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Elecciones Papales

El método de elección del Papa ha variado considerablemente en diferentes períodos de la historia de la Iglesia.

2025-02-18T09:59:00
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Elecciones Papales.— El método de elección del papa ha variado considerablemente en diferentes periodos de la historia de la Iglesia . En cuanto a las primeras épocas, Ferraris (op. cit. infra) afirma que el propio San Pedro constituyó un senado para la Iglesia Romana , compuesto por veinticuatro sacerdotes y diáconos. Estos eran los consejeros del obispo de Roma y los electores de sus sucesores. Esta afirmación se extrae de un canon del « Corpus Juris Canonici » (can. «Si Petrus», can. 8, Q. 1). Sin embargo, los historiadores y canonistas generalmente sostienen que el obispado romano se cubría en caso de vacante del mismo modo que los demás obispados, es decir, la elección del nuevo papa la realizaban los obispos vecinos y el clero y los fieles de Roma . No obstante, algunos sostienen que la designación del sucesor de San Pedro estaba restringida al clero romano, y que el pueblo solo fue admitido a participar en las elecciones después de la época de Silvestre I (siglo IV).

Tras la paz que Constantino concedió a la Iglesia , los emperadores romanos cristianos solían participar en la elección de un nuevo papa, y en ocasiones su influencia era muy marcada. Por lo tanto, a partir del siglo IV, surgió una nueva fuerza a tener en cuenta. La ocasión para la injerencia de los emperadores romanos, y más tarde de los reyes de Italia , la proporcionaban las elecciones controvertidas al papado. El ejemplo más destacado de los primeros casos fue la elección de Bonifacio I (418). Esto dio lugar al decreto (c. 8, dist. 79) que establecía que, en caso de disputa electoral, debía elegirse un nuevo candidato.

La injerencia del poder secular siempre fue desagradable para el clero romano, como lo demuestra su renuencia a acatar los decretos sobre el tema, incluso los emitidos por papas, como en el caso de Simplicio y otros. El ejemplo de los emperadores romanos fue seguido por los reyes bárbaros de Italia , entre los que el primero en interferir fue Teodorico el Ostrogodo, en la elección de Símaco en 498. Al recuperar su influencia en la península itálica, los emperadores orientales exigieron que la elección de los electores para un nuevo papa se comunicara al Exarca de Rávena, quien a su vez la remitía a Constantinopla , y hasta que no se recibiera la confirmación del emperador, el candidato no sería reconocido como Obispo de Roma . Esto provocó largas vacantes en la Santa Sede . Esta costumbre se mantuvo hasta el pontificado de Benedicto II (684-85).

Una pretensión similar fue planteada por los emperadores occidentales en la Edad Media , y algunos la exigieron debido a una concesión hecha por Adriano I a Carlomagno . Esta supuesta concesión se reconoce ahora como espuria. En cuanto a la llamada confirmación de las elecciones papales por el poder secular, Ferraris (loc. cit. infra) señala que no debe entenderse como que el nuevo papa recibiera el poder papal del emperador. Esto sería herético, pues el candidato electo recibe su poder de Cristo. La confirmación del emperador, entonces, solo tenía como objetivo asegurar que los cánones de la Iglesia se llevaran a cabo sin obstáculos por parte de disidentes facciosos y sediciosos.

Hay que reconocer que los emperadores del Sacro Imperio Romano Germánico a veces abusaron de su poder sin escrúpulos, y en más de una ocasión se eligieron candidatos al papado mediante nombramiento imperial directo. A Otón III se le atribuye el nombramiento de Gregorio V y Silvestre II, y a Enrique III el nombramiento efectivo de Clemente II, Dámaso II, León IX y Víctor II. Pero es evidente que tal nombramiento no constituye una elección real, ya que la aceptación de los electores legales era necesaria para ratificar la elección, aunque sin duda estos se verían influenciados por las circunstancias para favorecer la preferencia imperial.

A veces se ha dicho que en épocas anteriores los papas designaban a sus sucesores en el pontificado. Así, se dice que San Pedro eligió a Clemente I. La autoridad en la que se basa esta afirmación ahora se reconoce generalmente como apócrifa. Bonifacio II eligió a Vigilio como su sucesor en 531, pero luego se arrepintió y retiró públicamente la nominación. Baronio (HE, ann. 1085, 1087) afirma que Gregorio VII en 1085 eligió a Víctor III como su sucesor; que Víctor, de igual modo, eligió a Urbano II en 1086, y Urbano eligió a Pascual II en 1099. Cabe señalar que el canon «Si Transitus» del «Corpus Juris» (can. «Si Trans.», 10, dist. 70) parece implicar el derecho del papa a nombrar a su sucesor, puesto que sus primeras palabras son: «Si la muerte del papa se produce de forma tan inesperada que no puede dictar un decreto sobre la elección de su sucesor, etc.». Sin embargo, estas supuestas elecciones nunca fueron más que nombramientos, pues ninguna de las personas así nombradas jamás se atrevió a declararse papa antes de que se hubiera obtenido la ratificación de los electores legales. Actualmente, es cierto que, según el derecho canónico (c. «Episcopo», 3; c. «Plerique», 5; can. «Moyses», 6, caus. 8, Q. 1), el papa no puede elegir a su sucesor.

