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Nueva Escocia

Una de las provincias marítimas de Canadá.

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Nueva Escocia.-I. GEOGRAFÍA.—Nueva Escocia es una de las provincias marítimas de Canadá. Forma parte de lo que antiguamente era Acadie o Acadia y ahora consta de lo que se conoce como la península de Nueva Escocia propiamente dicha y la isla de Cabo Bretón. La isla está separada del continente por el Gut o Estrecho de Canso, una importante vía fluvial internacional que conecta el Océano Atlántico con el Golfo de San Lorenzo. Este estrecho tiene unas quince millas de largo y su ancho varía desde media milla hasta dos millas. La isla Sable, una peligrosa cresta de arena, en la que en 1518 un francés, llamado De Lery, hizo un intento infructuoso de formar un asentamiento, era antes de la confederación de provincias parte de la provincia de Nueva Escocia, pero según la Ley de Unión ( Norte británico América Ley de 1867) esta isla quedó bajo la autoridad legislativa exclusiva del Parlamento del Dominio. Tiene unas veinticinco millas de largo y ancho variable. En algunos lugares tiene aproximadamente un kilómetro y medio de ancho. Por los numerosos naufragios que se han producido allí, la isla Sable ha pasado a ser conocida como “el cementerio del Atlántico”.

La provincia de Nueva Escocia se encuentra entre 43° 25′ y 47° de latitud norte y 59° 40′ y 66° 35′ de longitud oeste. Al norte limita con la Bahía de Fundy, la Bahía de Chignecto, Nueva Brunswick, el estrecho de Northumberland y el golfo de San Lorenzo, y en todos los demás lados por el océano Atlántico. La península está conectada con la Provincia de Nueva Brunswick por el istmo de Chignecto, que tiene unas doce millas y media de ancho. La superficie total de Nueva Escocia se estima en unas 21,428 millas cuadradas. La superficie es ondulada. Hay tres cadenas montañosas, a saber: las montañas Cobequid, que comienzan en el cabo Chignecto en Cumberland y recorren unas cien millas a través de los condados de Colchester, Pictou y Antigonish; las Montañas del Norte se extienden desde el cabo Blomidon hasta Digby Neck, aproximadamente ciento diez millas; y las Montañas del Sur, una cadena baja paralela a las Montañas del Norte y con algunas interrupciones que corre por el medio de la península y por la isla de Cabo Bretón, teniendo la cadena unas trescientas cincuenta millas de largo. La mayor altura de estas montañas es de 1700 pies sobre el nivel del mar. Los ríos son pequeños y ninguna parte del país está lejos del mar. Los lagos son numerosos pero no grandes. Los lagos Bras d'Or en Cabo Bretón dividen la isla en dos partes y cubren aproximadamente 500 millas cuadradas. La costa de Nueva Escocia tiene unas 1500 millas y existen numerosos puertos de refugio. Los puertos de Halifax, Louisburg y Sydney se encuentran entre los mejores del norte. América. La temperatura promedio oscila entre los 65°F en verano y los 25°F en invierno. Las mareas altas en la Bahía de Fundy constituyen una característica física inusual de los condados que se encuentran a lo largo de la bahía.

Los recursos de Nueva Escocia están diversificados. La agricultura, la minería, la pesca, la explotación maderera y la manufactura producen amplios beneficios para la industria de los habitantes. En los condados que se encuentran a lo largo de la Bahía de Fundy y atravesados ​​por las ensenadas hay valiosos diques iniciados por los primeros colonos franceses y continuados después de la expulsión de los acadianos por los colonos de Nueva York. England, quien en 1760 y 1761 tomó posesión de las tierras de los acadianos expulsados. Los productos agrícolas del país son el heno, el trigo, la avena, la cebada, las patatas y los nabos, todos los cuales obtienen un mercado local. En el valle de Annapolis se producen anualmente unos 750,000 barriles de manzanas que se envían a los mercados ingleses. Existen importantes medidas relativas al carbón en los condados de Cumberland, Pictou, Inverness y Cape Breton. El carbón es bituminoso y abastece la demanda local y una gran parte de los mercados del río San Lorenzo. También se extraen hierro, cobre y yeso. La pesca costera se considera muy valiosa. Se componen de salmón, bacalao, sábalo, fletán, caballa, arenque y mariscos y se exportan a los mercados americano y europeo. Los bosques producen arces, abedules, cicuta, abetos, pinos y hayas. Los intereses de fabricación también son amplios, siendo las plantas más grandes las fábricas de hierro y acero en Sydney y Sydney Mines.

