
Pregunta:
Respuesta:
El caso Quo Primum versaba sobre una cuestión disciplinaria en la Iglesia, no sobre una enseñanza infalible de fe o moral. Prueba de ello es que una enseñanza infalible de fe o moral no permitiría —ni podría permitir— excepciones como «a menos que se aprobara la práctica de celebrar la Misa de forma diferente» o «a menos que existiera una costumbre similar». De hecho, el documento afirma: «De ninguna manera revocamos su prerrogativa o costumbre antes mencionada».
Tales asuntos de disciplina de la Iglesia siempre permanecen sujetos a cambios futuros por parte de una autoridad igual o mayor. Ante esto, expresiones como “a perpetuidad” deben entenderse como “a partir de ahora, hasta que ésta u otra autoridad igual o mayor determine lo contrario”. El Papa Pablo VI tenía la misma autoridad que el Papa San Pío V. Por lo tanto, los cambios en la Misa bajo su autoridad eran lícitos y válidos.


