
En cierto modo, la justicia es una palabra sobreutilizada, una etiqueta que se aplica a todo tipo de cosas, algunas de las cuales —como la «justicia reproductiva», sin duda— no tienen nada que ver con la justicia real. ¿Qué es la justicia, en realidad?
La justicia es la segunda de las virtudes cardinales. No, no son virtudes exclusivas del clero. El término «cardinal» proviene del latín cardo , que significa «bisagra». Las virtudes cardinales son los pilares fundamentales de la vida moral. Debajo de ellas se encuentran muchas otras virtudes interrelacionadas. La fortaleza, por ejemplo, es otra virtud cardinal, y debajo de ella se halla la virtud de la magnanimidad . Si la fortaleza se refiere a hacer el bien a pesar del miedo, la magnanimidad se refiere específicamente a hacer el bien cuando hay que arriesgar grandes bienes, como el dinero, para lograrlo.
St. Thomas Aquinas organiza toda su discusión de la moralidad en torno a las virtudes cardinales, tratando luego virtudes específicas como ejemplificaciones concretas de una virtud cardinal general dada.
La definición clásica de justicia es dar a cada uno lo que le corresponde. Observen lo que dice y lo que no. Nuestro derecho es lo que se nos debe, aquello a lo que tenemos derecho. Lo que se nos debe no es necesariamente igualdad estricta, porque no a todos se nos debe necesariamente lo mismo. En justicia, debemos determinar a qué tenemos derecho.
El tratamiento tradicional de la justicia identifica tres tipos: conmutativa, distributiva y legal o social. Expliquemos cada una.
La justicia conmutativa es la más directa. Se trata de una relación, generalmente entre dos individuos. A menudo, aunque no siempre, se basa en la igualdad estricta, y suele ser el tipo de justicia más simple: ¿cuánto le debe A a B? Si A le compra algo a B, ¿recibió B una compensación justa por lo que vendió?
La justicia distributiva regula la relación de la comunidad con sus miembros. Se trata de cómo distribuir el patrimonio común (de ahí el término «comunidad») entre ellos. Esta relación no se basa en la mera igualdad. Si bien existe una igualdad básica, la justicia distributiva debe determinar cómo la asignación de bienes contribuye al bien común . Esto puede significar que A reciba más que B, ya que, en última instancia, la justicia distributiva implica proporcionalidad, no igualdad estricta. Y, dado que implica cómo todos los miembros de una comunidad se integran en ella, la decisión sobre cómo distribuir adecuadamente los bienes sociales recae en el soberano, en quien tiene la responsabilidad del bienestar de la comunidad, pues debe tener una visión global y es responsable de la situación general.
La justicia social o jurídica regula la relación del individuo con la comunidad. Aquí, además de la igualdad básica, entra en juego cierta proporcionalidad. A puede tener una mayor responsabilidad con la comunidad que B, ya sea porque A hace un mayor uso de los bienes sociales que B o porque A tiene los medios para contribuir más plenamente al bien común. Por ejemplo, quien utiliza con frecuencia una carretera (un bien social) debería contribuir más que quien no la utiliza.
Si estas ideas suenan extrañas para algunos estadounidenses , es porque posiblemente haya un problema más profundo. El pensamiento social católico, a diferencia de ciertas corrientes del pensamiento estadounidense, considera que la sociedad es algo bueno. Sí, la sociedad puede crecer demasiado y, por lo tanto, volverse demasiado controladora, pero en esencia, la sociedad es algo bueno. «No es bueno que el hombre esté solo» (Génesis 2:18), así que Dios coloca al hombre en sociedad, aunque fue Dios, y no Adán , quien reconoció la necesidad de una «compañera adecuada».
Como dijo John Donne, «nadie es una isla». Nadie es tan autosuficiente como para no necesitar la presencia y la ayuda de los demás para desarrollar su propia humanidad . Por eso la sociedad es buena: promueve el florecimiento humano. Y es precisamente esto lo que contrapone el pensamiento social católico a la mayoría de las versiones del «contrato social» —el tipo de pensamiento dominante desde los siglos XVI y XVII e influyente en los Padres Fundadores—, que considera a las personas fundamentalmente como individuos , para quienes los vínculos sociales son artificiales y a menudo se consideran perjudiciales para su humanidad.
Es por eso que la enseñanza católica sobre la justicia quizá resuene en algunos oídos estadounidenses, oídos acostumbrados a oír hablar de “individualistas rudos” sin los vínculos sociales necesarios.
Pero la política moderna también deforma el enfoque clásico de la justicia. El enfoque tradicional concibe al líder de una sociedad como alguien que intenta ser imparcial, que realiza una evaluación honesta de lo que exige el bien común aquí y ahora. Si nuestra política funcionara así, la gente probablemente sería mucho más feliz.
Pero no es así. En cambio, en la teoría del contrato social comunitario, donde la interacción del individuo con los demás suele considerarse adversa, las necesidades y los derechos humanos reales suelen reducirse simplemente a "intereses". El líder de la comunidad, en lugar de intentar determinar qué sirve al bien común, se centra en cómo coordinar esos "intereses" de tal manera que la mayor cantidad de personas al menos acepte su decisión y la menor cantidad posible se descontente activamente (y, por lo tanto, probablemente quiera "echar al vago" en las próximas elecciones).
Por cierto, la virtud cardinal de la justicia también se encuentra presente en virtudes particulares, una de las cuales es la religión. Si la justicia se refiere a lo que les debemos a los demás, entonces la religión forma parte de la justicia, porque no le debemos nada más a Dios. Esto también significa que la religión no es un simple extra opcional, sino algo inherente a la equidad y la justicia que cada uno de nosotros le debe a Dios.
La doctrina católica sobre la justicia es rica y merece ser estudiada, pero presupone una visión de la sociedad aún más importante: que necesitamos ( y no solo que nos resultan útiles) a los demás. Para quienes deseen profundizar en el tema, la obra clásica de Josef Pieper, Las cuatro virtudes cardinales , sigue siendo un referente indiscutible.



