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Predestinarianismo

2020-06-08T10:03:03
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El predestinacionismo es una herejía que se encuentra con cierta frecuencia a lo largo de los siglos y que reduce la salvación eterna de los elegidos, así como la condenación eterna de los réprobos, a una sola causa, a saber, la voluntad soberana de Dios , y excluye así la libre cooperación del hombre como factor secundario para lograr un futuro feliz o infeliz en la vida venidera.

I. CARÁCTER Y ORIGEN.—La esencia de este predestinacionismo herético puede expresarse en estas dos proposiciones fundamentales que guardan entre sí una relación de causa y efecto: (a) la voluntad absoluta de Dios como única causa de la salvación o condenación del individuo, sin importar sus méritos o deméritos; (b) en cuanto a los elegidos, niega la libertad de la voluntad bajo la influencia de la gracia eficaz, mientras que somete a los réprobos a la necesidad de cometer pecado como consecuencia de la ausencia de gracia. El sistema, en sus líneas generales, puede describirse así: la pregunta de por qué algunos se salvan mientras que otros se condenan solo puede responderse asumiendo un decreto eterno, absoluto e inmutable de Dios . La salvación de los elegidos y la condenación de los réprobos son simplemente el efecto de un decreto divino incondicional. Pero si aquellos predestinados a la vida eterna han de alcanzar este fin con necesidad metafísica, y solo tal necesidad puede garantizar el cumplimiento efectivo de la voluntad divina, Dios debe otorgarles durante su vida gracias eficaces de tal naturaleza que la posibilidad de resistencia libre quede sistemáticamente excluida, mientras que, por otro lado, la voluntad, bajo la influencia de la gracia, es impulsada sin vacilación a obrar correctamente y se ve obligada a perseverar en el camino de la rectitud hasta la hora de la muerte. Pero desde toda la eternidad Dios también ha dictado un decreto no menos absoluto por el cual ha predestinado positivamente a los no elegidos a tormentos eternos. Dios solo puede lograr este propósito negando a los réprobos gracias irresistiblemente eficaces e impulsando su voluntad a pecar continuamente, conduciéndolos así lenta pero inexorablemente a la condenación eterna. Así como es debido únicamente a la voluntad de Dios que el cielo se llenará de santos, sin importar sus méritos, también es debido a esa misma voluntad de Dios que el infierno se llenará de réprobos, sin importar sus pecados y deméritos previstos, y solo con aquellos a quienes Dios ha destinado eterna, positiva y absolutamente a este triste destino. En cualquier caso, el pecado es el medio más eficaz para llevar infaliblemente al infierno, con cierta apariencia de justicia, a aquellos que están destinados positivamente a la reprobación. En su desarrollo posterior, el predestinacionismo admite una forma más severa y otra más suave, según sus seguidores, quienes, al insistir exclusivamente en la voluntad salvífica de Dios , relegan la reprobación positiva a un segundo plano o intentan ocultar bajo una fraseología piadosa lo más ofensivo de su doctrina: la supuesta relación de Dios con el pecado. Y, sin embargo, este elemento constituye la piedra angular de todo el sistema. Porque la pregunta crucial es: ¿Puede Dios, el Todopoderoso, predestinar absoluta y positivamente a alguien al infierno? ¿Puede el Santísimo incitar y obligar a alguien a pecar con la intención de condenarlo a la perdición eterna? La negación de la universalidad de la voluntad salvífica de Dios y la restricción de los méritos de la pasión de Cristo a los elegidos son consecuencias naturales de los principios fundamentales de esta herejía.

La historia del dogma muestra que el origen del predestinacionismo herético debe remontarse a la mala interpretación de las ideas de San Agustín sobre la elección y la reprobación eternas. Pero fue solo después de la muerte de este gran doctor de la Iglesia (430) que esta herejía surgió en la Iglesia de Occidente, mientras que la de Oriente se conservó notablemente de tales extravagancias. Desde el autor anónimo de la segunda parte del llamado «Praedestinatus» (véase más adelante) hasta Calvino, encontramos que todos los seguidores de esta herejía se han refugiado tras el sólido escudo del agustinismo. La pregunta que debemos responder ahora es: ¿Enseñó San Agustín esta herejía? No queremos negar que San Agustín, en los últimos años de su vida, fue víctima de un rigorismo creciente que puede encontrar su explicación psicológica en el hecho de que fue llamado a ser el defensor de la gracia cristiana contra los errores del pelagianismo y el semipelagianismo . Sin embargo, la cuestión en debate es si él, para establecer la predestinación de los justos, renunció a su postura anterior y se refugió en la llamada «gracia irresistible» (gratia irresistible), que en los justos y en quienes perseveran destruye el libre albedrío. No solo los historiadores protestantes del dogma (como Harnack), sino también algunos eruditos católicos (Rottmanner, Kolb), incluso hasta la actualidad, han creído encontrar en sus obras indicios evidentes de esta extraña visión. Pero entre la mayoría de los estudiosos modernos de San Agustín, la convicción de que el Doctor Africano nunca, ni siquiera poco antes de su muerte, abrazó esta peligrosa visión de la gracia que el jansenismo afirma haber heredado de él, está ganando terreno. Incluso el escritor protestante EFK Muller destaca el hecho de que San Agustín, con respecto a la libertad de la voluntad en todas las condiciones de vida, “nunca renunció a su repudio del maniqueísmo , un paso que le había causado una lucha tan severa” (Realencyk. fur prot. Theologie, Leipzig , 1904, XV, 590).