II. ETNOGRAFÍA.—Cuando los colonos europeos llegaron por primera vez a Nueva Escocia, encontraron el país habitado por una tribu de indios conocidos como los Micmacs. Estos salvajes se convirtieron en Cristianismo por los primeros misioneros franceses. Sus descendientes, que ascendían a 1542 en el momento del último censo oficial (1901), pertenecen a la Católico Iglesia. Viven principalmente en reservas que el Gobierno les ha reservado. El deber de cuidar de los indios ha sido asignado por la Ley Británica de América del Norte al Parlamento de Canadá. Los descendientes de los colonos franceses forman un cuerpo importante. En el momento del último censo eran 45,161. También son católicos y se destacan por su industria y frugalidad. Los alemanes constituyen otro elemento importante. Descienden del cuerpo de colonos alemanes que llegaron a Nueva Escocia poco después de la fundación de Halifax y en 1753 se trasladaron al condado de Lunenburg. Principalmente luteranos y anglicanos, son ahorrativos y trabajadores. Los colonos ingleses llegaron después de la derrota de los franceses y después de la revolución. Guerra de veinte a treinta mil leales abandonaron los Estados Unidos y se establecieron en Nueva Escocia. Posteriormente vinieron las adhesiones de Irlanda y Escocia. En el último censo, estas últimas razas se estimaron de la siguiente manera: inglesa, 159,753; escoceses, 143,382; Irlandeses, 54,710. También había 5984 negros en la provincia. Descienden de esclavos que fueron traídos a Nueva Escocia antes de la abolición de la esclavitud en los dominios británicos. La población total de la provincia de Nueva Escocia en 1901 era de 459,572 habitantes, de los cuales 129,578 fueron devueltos como católicos.

III. HISTORIA.-John Cabot Hizo su primer viaje desde Bristol en busca de una ruta hacia el oeste hasta India en 1497. Tocó tierra en la costa oriental del norte América, pero ya sea en Labrador, Terranova, o Nueva Escocia es incierto. Ningún asentamiento real siguió inmediatamente a los viajes de los Cabot. En 1604 el rey Enrique IV de Francia dio una comisión a De Monts nombrándolo virrey del territorio situado entre el golfo de San Lorenzo y la desembocadura del río Hudson. De Monts llegó a la desembocadura del río La Have en la costa de Nueva Escocia y luego navegó por la Bahía de Fundy hasta la capa de agua que ahora se conoce como la Cuenca de Annapolis. Aquí, cerca de lo que hoy es la ciudad de Annapolis, se eligió un sitio para un asentamiento y a la plaza de Monts se le dio el nombre de Puerto Real. Dejando allí a algunos de sus compañeros, navegó a lo largo de la costa norte de la Bahía de Fundy, entró en el río St. John y luego estableció su cuartel de invierno en la desembocadura del río St. Croix. Los compañeros que dejó en Puerto Real volver a Francia. Al año siguiente, De Monts y los supervivientes de su partido en St. Croix regresaron a Puerto Real. Este fue el comienzo del asentamiento europeo en Canadá, y la colonia así establecida es el asentamiento europeo más antiguo en el norte América con excepción de San Agustín en Florida. La colonia fue abandonada temporalmente en 1607, pero en 1610 los franceses regresaron y permanecieron en posesión intacta hasta 1613, cuando un filibustero de Virginia llamado Argall descendió sobre la colonia y la destruyó totalmente.

