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Patriarcado de las Indias Orientales

Jurisdicción eclesiástica en las Indias Orientales

2019-02-21T23:58:35
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Indias Orientales, PATRIARCADO DE LAS.—Como consecuencia de un acuerdo entre la Santa Sede y el Gobierno portugués en 1886, que resolvió las dificultades surgidas del cisma de Goa (véase Arquidiócesis de Goa ), la jurisdicción del Arzobispo de Goa se vio considerablemente restringida. De hecho, una de las causas del cisma fue que tanto el Arzobispo de Goa como el Obispo de Macao habían estado ejerciendo actos de jurisdicción dentro de los vicariatos apostólicos de las Indias Orientales Británicas, aunque estos ya habían sido expresamente retirados de su jurisdicción. El Gobierno portugués se puso del lado del arzobispo y sus partidarios contra Roma , reclamando un jus patronatus real sobre toda la Iglesia de la India (véase Padroado). Como compensación por su jurisdicción reducida, al Arzobispo de Goa se le otorgó el título de patriarca. Las sedes sufragáneas de Goa son Damso, Cochin, Macao, Mylapur y la prtelatura nullius de Mozambique.

U. BENIGNI


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