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¿Puede una mujer divorciada de su primer marido recibir la Sagrada Comunión?

Pregunta:

¿Puede una mujer que fue divorciada de su primer marido (él la dejó y se volvió a casar) recibir la Sagrada Comunión?

Respuesta:

Sí. Si una persona divorciada ha destruido intencionalmente un matrimonio válido, o si esa persona ha iniciado otra relación romántica, se le prohíbe la Comunión hasta que haya regularizado su estatus en la Iglesia mediante una confesión y/o una anulación. Como ninguna de estas circunstancias se aplica en este caso, la persona puede recibir la Comunión, suponiendo que se encuentre en estado de gracia.

La Catecismo de la Iglesia Católica establece lo siguiente:

Puede suceder que uno de los cónyuges sea víctima inocente de un divorcio decretado por la ley civil; este cónyuge, por tanto, no ha contravenido la ley moral. Hay una diferencia considerable entre un cónyuge que ha tratado sinceramente de ser fiel al sacramento del matrimonio y es injustamente abandonado y aquel que por su propia culpa grave destruye un matrimonio canónicamente válido. (CCC 2386)

La Congregación para la Doctrina de la Fe, en De la recepción de la Sagrada Comunión por los divorciados vueltos a casar, ha dicho que un católico divorciado que no se ha vuelto a casar puede recibir la Sagrada Comunión después de recibir el sacramento de la confesión y vivir en completa continencia.

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