En 1621, el rey Jaime I otorgó una concesión de Acadia a sir william Alexander y cambió el nombre a Nueva Escocia; pero los esfuerzos de Sir William Alexander para construir un asentamiento inglés fueron de poco valor. Después de la captura de Quebec por David Kirke, se hizo la paz entre Francia y Gran Bretaña por el Tratado de St-Germain-en-Laye (1632), y Quebec y Nueva Escocia fueron devueltas a Francia. Pero en 1654 Cromwell envió una flota para capturar la colonia holandesa de Manhattan, y una parte de su flota navegó hacia la cuenca de Annapolis, y Puerto Real rendido a ellos. Después de la adhesión de Carlos II, por el Tratado de Breda, Nueva Escocia volvió a ser Francia. En 1690, Sir William Phips tomó el mando de una fuerza naval de Massachusetts, y fácilmente tomó Puerto Real, pero no dejó ninguna guarnición allí y los franceses pronto la volvieron a ocupar. Después de varios años de guerra, se acordaron nuevamente términos de paz entre Gran Bretaña y Francia por el Tratado de Ryswick (1679) y Nueva Escocia quedó nuevamente bajo el dominio de Francia. La captura definitiva de Puerto Real Tuvo lugar en 1710 cuando los franceses se rindieron al coronel Nicholson, quien nombró al asentamiento Annapolis en honor a la reina Ana. La larga guerra entre los dos países por la posesión de Nueva Escocia propiamente dicha llegó a su fin con el Tratado de Utrecht (1713), que disponía que la península debería pertenecer a England y la isla de Cabo Bretón a Francia. Annapolis se convirtió en la capital de la colonia y el único otro asentamiento inglés estaba en Canso. Muy pocos colonos llegaron al país durante casi cuarenta años. Para recuperar su posición, los franceses fortificaron fuertemente Louisburg en la costa sureste de Cabo Bretón. Guerra Estalló de nuevo y en 1745 se envió una fuerza desde Massachusetts bajo el mando del coronel William Pepperell. Después de un asedio de siete semanas, el gobernador de Louisburg se vio obligado a rendirse. Para recuperar Luisburgo, los franceses al año siguiente enviaron una poderosa flota al mando de d'Anville. Esta expedición fue desafortunada. La flota encontró mal tiempo y después de que sus restos llegaron al puerto de Chebucto (Halifax), el comandante y muchos de los hombres murieron; los que sobrevivieron regresaron a Francia. Gran Bretaña retuvo Louisburg durante tres años después de la primera captura; y luego se acordaron los términos de paz mediante el Tratado de Aix-la-Chapelle (1748) y se entregó Louisburg a Francia. Para fortalecer la posición de los ingleses en Nueva Escocia, se decidió establecer un asentamiento permanente en las costas del puerto de Chebucto. En consecuencia, en junio de 1749, el coronel Cornwallis llegó con varios colonos y fundó la ciudad de Halifax. La sede del gobierno fue transferida de Annapolis a la nueva ciudad y Cornwallis seleccionó un consejo para que lo ayudara en la administración de la colonia. Seis años más tarde se produjo la cruel expulsión de los acadianos de sus fértiles tierras a lo largo de la Bahía de Fundy. Varios miles de estas personas fueron desterradas de Nueva Escocia y dispersadas en las colonias inglesas de Massachusetts a Louisiana. En muchos casos, las familias fueron separadas y el acontecimiento sigue siendo una mancha oscura en la reputación del gobernador inglés de aquella época.

De 1749 a 1758 el gobernador de la colonia administró sus asuntos con la ayuda de un consejo, pero no hubo representantes elegidos directamente por el pueblo. Este último año se convocó la primera Asamblea representativa en Halifax. Según las leyes de aquella época, los católicos romanos estaban descalificados para ocupar escaños en la legislatura.

