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tametsi

Documento del Concilio de Trento sobre los matrimonios celebrados clandestinamente

2019-02-22T13:33:59
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Tametsi (AUNQUE), la primera palabra del cap. i, sess. 24, De Ref. Matr., del Concilio de Trento . Este capítulo contiene la legislación de la Iglesia que estuvo vigente hasta la Pascua de 1908, relativa al matrimonio clandestino. Decreta así: Quienes intenten contraer matrimonio de otra manera que no sea en presencia del párroco o de otro sacerdote delegado por él o por el ordinario, y ante dos o tres testigos, el santo sínodo los declara totalmente incapaces de contraer matrimonio y declara tales contratos nulos y sin efecto. Para un estudio completo de este decreto, se remite al lector al artículo « Clandestinidad» . En una forma modificada, las prescripciones de «Tametsi» se extendieron a la Iglesia universal mediante el decreto «Ne temere». El capítulo «Tametsi» declara que los contratos matrimoniales clandestinos celebrados libremente son válidos, salvo que se anulen por el incumplimiento de las normas de la Iglesia , y anatematiza a quienes sostienen lo contrario, así como a quienes falsamente afirman la invalidez de un matrimonio contraído sin el consentimiento de los padres, o que sostienen que la aprobación o desaprobación de estos puede afectar la fuerza vinculante de dichos contratos. Se declara, sin embargo, que la Iglesia siempre ha desaprobado los matrimonios contraídos en secreto o sin el consentimiento de los padres. Este mismo capítulo del Concilio Tridentino prescribe la promulgación de las amonestaciones matrimoniales, que es una repetición del Cuarto Concilio de Letrán, el formulario que expresa el consentimiento y la inscripción del matrimonio en el registro parroquial. Declara también que cualquier sacerdote, secular o regular, distinto del párroco, que asista a un matrimonio o imparta la bendición nupcial solemne sin la debida delegación queda suspendido de inmediato y permanece suspendido hasta que sea debidamente absuelto por el ordinario del párroco de los contrayentes. Esta censura, sin embargo, ya no se aplica, aunque puede castigarse a quienes infrinjan esta norma. Finalmente, «Tametsi» recomienda que quienes estén a punto de contraer matrimonio se acerquen a los sacramentos de la Penitencia y la Eucaristía , y que observen las costumbres y ritos locales relacionados con el matrimonio. (Véase también «El matrimonio: aspecto moral y canónico»).

ANDREW B. MEEHAN


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