Pregunta:
Respuesta:
Los padrinos deben ser confirmados, por lo que se deben elegir otros padrinos si es posible. Si esto no es posible, entonces su nieto debería ser bautizado sin padrinos. El Código de Derecho Canónico especifica los requisitos para padrinos:
Para que se le permita asumir la función de patrocinador, una persona debe:
- ser designado por quien va a bautizarse, por los padres o por quien haga sus veces, o en su defecto por el pastor o ministro y tener la aptitud y el propósito de cumplir esta función;
- haber cumplido los 16 años de edad, a menos que el obispo diocesano haya establecido otra edad, o el párroco o ministro haya concedido una excepción por causa justa;
- ser católico confirmado y ya recibido el santísimo sacramento de la Eucaristía y que lleve una vida de fe acorde con la función que ha de asumir;
- no estar obligado por ninguna pena canónica legítimamente impuesta o declarada;
- no ser padre o madre del que va a ser bautizado. (CIC 874)