El único pasaje ambiguo que contiene las expresiones «inevitable e invencible» (De corrept. et gratia XII, xxxviii: indeclinabiliter et insuperabiliter) no se refiere, como se desprende del contexto, a la gracia divina, sino a la voluntad débil que, por medio de la gracia, se vuelve invulnerable a toda tentación, incluso hasta el punto de ser invencible, sin perder, sin embargo, su libertad intrínseca. Otros pasajes difíciles deben explicarse asimismo a la luz de los principios fundamentales de la enseñanza del santo y, especialmente, del contexto y la lógica de sus ideas (cf. J. Mausbach, «Die Ethik des hl. Augustinus», II, 25 y ss.; Friburgo , 1909). Por consiguiente, San Agustín, al escribir sus «Retractaciones» hacia el final de su vida, no se retractó de nada en este asunto, ni tenía motivo alguno para hacerlo. Pero en cuanto a la relación de Dios con el pecado, nada estaba más alejado de los pensamientos del gran doctor que la idea de que el Santísimo pudiera, de alguna manera o con algún propósito, forzar la voluntad humana a pecar. Es cierto que Dios prevé el pecado, pero no lo desea; pues necesariamente debe aborrecerlo. San Agustín establece una clara distinción entre presciencia y predestinación, y para él, la presciencia infalible del pecado no es en absoluto sinónimo de una predestinación necesaria al pecado. Así dice de la caída de Adán (De corrept. et gratia, 12, 37): «Deo quidem praesciente, quid esset Adam facturus injuste; praesciente tamen, non ad hoc cogente» (cf. Mausbach, ibid. 208 ss.). La cuestión de si San Agustín asumió, y en qué medida, en relación con la predestinación absoluta de los elegidos, lo que más tarde se conocería como la reprobación negativa de los condenados, es completamente distinta de nuestra cuestión actual y no tiene nada que ver con el predestinacionismo herético.

II. LA OBRA “PRAEDESTINATUS”.—Que los pelagianos, tras su condena por la Iglesia, tenían un gran interés en exagerar hasta sus últimas consecuencias heréticas aquellas ideas de San Agustín que podían malinterpretarse fácilmente, para así, bajo la máscara de la ortodoxia, poder combatir con mayor eficacia no solo la doctrina ultraagustiniana, sino también toda la doctrina católica sobre la gracia, queda claramente demostrado por una obra escrita por un autor anónimo del siglo V. Esta obra, editada por primera vez por Sirmond en 1643 en París con el título de “Praedestinatus” (PL, LIII, 579 y ss.), está dividida en tres partes. La primera parte contiene un catálogo de noventa herejías (desde Simón el Mago hasta la Haeresis Praedestinatorum) y no es otra cosa que un plagio descarado de la obra de San Agustín «De Haeresibus», siendo original solo en aquellos pasajes donde el autor toca experiencias personales y tradiciones locales romanas (cf. A. Faure, «Die Widerlegung der Haretiker im I. Buch des Praedestinatus», Leipzig , 1903). La segunda parte es, según la afirmación del autor de la obra, un tratado que circuló (aunque falsamente) bajo el nombre de San Agustín y que llegó a sus manos; este tratado, en forma de una violenta polémica contra los pelagianos, expone puntos de vista ultraagustinianos sobre la predestinación y, por lo tanto, ofrece una oportunidad propicia para que un pelagiano ataque tanto las exageraciones parciales del pseudo-Agustín como la doctrina católica sobre la gracia del verdadero San Agustín. De hecho, el autor aprovecha esta oportunidad favorable en la tercera y última parte, donde revela su verdadero propósito. Siguiendo fielmente el texto de la segunda parte, se esfuerza sutilmente por refutar no solo el predestinacionismo, sino también (y este es el punto clave) la doctrina de la gracia de San Agustín, aunque, por las apariencias y para protegerse de las críticas, el pelagianismo es nominalmente condenado en cuatro anatemas (PL, LIII, 665). Toda la literatura anterior sobre esta compilación inferior puede considerarse ahora superada por la reciente obra académica de Schubert, «Der sog. Praedestinatus, ein Beitrag zur Geschichte des Pelagianismus» ( Leipzig , 1903). Sin embargo, no es necesario que aceptemos por completo la opinión de Schubert de que todo el pseudo-Agustín presentado en la segunda parte no es más que una burda falsificación del propio autor pelagiano anónimo, quien creó un personaje ficticio para derrocarlo más fácilmente. Pero no cabe duda del significado, el espíritu y el propósito de esta maniobra. Se trata de una hábil defensa del pelagianismo frente a la doctrina de la gracia tal como la enseñó San Agustín. Y la autoría apunta más bien a Roma que al sur de la Galia (quizás a Arnobio el Joven). Esta obra, escrita probablemente alrededor del año 440 d. C., emanó del grupo de pelagianos estrechamente vinculados a Juliano de Eclanum . No es imposible que un amigo de Juliano residente en Roma concibiera la esperanza de lograr que el papa se mostrara más favorable al pelagianismo mediante esta obra.

