Pregunta:
Respuesta:
A menos que su nieta esté en peligro de muerte, el derecho canónico no le permite bautizarla en contra de la voluntad de sus padres. Código de Derecho Canónico establece lo siguiente:
Para que un niño sea lícitamente bautizado: (1) los padres o al menos uno de ellos o la persona que legítimamente haga sus veces deben dar su consentimiento; (2) debe haber una esperanza fundada de que el niño será criado en la religión católica; si esta esperanza falta por completo, se debe retrasar el bautismo según las prescripciones del derecho particular, después de que los padres hayan sido informados del motivo.
Un niño de padres católicos o incluso de padres no católicos es lícitamente bautizado en peligro de muerte incluso contra la voluntad de los padres. (CIC 868)
Nota: Aunque su nieta tiene cinco años, todavía cuenta como una infante ya que aún no ha alcanzado la edad de razón, que habitualmente se entiende como siete años de edad.