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Convalidación y sanación radical del matrimonio

Pregunta:

¿Una pareja que son católicos conversos a quienes se les aprobó la anulación necesita que se bendiga su matrimonio?

Respuesta:

¿Una pareja que son católicos conversos a quienes se les aprobó la anulación necesita que se bendiga su matrimonio?

Primero, necesitamos aclarar qué quieres decir con “católicos conversos”. Si te refieres a dos protestantes bautizados que buscan entrar en plena comunión con la Iglesia Católica, y que previamente estuvieron casados ​​solo una vez con otros protestantes bautizados, no está necesito una convalidacion abogado canonico Edward Peters explica por qué:

En resumen, si los hechos son como usted los describe, sus amigos no necesitarán que las autoridades de la Iglesia convaliden su matrimonio entre sí al convertirse en católicos. Tan pronto como se concedan formalmente ambas peticiones de anulación (suponiendo que esto se haga y que no haya otros factores inusuales presentes; su carta no sugiere ninguno), el matrimonio de sus amigos entre sí será automáticamente reconocido por la Iglesia y se presumirá que es tanto válido como sacramental.

He aquí por qué: en el momento en que sus amigos se casaron, el único obstáculo canónico para su boda era ligamento, el hecho de sus vínculos matrimoniales previos (Canon 1085). Pero si se declaran nulidades para ambos matrimonios anteriores, eso significa que, en el momento de su matrimonio entre sí, sus amigos fueron canónicamente libres para contraer matrimonio, y la manera en que eligieron casarse habría sido legal para ellos en ese momento. Por tanto, su segundo matrimonio podría ser reconocido sin más requisitos.

En la respuesta de Peters está implícito que un matrimonio entre dos protestantes bautizados es en sí mismo un matrimonio sacramental que, si válidamente contratado, sería indisoluble (CCC 1601; ver 1643 - 1644). De ahí la necesidad de pasar por el proceso de anulación. Por el contrario, un matrimonio entre dos personas no bautizadas se puede disolver.

Sin embargo, es posible que esté haciendo referencia a un caso en el que dos protestantes bautizados que se habían casado y divorciado se convirtieron al catolicismo. Después de entrar en plena comunión con la Iglesia, se conocieron y se interesaron el uno por el otro, y luego solicitaron declaraciones de nulidad (anulación) con respecto a sus respectivos matrimonios anteriores. Mientras esperaban que el tribunal matrimonial fallara sobre sus matrimonios anteriores, lo que normalmente puede demorar entre 15 y 18 meses, se impacientaron y se casaron por lo civil, pero de manera inválida como católicos.

Si ambos recibieran posteriormente la anulación, entonces necesitarían convalidar su matrimonio entre sí, ya que estaban sujetos a la ley de la Iglesia cuando decidieron casarse por lo civil. Peters se dirige a este escenario también:

¿En qué se diferenciaría esta pregunta para los católicos? ... Bueno, si dos católicos, previamente casados ​​con otras personas y luego divorciados, quisieran casarse en la Iglesia, prácticamente cualquier sacerdote les habría dicho: “De ninguna manera, no sin una anulación” (de nuevo, canon 1085). Desgraciadamente, no es raro que estos católicos recurran a los magistrados civiles para celebrar sus bodas.Ese tipo de ceremonia nupcial sería una violación del requisito de forma canónica que vincula a la mayoría de los católicos (cánones 1108 y 1117), lo que significa que, sin una anulación seguida de una “convalidación” (canon 1160), un segundo matrimonio de ese tipo sería no está ser reconocido en la Iglesia (énfasis añadido).

Además, antes de su convalidación, sería prudente que la pareja se arrepintiera de su desobediencia y recibiera la absolución en el sacramento de la confesión. Si no está seguro de su situación, le sugiero que consulte con su párroco y con los representantes del tribunal diocesano para obtener una aclaración.

Además, un “sanacion radical” (cánones 1161-1165) se busca típicamente cuando 1) un católico que se ha apartado de la Iglesia se casa con un no católico que de otra manera no está impedido para casarse; 2) la persona católica posteriormente se arrepiente y busca reconciliarse con la Iglesia, incluyendo la validación del matrimonio; 3) y sin embargo la parte no católica se niega a seguir adelante con el intercambio de consentimiento porque él o ella piensa que su matrimonio original con cada uno fue celebrado válidamente. En tal caso, la parte católica buscaría una sanación radical, en la que el intercambio de consentimiento (véase CIC 1625ff.) no se requiere formalmente. pero se demuestra que existe por parte de ambas partesNuevamente, consulte según sea necesario con su párroco y los funcionarios diocesanos.

 

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