También se suele considerar que la ley divina se lo prohíbe, aunque algunos canonistas sostienen lo contrario. En cuanto a las restricciones y determinaciones graduales que rigen la elección de los pontífices, cabe destacar que en 606 Bonifacio III decretó que los electores no debían reunirse hasta el tercer día después del entierro del papa. En 769, un sínodo de Letrán promulgó un decreto que establecía que el clero romano solo podía elegir como papa a un sacerdote o diácono, y prohibía a los laicos participar en la elección. Sin embargo, el recién elegido debía recibir el homenaje de los laicos antes de ser conducido a la basílica de Letrán. Este decreto provocó un gran descontento entre los laicos influyentes, y Nicolás I, en un sínodo romano celebrado en 862, restituyó el derecho al voto a la nobleza romana.

En 898, Juan IX confirmó la costumbre de que la consagración del nuevo pontífice se realizara en presencia de los embajadores imperiales. En 963, el emperador Otón I se esforzó por obligar a los romanos mediante juramento a no elegir a nadie como papa hasta que no hubiera sido nominado por el emperador.

Un decreto que marcó un hito en materia de elecciones papales fue el de Nicolás II en 1059. Según esta constitución, los cardenales obispos se reúnen primero para debatir sobre los candidatos al papado y eligen los nombres de los más dignos. Luego convocan a los demás cardenales y, junto con ellos, proceden a la elección.

Finalmente, se debe buscar el consentimiento del resto del clero y de los laicos al resultado del sufragio. La elección se realizará entre el clero romano, a menos que no se encuentre entre ellos un candidato idóneo. En la elección se respetarán los derechos del Sacro Emperador Romano Germánico, a quien, a su vez, se le pedirá que muestre un respeto similar por la Sede Apostólica.

En caso de que la elección no pueda celebrarse en Roma , puede celebrarse válidamente en otro lugar. El decreto no especifica explícitamente cuáles son los derechos imperiales, pero según la evidencia contemporánea, parece claro que requieren que los resultados de la elección se envíen al emperador por carta o mensajero, para que este pueda asegurarse de su validez. Sin embargo, Gregorio VII (1073) fue el último papa que solicitó la confirmación imperial.

Se observa que el decreto del Papa Nicolás reserva la elección propiamente dicha a los cardenales, pero requiere el asentimiento (laudatio) del clero inferior y los laicos. Sin embargo, el Décimo Concilio Ecuménico (Leterano) de 1139 restringió la elección exclusivamente a los cardenales, y en 1179, otro Concilio de Letrán, presidido por Alejandro III, estableció que el Papa debía ser elegido por una mayoría de dos tercios de los electores presentes. Este último decreto no especificaba qué hacer en caso de no alcanzarse dicha mayoría. Ante esta situación, tras la muerte de Clemente IV en 1268, los cardenales designaron a seis cardenales como plenipotenciarios para que eligieran un candidato. La vacante en la Santa Sede había durado dos años y nueve meses.

Para evitar que se repitiera este mal, el Segundo Concilio de Lyon, presidido por Gregorio X (1274), decretó que diez días después del fallecimiento del papa, los cardenales se reunirían en el palacio de la ciudad donde murió y celebrarían allí sus asambleas electorales, completamente aislados de toda influencia externa. Si no llegaban a un acuerdo sobre un candidato en tres días, se reducirían sus provisiones, y tras una demora de cinco días más, se restringiría aún más el suministro de alimentos. Este es el origen de los cónclaves.

El decreto de Gregorio X sobre este tema se llama «Ubi periculum majus». Para las regulaciones posteriores que rigen las elecciones papales, véase Cónclave . Según ciertos cánones antiguos (can. «Oportet», 3; can. «Nullus», 4, dist. 79), solo los cardenales debían ser elegidos papa. Sin embargo, Alejandro III decretó (cap. «Licet», 6, «De elect.») que «será reconocido como pontífice de la Iglesia Universal, sin excepción alguna, quien haya sido elegido por dos tercios de los cardenales». Ya en 1378, Urbano VI fue elegido, aunque no era cardenal (consúltese, sin embargo, la Constitución 50 de Sixto V, «Postquam», § 2). Un laico también puede ser elegido papa, como lo fue Celestino V (1294). Incluso la elección de un hombre casado no sería inválida (c. «Qui uxorem», 19, caus. 33, Q. 5). Por supuesto, la elección de un hereje, cismático o mujer sería nula. Inmediatamente después de la elección canónica de un candidato y su aceptación, este se convierte en verdadero papa y puede ejercer plena y absoluta jurisdicción sobre toda la Iglesia . Por consiguiente, una elección papal no necesita confirmación, ya que el pontífice no tiene superior en la tierra.

WILLIAM HW FANNING


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