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En busca de claridad sobre la “anticoncepción de emergencia”

No es un simple "deberás" o "no deberás". Pero el debate sobre la "anticoncepción de emergencia" no puede despegar sin aclarar algunos términos cruciales.

Joseph Shaw • 2024-12-12T17:01:36

Recientemente, un portavoz de los obispos de Luisiana sugirió que el uso de la llamada "anticoncepción de emergencia" es compatible con la doctrina católica en casos de violación. El artículo periodístico que lo reportó lo relacionó con la excepción explícita que se le otorga a la "anticoncepción de emergencia" en la restricción del aborto por las nuevas leyes de Luisiana, posibles gracias a la anulación del caso Roe v. Wade por parte de la Corte Suprema . Sin embargo, existen varios aspectos complejos que intentaré desentrañar.

La Iglesia Católica enseña que la vida humana merece protección desde el momento de la concepción, es decir, cuando el material genético del óvulo y del espermatozoide se unen para formar un nuevo ser humano (véase el Catecismo de la Iglesia Católica, 2270 y siguientes). Además, la Iglesia exige que esta vida sea protegida por la ley (2273).

Existe controversia —a la que volveré más adelante— sobre el mecanismo de acción de las píldoras anticonceptivas de emergencia, como la "Plan B": ¿simplemente impiden la ovulación o también evitan la implantación del óvulo fecundado en la pared del útero? Esto último causaría la muerte del recién nacido.

El gobernador John Bel Edwards, quien promulgó la ley, la describe como una disposición que estipula que "el embarazo y la vida del feto comienzan con la implantación, en lugar de la fecundación", permitiendo así eludir la prohibición del aborto incluso en casos de violación. Esto sugiere que considera la "anticoncepción de emergencia" como potencialmente no anticonceptiva, sino abortiva: es decir, que provoca un aborto.

Esto hace que la ley de Luisiana no sea ideal, incluso si, como prohibición del aborto en una amplia gama de circunstancias, es una mejora bienvenida con respecto a lo que existía antes.

La aparente aprobación de la redacción de la legislación por parte de los obispos de Luisiana, sin embargo, no está motivada por la opinión del Gobernador Edwards: que un aborto suficientemente temprano es lícito. Para entender el argumento esgrimido aquí por algunos éticos católicos, debemos tener en cuenta dos principios.

En primer lugar, la tradición católica siempre ha permitido a las víctimas de violación intentar impedir la concepción. Esto se establece de forma clara y correcta en las Directrices Éticas y Religiosas para los Servicios Católicos de Salud de la Conferencia de Obispos Católicos de Estados Unidos (36). La razón por la que esto no se excluye por la prohibición general de la Iglesia sobre la anticoncepción es que no implica la «doble intención» de tener relaciones sexuales y, a la vez, frustrar el potencial procreativo de dichas relaciones. La víctima de una violación, obviamente, no tiene la intención de realizar el acto sexual. Del mismo modo, es permisible tener la intención de no concebir y llevarla a cabo mediante la abstención. Lo que es incorrecto es tener la intención de realizar un acto sexual y, al mismo tiempo , tener la intención de frustrar el potencial procreativo de dicho acto, ya sea antes, durante o después del mismo.

Esta es la base de la afirmación de que las monjas que temen ser violadas pueden tomar la píldora anticonceptiva: el caso de las " monjas del Congo ". Pero aplicarlo a la toma de píldoras específicas plantea la cuestión de qué efecto tienen exactamente estas píldoras.

Esto nos lleva a la segunda de las dos ideas: que la "anticoncepción de emergencia" es, o al menos puede ser, anticonceptiva en sentido estricto: que puede prevenir la concepción suprimiendo la ovulación.

Suponiendo que existiera una píldora que no hiciera más que suprimir la ovulación, esta sería efectivamente un anticonceptivo en sentido estricto, ya sea que se use antes o después de la relación sexual. Sería incorrecto que una mujer tomara estas píldoras con miras a impedir la concepción a partir de actos que pretendía realizar, pero no estaría mal, según el argumento anterior, si no tuviera intención de realizar ninguno.

Pero, ¿existen realmente tales píldoras? El Dr. Bruno Mozzanega, de la Universidad de Padua, ha realizado un trabajo fundamental en este campo. Refiriéndose a uno de los componentes químicos utilizados en dichas píldoras, escribe , señalando que estas tienen una eficacia de hasta el 80%:

Además, nos preguntamos cómo [acetato de ulipristal], si se toma después de la ovulación, podría retrasar una ruptura folicular que puede haber ocurrido ya hasta cuatro días antes. Esto sugiere que [su] efectividad. . . depende de otros mecanismos, particularmente de sus efectos endometriales.

En otras palabras, impidiendo la implantación.

¿Qué ocurre con el otro componente químico utilizado, el levonorgestrel? En otro artículo, Mozzanega pone seriamente en duda la evidencia que respalda la afirmación de que no previene la implantación, concluyendo que «actualmente, los datos de la literatura no parecen respaldar completamente que [las píldoras a base de levonorgestrel] eviten los embarazos mediante la inhibición de la ovulación».

