Pregunta:
Respuesta:
Su amigo tiene derecho a que se examine la validez de su intento de bautismo anterior y luego, si se duda seriamente de la validez, debe ser bautizado condicionalmente. Aquí está el texto aplicable del Código de Derecho Canónico:
§1. Si hay duda sobre si una persona ha sido bautizada o si el bautismo fue conferido válidamente y la duda persiste después de una investigación seria, el bautismo debe conferirse condicionalmente.
§2. Los bautizados en una comunidad eclesial no católica no deben ser bautizados condicionalmente a menos que, después de un examen del asunto y de la forma de las palabras utilizadas al conferir el bautismo y de una consideración de la intención del adulto bautizado y del ministro del bautismo. , existe una razón seria para dudar de la validez del bautismo.
§3. Si en los casos mencionados en los §§ 1 y 2 la concesión o validez del bautismo sigue siendo dudosa, el bautismo no debe conferirse hasta que la doctrina del sacramento del bautismo haya sido explicada a la persona que va a ser bautizada, si es mayor de edad, y Las razones de la dudosa validez del bautismo se explican a la persona o, en el caso de un niño, a los padres. (CIC 869)