
Pregunta:
Respuesta:
En primer lugar, desde un punto de vista puramente legal, el matrimonio de hecho no es lo mismo que la convivencia. Por ejemplo, un matrimonio de hecho debe cumplir ciertos requisitos de tiempo de convivencia, y la pareja debe tener la intención manifiesta de casarse, además de presentarse ante familiares y amigos como un matrimonio, por ejemplo, llamándose mutuamente "esposo" y "esposa", compartiendo el mismo apellido y teniendo cuentas bancarias o tarjetas de crédito conjuntas . Cabe mencionar que, en la actualidad , la mayoría de los estados no reconocen, ni total ni parcialmente, los matrimonios de hecho , aparentemente debido a las opciones disponibles a través de las "uniones de hecho" legalmente reconocidas en el mundo moderno.
En cualquier caso, una persona que quiera ser bautizada, ya sea en unión estricta o en unión libre, tendría que separarse o casarse verdaderamente. La única excepción podría ser si la pareja tuviera hijos y la persona que desea el bautismo aceptara vivir como hermano y hermana hasta el momento en que se casaran, y asumiendo que su cónyuge de hecho o su “pareja” no se casaría. Pero ese es un escenario bastante improbable, ya que una persona que no esté dispuesta a casarse probablemente no estaría dispuesta a renunciar a la intimidad sexual. También podría darse el caso en el que una o ambas personas en la relación no serían libres de casarse, dado un matrimonio anterior, y posiblemente podrían permanecer juntas si tuvieran hijos que criar. Pero tendrían que vivir como hermano y hermana si querían ser bautizados.
En cualquier caso, la Iglesia deja claro que un adulto debe estar moralmente dispuesto a recibir el bautismo:
Canon 865 §1. Para que un adulto sea bautizado, debe haber manifestado la intención de recibir el bautismo, haber sido suficientemente instruido sobre las verdades de la fe y las obligaciones cristianas, y haber sido probado en la vida cristiana mediante el catecumenado . Asimismo, se le debe exhortar a arrepentirse de sus pecados personales.
§2. Un adulto en peligro de muerte puede ser bautizado si, teniendo algún conocimiento de las verdades principales de la fe, la persona ha manifestado de alguna manera la intención de recibir el bautismo y promete observar los mandamientos de la religión cristiana ” (énfasis añadido).


