Biblia a asuntos relacionados con la salvación?

Pregunta:

Leí un libro de un estudioso de las Escrituras que decía que la Biblia es infalible sólo en asuntos religiosos que pertenecen a nuestra salvación. Citó al Vaticano II como la fuente de esta doctrina de "inerrancia limitada".

Respuesta:

Los documentos del Vaticano II no limitan la inerrancia bíblica a las verdades religiosas necesarias para la salvación o incluso a las cuestiones religiosas en general.

El Constitución sobre la Revelación Divina (Dei Verbum), afirma: “Por lo tanto, dado que todo lo afirmado por los autores inspirados o escritores sagrados debe considerarse afirmado por el Espíritu Santo, se sigue que se debe reconocer que los libros de las Escrituras enseñan sólida, fielmente y sin error esa verdad que Dios querido plasmar en las Sagradas Escrituras por nuestra salvación” (11).

Los defensores de la “inerrancia limitada” afirman que esta última cláusula es restrictiva: la inerrancia se extiende sólo a cosas relacionadas con nuestra salvación. Sea o no el caso (el latín no exige tal lectura), la posición de la “inerrancia limitada” sigue siendo débil.

En primer lugar, incluso concediendo (aunque no concediendo) que Dei Verbo restringe la inerrancia a cuestiones de salvación, esto no es lo mismo que limitarla a verdades religiosas o morales. Las afirmaciones históricas o científicas hechas “por el bien de nuestra salvación” también serían infalibles.

En segundo lugar, la comisión teológica del Concilio declaró que el término saludar (“por el bien de nuestra salvación”) no significa que sólo las verdades salvíficas de la Biblia sean inspiradas o que la Biblia en su conjunto no sea la Palabra de Dios. (Ver “La divina inspiración e interpretación de las Sagradas Escrituras” de A. Grillmeier en H. Vorgrimler, ed., Comentario a los Documentos del Vaticano II, vol. III, pág. 213.)

Si toda la Escritura es inspirada, y si lo que afirma el escritor bíblico lo afirma el Espíritu Santo, entonces, a menos que se atribuya error al Espíritu Santo o a menos que los autores bíblicos afirmen sólo verdades religiosas (que no es el caso, algunos hacer afirmaciones históricas, como la existencia histórica de Jesús), la inerrancia no puede limitarse a verdades religiosas.

En tercer lugar, el lenguaje de Dei Verbo 11 está tomado directamente de enseñanzas conciliares y papales anteriores sobre el tema. Las notas a pie de página de esta sección se refieren a la obra de León XIII. Providentissimus Dios y Pío XII Divino afflante spiritu, documentos que rechazan la idea de que la inerrancia se limite a cuestiones religiosas. Parece poco probable que el Consejo adopte una posición contraria a estos documentos.

Aunque la inerrancia no se limita a verdades religiosas que pertenecen a la salvación, sino que puede incluir afirmaciones no religiosas de los autores bíblicos, esto no significa que las Escrituras sean un libro de texto inspirado de ciencia o historia. La inerrancia se extiende a lo que los escritores bíblicos pretenden enseñar, no necesariamente a lo que suponen o presuponen o a lo que no es parte integral de lo que afirman. Para distinguir estas cosas, los eruditos deben examinar el tipo de escritura o género literario que emplean los escritores bíblicos.

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