En 1756 comenzaron los famosos Siete Años. Guerra; dos años más tarde tuvo lugar la captura final de Louisburg, bajo el mando del general Amherst. El asedio duró siete semanas y finalmente el gobernador francés se vio obligado a rendirse incondicionalmente. Por el Tratado de París (1763) Francia cedió Cabo Bretón, la Isla del Príncipe Eduardo y Canadá a Gran Bretaña, y el largo duelo en el Norte América entre las dos grandes potencias europeas llegó por fin a su fin. Cabo Bretón y la Isla del Príncipe Eduardo pasaron a formar parte de Nueva Escocia; pero en 1770 la Isla del Príncipe Eduardo cortó su conexión política, al igual que en 1784 lo hicieron Cabo Bretón y Nueva Zelanda. Brunswick. Cabo Bretón fue anexado nuevamente a Nueva Escocia en 1819. Durante la Guerra Revolucionaria Guerra Nueva Escocia permaneció leal a Gran Bretaña. Muchas personas en Estados Unidos que no aprobaban la guerra emigraron a las provincias británicas. Estos eran conocidos como Leales al Imperio Unido. En la provincia a la que se trasladaron recibieron concesiones gratuitas de tierras y formaron un valioso complemento para la escasa población.

En la primera sesión de la Legislatura de Nueva Escocia se aprobó una ley que exigía que todos Católico sacerdotes a abandonar el país; y cualquier persona que albergara a un sacerdote estaba sujeta al pago de una gran multa. Estas leyes fueron posteriormente derogadas. En 1827 un Católico Se le permitió, por primera vez, ocupar su asiento como miembro de la Asamblea. Si bien Nueva Escocia tenía un gobierno representativo ya en 1758, el ejecutivo no era de ninguna manera responsable ante el pueblo; Los asuntos fueron administrados así durante unos setenta años. Entonces surgió una fuerte agitación bajo la brillante dirección de Joseph Cómo. Después de varios años de discusión y negociación, en 1848 se aseguró un gobierno responsable y posteriormente la permanencia del gobierno pasó a depender del apoyo de los representantes del pueblo en la Asamblea. Los siguientes veinte años fueron años de progreso continuo. Se estableció comunicación de Steam con England; se construyeron ferrocarriles; y se produjo una reactivación del comercio. En 1867 las Provincias de Nueva Escocia, Nueva Brunswick, Quebec y Ontario se confederaron como el Dominio de Canadá, bajo la provisión del norte británico América Acto. Se separaron las funciones legislativas del Dominio y de las provincias, y los asuntos de interés local se asignaron a las distintas provincias. Entre estos últimos se pueden mencionar la educación y las instituciones municipales, la solemnización del matrimonio y los derechos civiles y de propiedad. Entre las atribuciones asignadas al Dominio se encuentran el servicio postal, censo y estadística, servicio y defensa militar y naval, navegación, banca, derechos de autor, matrimonio y divorcio, y las reglamentaciones relativas a los indios.

IV. IGLESIA Y ESTADO.—Las relaciones entre Iglesia y el Estado no dan lugar a muchas quejas. No existe una religión estatal y todas las denominaciones religiosas están iguales ante la ley. El sistema escolar es no confesional. Los católicos no tienen escuelas separadas, pero en los centros de población donde son numerosos y en los distritos rurales donde predominan, la costumbre les permite tener maestros de su propia fe. Existe perfecta libertad de culto en todos los aspectos.