Estas consideraciones han llevado a la Asociación Médica Católica a condenar el uso de Plan B, que contiene levonorgestrel, en víctimas de violación. La Asociación Médica Católica señala que el propio sitio web de Plan B admitió en 2015 que «es posible que Plan B One-Step también funcione... impidiendo la implantación en el útero». (Esta admisión ha sido eliminada posteriormente ). La declaración de la Asociación Médica Católica concluye: «Se necesita más investigación para encontrar un medicamento que pueda usarse después de una agresión sexual para prevenir la concepción sin quitar una vida humana».

(Nota del editor: A pesar de las afirmaciones actualizadas de la FDA en sentido contrario en diciembre de 2022 , el Centro Nacional Católico de Bioética afirma que la píldora del día después sigue siendo un abortivo en las circunstancias descritas en su Resumen Ejecutivo de febrero de 2023 ).

A pesar de ello, a veces se argumenta, incluso por parte de algunos asesores de obispos, que esto equivale a un mero riesgo de provocar un aborto , y que quizás sea un riesgo razonable para las víctimas de violación.

Una forma en que he visto desarrollarse este argumento es en términos del momento de la ovulación. Si una víctima de violación está a punto de ovular y la píldora la previene, parecería legítimo que la tomara. Si la víctima acaba de ovular, entonces, si la píldora funciona, lo hará previniendo la implantación. Sin embargo, el momento exacto de la ovulación no siempre es fácil de determinar, y la idea de que un centro de atención a víctimas de violación o un hospital ofrezcan la píldora del día después de forma condicional, basándose en algún cálculo de este tipo, parece completamente impracticable. Ciertamente no es lo que se contempla en la exigencia de la Ley 513 de Luisiana: que todos los hospitales autorizados del estado estén preparados para ofrecer "anticoncepción de emergencia". Lo que la ley dice es que las píldoras deben entregarse a petición de la víctima. Lo que sucede después es, en el mejor de los casos, una cuestión de azar.

Cabe señalar que ocultar el mecanismo de la píldora a la usuaria sería una grave violación de su autonomía moral, y engañar a quienes le brindan atención médica sería extremadamente poco profesional. Cada uno debe tener visión clara de lo que está haciendo.

¿Puede considerarse la decisión de tomar la píldora, sabiendo sus efectos pero sin saber si se ha producido la ovulación, como un mero riesgo de muerte para una nueva vida humana? Y de ser así, ¿sería lícito?

La Iglesia nos enseña a respetar y proteger la vida del no nacido desde el momento de la concepción, del mismo modo que respetaríamos y protegeríamos la vida humana en etapas posteriores. Esto no excluye toda asunción de riesgos: el estudio de la ética está lleno de casos complejos en los que se deben sopesar los riesgos para diferentes personas. Por ejemplo, la doctrina católica permite que las mujeres embarazadas que necesitan tratamiento médico, como el cáncer, reciban dicho tratamiento incluso si existe la posibilidad de que cause la muerte del feto. El documento de la Conferencia de Obispos Católicos de los Estados Unidos (USCCB) ya citado señala:

Las operaciones, tratamientos y medicamentos que tienen como objetivo directo la curación de una condición patológica proporcionalmente grave de una mujer embarazada están permitidos cuando no pueden posponerse de manera segura hasta que el feto sea viable, incluso si resultarán en la muerte del feto. niño (47).

Sin embargo, los casos de violación y de «vida de la madre» no son paralelos. En primer lugar, la intención de tomar la píldora generalmente se describe mejor como la intención de prevenir un embarazo, ya sea suprimiendo la ovulación o impidiendo la implantación. Si esta es la intención, entonces es incorrecta: una intención condicional de provocar un aborto («si no se suprime la ovulación, entonces pretendo impedir la implantación») sigue siendo una intención de provocar un aborto. Como enseña la Iglesia, ningún resultado bueno esperado de este plan de acción puede justificarlo.

En segundo lugar, si realmente no es la intención («Quiero suprimir la ovulación y estoy dispuesta a asumir otras consecuencias si esto falla»), pero la usuaria sabe que existe un grave riesgo de acabar con una vida humana en desarrollo, entonces nos encontramos ante una conducta de riesgo. En el caso de violación, la vida de la madre no está en peligro, por lo que no se trata de sopesar los riesgos entre dos vidas. Por consiguiente, sería un caso de imprudencia temeraria , ya que el riesgo no es proporcional a la buena intención.

En este punto, resurge el debate sobre el aborto en casos de violación. Nuestra compasión por las víctimas de violación es precisamente lo que nos impide, como personas que reconocemos la dignidad moral del feto, inducirlas al aborto. Para quienes no están familiarizados con el tema, matar a un feto concebido en una violación puede hacer desaparecer el problema. Sin embargo, en términos del trauma físico, moral y espiritual de la víctima, esto no hace más que agravar el daño causado, incluso en las primeras etapas de la vida de ese niño inocente, y por muy "fácil" e intrascendente que parezca tomar una pastilla en comparación con un aborto quirúrgico tardío, complejo y obviamente más cruel.

El movimiento provida y la Iglesia tienen mucho trabajo que hacer para ofrecer alternativas al aborto y ofrecer perdón, curación y aceptación a todos aquellos afectados por nuestra cultura moderna de violencia y muerte. Este trabajo no implica oscurecer la claridad moral de la Iglesia sobre la “anticoncepción de emergencia”.

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