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Diáconos y Liturgia de las Horas

Fr. Charles Grondin2023-09-21T14:00:07

Pregunta:

¿Es pecado mortal que un diácono no rece la Liturgia de las Horas?

Respuesta:

Los diáconos transitorios están sujetos a las mismas normas que los sacerdotes. El Código de Derecho Canónico ya no utiliza la expresión «bajo pena de pecado mortal», pero sí establece que están obligados a rezar la Liturgia de las Horas (can. 276 §2, 3). La Congregación para el Culto Divino (Prot. n.º 2330/00/L) aclaró que están moralmente obligados a rezar la Liturgia de las Horas y que solo una inconveniencia grave los dispensa de esta obligación moral. Entre las inconveniencias graves aceptables para la omisión parcial de las Horas se enumeran: enfermedad, ministerio pastoral activo/caridad y fatiga real. La omisión, si se produce, debe ser parcial y proporcional a la causa de la inconveniencia. La omisión de las Horas de la mañana o de la tarde solo es lícita por inconveniencia grave.

Los diáconos permanentes están obligados a decir las Horas que determine su conferencia episcopal. La Conferencia de Obispos Católicos de los Estados Unidos obliga a los diáconos permanentes a orar sólo en las horas de la mañana y de la tarde. Evidentemente, para los diáconos permanentes los inconvenientes graves también podrían incluir obligaciones familiares o laborales.

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