V. DIVISIÓN EN DIOCESIS, POBLACIÓN, ETC.—La Provincia de Nueva Escocia está dividida en dos diócesis: la Arquidiócesis de Halifax, que abarca los once condados más occidentales de la provincia; y el Diócesis of Antigonish, que abarca los cuatro condados de la isla del Cabo Bretón y los condados de Guys-borough, Pictou y Antigonish en la península. Según el último censo oficial había 54,301 católicos en el Arquidiócesis de Halifax, y 75,277 en el Diócesis of Antigonish. Por el capítulo 31 de las Leyes de la Legislatura de Nueva Escocia para el año 1849, la Católica Romana Obispa de Halifax y sus sucesores se incorporaron bajo el nombre de “el Católica Romana Episcopal Corporación de la ciudad y condado de Halifax” con sucesión perpetua y poder para poseer, recibir y disfrutar de bienes inmuebles y personales. En 1888, por el capítulo 102 de las Actas de ese año, s. 4, se dispuso lo siguiente:—”La Corporación puede adquirir mediante escritura de traspaso o mediante legado o de cualquier otra manera reconocida por la ley en el momento, tierras dentro de Nueva Escocia y puede tener, poseer, poseer y disfrutar de las mismas para los usos y fines generales eleemosinarios, eclesiásticos o educativos de la Archidiócesis o de cualquier parte de las mismas o para cualquiera de dichos usos o propósitos y podrá vender, enajenar, intercambiar, ceder, liberar hipotecas, arrendar, traspasar o disponer de otra manera de dichas tierras o cualquier parte de las mismas para tales usos y propósitos o cualquiera de ellos de la manera a continuación se establece”. Este estatuto también establece que todos Iglesia Los bienes muebles e inmuebles serán conferidos a la corporación y utilizados como propiedad de la Católica Romana Iglesia dentro de la arquidiócesis para fines caritativos, eclesiásticos y educativos. La corporación otorga una escritura mediante su sello corporativo y la firma del arzobispo, su coadjutor o vicario general y otro Católica Romana clérigo de la archidiócesis. El Diócesis of Antigonish antes era conocido como el Diócesis de Arichat; según el capítulo 86 de las Leyes de la Legislatura de Nueva Escocia de 1887, el nombre se cambió de Arichat a Antigonish. Católica Romana Episcopal Corporación of Antigonish fue creado por Capítulo 74 de las Leyes de la Legislatura de Nueva Escocia (1854), y las disposiciones legislativas con respecto a esta corporación son sustancialmente las mismas que las relacionadas con la Católica Romana Episcopal Corporación de Halifax.

VI. IMPUESTOS Y EXENCIONES DE IGLESIAS, ETC.—La Ley de Tasación [RSNS. 1900, c. 73, seg. 4, SS. (b)] exime de impuestos a toda iglesia y lugar de culto y al terreno utilizado en relación con ellos, y a toda iglesia y cementerio. El mismo estatuto también exime los bienes inmuebles de todo colegio, academia o institución de aprendizaje y de toda escuela. El estatuto mencionado se aplica a todas las propiedades en Nueva Escocia fuera de la ciudad de Halifax. Propiedad dentro de la ciudad de Halifax se rige por los Estatutos de la ciudad de Halifax, S. 335, que exime a todo edificio utilizado como colegio, academia incorporada, escuela u otro seminario de aprendizaje, y a todo edificio utilizado para el culto público y el sitio, sus accesorios. y muebles de cada uno. Esta carta también exime a todo asilo, asilo, hogar de huérfanos, casa de industria, casa de refugio y hogar de niños, mientras se utilice para los fines indicados por sus respectivas designaciones, y todos sus bienes muebles e inmuebles.

VII. EXENCIÓN DEL CLERO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS.—No se exige que los clérigos realicen deberes públicos desagradables. La Ley de Jurados (RSNS, 1900, c. 162, s. 5) exime de formar parte de los jurados a “los clérigos y ministros del Evangelio”. La Ley de la Milicia (RS, c. 41, s. 11) establece que el clero y los ministros de todas las denominaciones religiosas, los profesores de colegios y universidades y los profesores de órdenes religiosas estarán exentos de la responsabilidad de servir en la milicia.

