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Vicario Apostólico

2019-02-22T15:38:02
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Vicario Apostólico. -(I) En los primeros tiempos de la Iglesia , los papas encomendaron a algunos obispos residentes la tarea de velar por los asuntos eclesiásticos en una región determinada, como el arzobispo de Arlés para la Galia y el arzobispo de Tesalónica para Iliria . Estos prelados eran llamados vicarios apostólicos. (2) A veces, la Santa Sede comisiona a prelados con el título de vicario apostólico para administrar diócesis vacantes o cuyos obispos están impedidos de ejercer su jurisdicción ordinaria por algún impedimento. Estos vicarios apostólicos tienen las facultades de los vicarios capitulares (véase) y, en ocasiones, reciben también algunas facultades extraordinarias, que deben conocerse en su breve de nombramiento. (3) En las regiones donde aún no se ha establecido la jerarquía ordinaria de la Iglesia , y que, por consiguiente, caen bajo la jurisdicción ordinaria e inmediata del Papa de manera especial, la Santa Sede suele gobernar dichas regiones misioneras mediante un delegado que ha recibido la consagración episcopal a alguna sede titular y que es designado vicario apostólico. Estos prelados generalmente tienen las mismas facultades que los obispos por derecho común en sus propias diócesis, y la Congregación de Propaganda también les concede diversas facultades extraordinarias. Sin embargo, todas estas facultades son delegadas, no ordinarias. Como no son obispos diocesanos, no tienen catedral ni cabildo (SC Prop., 27 de noviembre de 1858). Sin una concesión especial de la Santa Sede , no pueden conceder la indulgencia habitual de cuarenta días, ni erigir un trono en una iglesia, ni usar la capa magna, ni que sus nombres se inserten en el canon de la Misa ( Collect . SC Prop., 1883, n. 139, etc.). Si bien no pueden constituir vicarios generales ordinarios, pueden otorgar facultades especiales a diversos sacerdotes para que les asistan en la administración del vicariato. Además, deben nombrar a un clérigo secular o regular idóneo que, en caso de su fallecimiento inesperado, pueda gobernar la región como pro-vicario hasta que se disponga lo contrario. El pro-vicario tiene las mismas facultades que el vicario, excepto las que emanan de la consagración episcopal. Sin embargo, en caso de necesidad, puede consagrar cálices, patenas y altares portátiles con óleos consagrados por algún obispo. Los regulares de un distrito misionero deben comunicar sus cartas patentes al vicario apostólico y, en la cura de almas, están sujetos a su autoridad. Los vicarios apostólicos son nombrados fuera del Consistorio mediante un breve pontificio especial, y posteriormente esta disposición se publica en el Consistorio. Todos los asuntos relacionados con la promoción de los vicarios apostólicos son gestionados por Propaganda según lo establecido en la Constitución «Gravissimum» de Benedicto XIV (18 de enero de 1757) y los posteriores Decretos de la Santa Sede ( Collect . SC Prop., n. 38-87). Actualmente existen alrededor de 150 vicariatos.

WILLIAM HW FANNING


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