III. LÚCIDO Y GOTTSCHALK.—Hacia mediados del siglo V, el predestinacionismo herético en su forma más extrema fue defendido por Lúcido, un sacerdote de la Galia, de cuya vida la historia guarda silencio en todos los demás aspectos. Según su punto de vista, Dios predestinó positiva y absolutamente a algunos a la muerte eterna y a otros a la vida eterna, de tal manera que estos últimos no tenían que hacer nada para asegurar su salvación eterna, ya que la gracia divina por sí misma los conducía a su destino. Como los no elegidos están destinados al infierno, Cristo no murió por ellos. Cuando Fausto, obispo de Riez, ordenó a Lúcido que se retractara, este abandonó sus escandalosas proposiciones e incluso notificó al Sínodo Provincial de Arlés (c. 473) su sumisión (cf. Mansi, “Concil. Collect .”, VII, 1010). Parece ser que en medio siglo la herejía predestinacionista desapareció por completo en la Galia, ya que el Segundo Sínodo de Orange (529), aunque la condena solemnemente, sigue hablando hipotéticamente de sus seguidores: «si sunt, qui tantum malum credere velint» (cf. Denzinger, «Enchirid», décima edición, Friburgo , 1908, n.º 200). La controversia no se reavivó hasta el siglo IX, cuando Gottschalk de Orbais , apelando a San Agustín, suscitó una larga y acalorada disputa sobre la predestinación, que afectó a todo el Imperio Franco. Rabanus Maurus (alrededor del año 840) escribió una refutación de la enseñanza de Gottschalk y la resumió claramente en la siguiente proposición (PL, CXII, 1530 y ss.): Así como los elegidos, predestinados por la presciencia divina y el decreto absoluto, se salvan por necesidad, así también los eternamente réprobos se convierten en víctimas de la predestinación al infierno.

Gracias a los esfuerzos de Hincmar, arzobispo de Reims, el Sínodo de Quierzy (849) obligó a Gottschalk, cuya estancia forzosa en la Orden de San Benito le había costado muy caro, a quemar sus escritos con su propia mano, y lo silenció encarcelándolo de por vida en el monasterio de Hautvilliers, cerca de Reims. Sin embargo, en la actualidad, los estudiosos, debido a dos profesiones de fe que se conservan (PL, CXXI, 347 y ss.), se inclinan a exonerar al excéntrico y oscuro Gottschalk de la acusación de herejía y a interpretar en un sentido ortodoxo su ambigua enseñanza sobre la «doble predestinación» (gemina praedestinatio). Fue una desafortunada idea de Hincmar pedirle al panteísta Juan Escoto Eriúgena que escribiera una refutación de Gottschalk, ya que esto solo sirvió para avivar la controversia. Para gran pesar de Carlos el Calvo, toda la parte occidental del Imperio Franco resonaba con las disputas de obispos, teólogos e incluso de algunos sínodos. Los Cánones del Sínodo Provincial de Valence (855) pueden considerarse una expresión de las opiniones predominantes entonces sobre este tema; en ellos se enfatiza el hecho de que Dios simplemente previó desde la eternidad, y no predestinó, los pecados de los réprobos, aunque sigue siendo cierto que, como consecuencia de sus deméritos previstos, decretó desde la eternidad el castigo eterno del infierno (cf. Denzinger, loc. cit., nn. 320-25). Fue esencialmente sobre esta base que los obispos de catorce provincias eclesiásticas finalmente llegaron a un acuerdo e hicieron las paces en el Sínodo de Tousy celebrado en 860 (cf. Schrors, «Hinkmar von Reims», 66 y ss., Friburgo , 1884). La enseñanza de la Edad Media se caracteriza generalmente, por un lado, por el rechazo de la reprobación positiva al infierno y de la predestinación al pecado, y por otro, por la afirmación de la predestinación divina de los elegidos al cielo y la cooperación del libre albedrío. Esta enseñanza solo fue oscurecida durante un breve tiempo por Thomas Bradwardine y los llamados precursores de la Reforma (Wyclif, Hus , Jerónimo de Praga, John Wesel).