VIII. PRISIONES Y REFORMATORIOS.—Son mantenidos por el Estado y son aconfesionales. Al clero se le permite atender las necesidades espirituales de las personas de su propia fe. En Halifax hay dos reformatorios dirigidos bajo Católico auspicios, a saber, el Hogar para Niños San Patricio y el Buena Reformatorio Pastoral para mujeres. Según las disposiciones de la Ley relativa a prisiones y reformatorios (RSC, c. 148), siempre que un niño, que sea Católico y menor de dieciocho años, es condenado en Nueva Escocia por un delito por el cual puede ser castigado con pena de prisión, el juez que lo preside podrá condenar a dicho niño a permanecer detenido en St. Patrick's Home por un período no superior a cinco años ni inferior a un año. El estatuto establece también que los niños detenidos de esta manera serán educados y se les enseñará un oficio. Esta casa recibe ayuda de fondos públicos y está abierta en todo momento a la inspección pública. Está bajo la dirección del cristianas Hermanos. El estatuto establece también que los menores delincuentes y los vagabundos pueden ser enviados a este reformatorio. Se adopta una disposición similar en el caso de una niña, siendo una Católico y mayores de dieciséis años, condenados por un delito castigado con prisión en la prisión de la ciudad o en la cárcel común por un período de dos meses o más. Ella puede ser sentenciada a la Buena Shepherd Reformatory en Halifax, para un encarcelamiento extendido o sustituto sujeto a las siguientes condiciones: (a) si es menor de veintiún años, dicho encarcelamiento extendido puede ser hasta que cumpla los veintiún años, o por cualquier período más corto o más largo mandato no menor de dos ni mayor de cuatro años; (b) si tiene veintiún años o más, dicha prisión prolongada podrá ser por cualquier período no inferior a un año ni superior a dos años. Católico Las niñas menores de dieciséis años podrán ser condenadas en la misma forma a la pena de muerte. Buena Shepherd Industrial Refuge en Halifax, donde las hermanas están a cargo y están obligadas a instruirlas en lectura y escritura y en aritmética hasta el final de la proporción simple, y también a enseñarles un oficio u ocupación adecuado a sus capacidades. El Buena Shepherd Reformatory recibe asistencia de fondos públicos y está sujeto a inspección por parte de un funcionario del gobierno.

IX. TESTAMENTOS Y LEGADOS DE CARIDAD.—Toda persona mayor de veintiún años puede disponer de sus bienes mediante testamento. Dicho testamento deberá ser firmado por el testador en presencia de dos testigos, quienes lo suscribirán como testigos en su presencia y en presencia de los demás. Por ley (RSNS, 1900, c. 135), una herencia o legado de propiedad real o personal a cualquier corporación religiosa o caritativa o cualquier institución de aprendizaje incorporada es válida y eficaz con el fin de conferir la propiedad a dicho organismo, independientemente de que no estaba por su acto de constitución facultado para tomar o poseer bienes muebles o inmuebles o, a pesar de cualquier límite en dicho acto en cuanto a la cantidad de bienes muebles o inmuebles, el organismo incorporado estaba facultado para tomar o poseer, siempre que el estatuto no se extienda para otorgar válido o eficaz cualquier legado o legado que deba ser nulo por otro motivo.

X. CEMENTERIOS.—Por ley (RSNS, 1900, c. 132) se dispone que cualquier número de personas, no menos de diez, pueden constituir una empresa con el propósito de establecer un cementerio público. Católico Los cementerios, sin embargo, son propiedad de la Episcopal. Corporación de la diócesis. Los cementerios están exentos de impuestos y los lotes o parcelas de propiedad de propietarios individuales no pueden ser embargados ni ejecutados.

