
Cánones Penitenciales , reglas establecidas por concilios u obispos sobre las penitencias que debían realizarse por diversos pecados. Estos cánones, recopilados, adaptados a la práctica posterior y completados con instrucciones adecuadas formaron el núcleo de los Libros Penitenciales (véase Teología Moral ; Penitencia ). Todos pertenecen a la antigua disciplina penitencial y ahora tienen solo un interés histórico; si los escritores del período clásico continúan citándolos, es solo como ejemplos y para incitar a los pecadores al arrepentimiento recordándoles la severidad anterior. En cierto sentido, aún sobreviven, ya que la concesión de Indulgencias (véase) todavía se basa en los períodos de penitencia, años, días y cuarentenas. Los cánones penitenciales pueden dividirse en tres clases que corresponden a la disciplina penitencial de Oriente, de Roma o de las Iglesias anglosajonas. (I) En Oriente, la característica prominente de la penitencia no era la práctica de la mortificación y las obras piadosas, aunque esto se suponía; La penitencia impuesta a los pecadores consistía en un período de exclusión de la comunión y la Misa, de mayor o menor duración, al que eran admitidos gradualmente según las diferentes «estaciones» o clases penitenciales, tres en total; pues los «llorones» (en griego: proschlaiontes, flentes ), mencionados ocasionalmente, aún no eran admitidos a la penitencia; eran grandes pecadores que debían esperar su admisión fuera de la iglesia. Una vez admitidos, los penitentes se convertían en «oyentes» (en griego: achrooeenoi, audientes) y asistían al servicio divino hasta después de las lecturas y la homilía; luego, los «postrados» (en griego: upopiptontes, prostrati), porque el obispo, antes de excluirlos, oraba por ellos imponiéndoles las manos mientras estaban postrados; finalmente, los «sustantes, consistentes» (en griego: sustantes, consistentes ), que asistían a todo el servicio, pero no recibían la comunión. La penitencia terminaba con la admisión a la comunión y la plena igualdad con el resto de los fieles. Estos diferentes períodos sumaban en total tres, cinco, diez, doce o quince años, según la gravedad de los pecados. Esta disciplina, que se suprimió rápidamente, dejó de observarse hacia finales del siglo IV. Los cánones penitenciales correspondientes se encuentran en la carta canónica de San Gregorio Taumaturgo (hacia el año 263; PG, X, 1019), los Concilios de Ancira (314), Neocesarea (314-20), Nicea (325) y las tres cartas canónicas de San Basilio a Anfiloco (Ep. 188, 199, 217 en PG, XXXII, 663, 719, 794). Estos pasaron a las Colecciones Griegas y a los Libros Penitenciales. Los establecidos por los concilios llegaron a Occidente en diferentes traducciones, pero fueron malinterpretados o no se aplicaron.
(2) La disciplina penitencial romana no reconocía las distintas «estaciones» o clases; con esta excepción, era similar a la disciplina oriental. Los ejercicios penitenciales no estaban detallados y el castigo propiamente dicho consistía en la exclusión de la comunión por un período más o menos prolongado. Sin embargo, la práctica de admitir a la penitencia una sola vez, lo que mantenía a los penitentes en un orden fijo, se mantuvo durante más tiempo. Los cánones occidentales más antiguos se refieren a la admisión o exclusión de la penitencia pública; por ejemplo, la decisión de Calixto ( Tertuliano , «De pudic.», i) de admitir a los adúlteros, la de San Cirilo y el Concilio de Cartago en 251 (Ep. 56) de admitir a los lapsi o apóstatas, aunque el Concilio de Elvira (alrededor del 300, Can. 1, 6, 8, etc.) seguía negándose a admitir a los pecadores más graves. Otros cánones de este concilio ordenaban penitencias de varios años de duración. Después de Elvira y Arles (314), los cánones penitenciales son bastante infrecuentes. Son más numerosos en los concilios y decretales de los papas después del final del siglo IV: Siricio, Inocencio y, posteriormente, San León. Reducen mucho la duración de la penitencia y son más misericordiosos con los lapis o apóstatas. Estos textos, con las traducciones de los concilios orientales, pasaron a las colecciones canónicas occidentales. (3) Por otro lado, lo que es más llamativo en los cánones penitenciales de origen anglosajón e irlandés es la fijación particular de los actos penitenciales impuestos al pecador para asegurar la reparación, y su duración en días, cuarentenas (carina) y años; estos consisten en ayunos más o menos rigurosos, postraciones, privación de cosas que de otro modo estarían permitidas; también limosnas, oraciones, peregrinaciones, etc. Estos cánones. Desconocidos en sus fuentes originales, se encuentran en los numerosos llamados Libros Penitenciales (Libri Poenitentiales) o colecciones elaboradas y en boga desde el siglo VII. Estos cánones y la disciplina penitencial que representan fueron introducidos en el continente por misioneros anglosajones y, en un principio, fueron recibidos con recelo (Concilio de Châlons, 813; París , 829); sin embargo, finalmente fueron adoptados y gradualmente suavizados. (Véase Colecciones de Cánones Antiguos ).
A. BOUDINHON