IV. LA REFORMA.—El predestinacionismo herético recibió un nuevo y vigoroso impulso al estallar la Reforma . Lutero, habiendo negado la libertad de la voluntad en el hombre pecador, así como la libertad en el uso de la gracia, situó lógicamente el destino eterno del individuo única y completamente en manos de Dios , quien, sin consideración alguna de mérito o demérito, reparte el cielo o el infierno según su voluntad. Zwinglio intentó obviar las graves consecuencias que este principio necesariamente produce en el orden moral con la vana excusa de que «así como Dios incitó al ladrón a cometer asesinato, así también obliga al juez a imponer la pena de muerte al asesino» (De provid. Dei, en «Opera», ed. Schuler, IV, 113). Melanchthon enseñó expresamente que la traición de Judas fue obra de Dios tanto como la vocación de San Pablo (cf. Trident., Sess. VI, can. vi, en Denzinger, n. 816). Calvino es el defensor más lógico del predestinacionismo puro y simple. La predestinación absoluta y positiva de los elegidos para la vida eterna, así como de los réprobos para el infierno y el pecado, es uno de los elementos principales de todo su sistema doctrinal y está estrechamente relacionada con la omnipresente idea de «la gloria de Dios ». Profundamente religioso por naturaleza y con un instinto para la sistematización, pero también con un carácter severo e inflexible, Calvino fue el primero en entrelazar los hilos dispersos que creyó haber encontrado en San Pablo, San Agustín, Wyclif, Lutero y Bucer, en una sólida red que envolvió todo su sistema de cristianismo práctico y teórico . Así, se convirtió de hecho en el sistematizador de la temida doctrina de la predestinación. Aunque Calvino no niega que el hombre tuviera libre albedrío en el paraíso, sigue remontando la caída de Adán a un decreto absoluto y positivo de Dios (Instit., I, 15, 8; III, 23, 8).

El pecado original destruyó por completo el libre albedrío en el hombre caído; sin embargo, no es el motivo del decretum horribile, como él mismo llama al decreto o reprobación. Calvino es un supralapsariano intransigente. Dios , para su propia glorificación y sin tener en cuenta el pecado original, ha creado a algunos como «vasos de misericordia» y a otros como «vasos de ira». A los creados para el infierno también los ha predestinado al pecado, y cualquier fe y rectitud que puedan manifestar son, a lo sumo, meramente aparentes, puesto que todas las gracias y medios de salvación solo son eficaces en aquellos predestinados al cielo. La doctrina jansenista sobre la redención y la gracia, en sus principales características, no difiere esencialmente del calvinismo . La insoportable dureza y crueldad de este sistema provocaron una reacción entre los calvinistas más moderados, que temían anteponer la «gloria de Dios » a su santidad. Incluso en un terreno tan estrictamente calvinista como Holanda , el infralapsarianismo, es decir, la conexión de la reprobación con el pecado original, ganó terreno. Inglaterra también se negó a adherirse a los artículos de Lambeth (1595), de corte estrictamente calvinista, aunque años más tarde sus características esenciales quedaron plasmadas en la famosa Confesión de Westminster de 1647, defendida con vehemencia por los puritanos ingleses . Por otro lado, la Iglesia Presbiteriana de los Estados Unidos se ha esforzado por atenuar la innegable severidad del calvinismo en la revisión de su Confesión en mayo de 1903, en la que también enfatiza la universalidad del amor divino e incluso no niega la salvación de los niños que mueren en la infancia.

J. POHLE


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