XI. LEYES MATRIMONIALES.—Por las disposiciones del Norte Británico América Ley, la materia del matrimonio y el divorcio se asigna al Parlamento del Dominio, y la de la solemnización del matrimonio a la legislatura de la provincia. El primer organismo, bajo esta distribución, se ocupa de la capacidad para contraer matrimonio, y en cumplimiento de tal facultad ha promulgado (RSC, c. 105) que “un matrimonio no es inválido por el mero hecho de que la mujer sea hermana de una esposa fallecida”. del hombre, o una hija de una hermana de una esposa fallecida del hombre”. El estatuto provincial (RSNS, 1900, c. 111) trata del modo de solemnizar un matrimonio dentro de la provincia. Dispone que todo matrimonio será solemnizado por un ministro de una iglesia o denominación religiosa, que sea hombre y resida en Canadá, a quien se le reconoce debidamente ordenado según los ritos y ceremonias de la iglesia o denominación a la que pertenece. Las personas pertenecientes a la sociedad conocida como Salvación El ejército puede contraer matrimonio con cualquier comisionado o oficial de estado mayor de la sociedad, varón debidamente designado. Ninguna persona podrá oficiar la solemnización de ningún matrimonio a menos que se hayan hecho publicaciones de las amonestaciones del matrimonio o se haya obtenido una licencia para la solemnización del matrimonio. Las amonestaciones serán publicadas en cualquier iglesia en el lugar en el que reside una de las partes por el clérigo oficiante en voz audible durante el tiempo del Servicio Divino, y si hay más de un servicio público en la iglesia en cada Domingo, dicha publicación se hará en tres servicios distintos celebrados en dos o más domingos; de lo contrario, la publicación puede realizarse en dos servicios distintos los dos domingos. Todo matrimonio deberá celebrarse en presencia de al menos dos testigos. Después de la solemnización del matrimonio, el clérigo que lo solemnice extenderá un certificado que contenga la fecha del matrimonio, el lugar del mismo, la fecha de publicación de las amonestaciones, la iglesia en la que y el clérigo por quien fueron publicadas las amonestaciones. los nombres de los testigos y el suyo propio, y la denominación religiosa a la que pertenece. También se llenará el registro de matrimonio con los datos anteriores, así como los nombres, edades, residencias, etc., de los contrayentes y de sus padres. El clérigo deberá presentar las declaraciones en la forma prescrita al emisor de licencias de matrimonio más cercano dentro de los diez días siguientes a la solemnización. Los formularios a tal efecto los proporciona el emisor de las licencias de matrimonio. Se prevén sanciones graves por solemnizar el matrimonio sin prohibiciones de matrimonio o licencia, por negarse a publicar las prohibiciones, por solemnizar bajo una licencia ilegal y por no devolver el registro de matrimonio.

XII. DIVORCIO.—En Nueva Escocia existe un tribunal para divorcios y causas matrimoniales, que tiene jurisdicción sobre todos los asuntos relacionados con matrimonios prohibidos y divorcios, y puede declarar nulo y sin efecto cualquier matrimonio por impotencia, adulterio, crueldad o parentesco dentro de los grados. prohibido en una ley promulgada en el año treinta y dos del rey Enrique Octavo, titulada “Ley relativa a los precontratos y grados de consanguinidad”; y siempre que se dicte sentencia de divorcio, el tribunal podrá pronunciar la determinación que crea conveniente sobre los derechos de las partes o de cualquiera de ellas a la cortesía o dote. En las provincias del dominio en las que no existen tribunales de divorcio, las solicitudes de divorcio se presentan al Parlamento y las pruebas son recogidas y examinadas por los miembros del Senado de Canadá. En Nueva Escocia existe recurso de apelación contra la decisión del juez del Divorcio Sesión del Tribunal Supremo de Nueva Escocia en banco. Cuando el decreto final es de disolución del matrimonio, el estatuto permite a cualquiera de los contrayentes volver a casarse como si el matrimonio anterior hubiera sido disuelto por muerte; pero ningún clérigo estará sujeto a pena alguna por negarse a solemnizar el matrimonio de cualquiera de las partes que se han divorciado. En casos de divorcio, la esposa y el marido no son competentes para testificar, pero en los procedimientos iniciados por la esposa, por causa de adulterio acompañado de crueldad, el marido y la mujer son competentes y obligados a dar pruebas de dicha crueldad o en relación con ella.

XIII. ÓRDENES RELIGIOSAS, ESCUELAS, ETC.—Varias de las escuelas públicas de la provincia son impartidas por miembros de las órdenes religiosas. En tales casos, los profesores deben obtener la misma licencia que los demás profesores públicos y se les paga con fondos públicos. Además de las escuelas públicas, hay muchas escuelas privadas excelentes impartidas por miembros de órdenes religiosas. Estos no reciben ninguna ayuda del tesoro público. Las escuelas públicas se mantienen gracias a una subvención del gobierno y a los impuestos locales que pagan los propietarios de la sección o municipio. Por lo demás, son gratuitos y todos los niños en edad escolar tienen derecho a ser admitidos en ellos.

JOSÉ A. CHISHOLM


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