
Pregunta:
Respuesta:
“La práctica de esparcir los restos cremados en el mar, desde el aire o la tierra, o mantener los restos cremados en casa de un familiar o amigo del difunto no es la disposición reverente que requiere la Iglesia” (Orden de funerales cristianos 416).
Si bien los restos cremados pueden depositarse en el mar o en la tierra en una urna, ataúd u otro recipiente adecuado, la Iglesia cree que esparcir las cenizas es un tratamiento irreverente del cuerpo humano. En vista de esto, no sería apropiado prometer esparcir las cenizas de otra persona, incluso las de un no católico, y hacerlo puede causar escándalo.
Nótese bien: En diciembre de 2023, el Discasterio para la Doctrina de la Fe Que gobernó, previsto Se observan las normas civiles locales., la Iglesia puede autorizar a una familia a conservar “una parte mínima de las cenizas de su familiar en un lugar significativo para la historia del difunto”, por ejemplo, en el domicilio familiar.