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Música de vísperas

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Vísperas, Música de. —Los textos (por ejemplo, antífonas, salmos, himnos) cantados en Vísperas varían según la fiesta o la estación del año eclesiástico; y en las iglesias donde es obligatorio recitar públicamente el Horas canónicas de las Oficio divino los Vísperas debe seguir la dirección del “Ordo”. El segundo Pleno del Consejo de Baltimore (1868) decretó (núm. 379) que se cantaran vísperas completas los domingos y fiestas en todas las iglesias, en la medida de lo posible, a la manera romana, y que las vísperas nunca fueran reemplazadas por otros ejercicios de piedad; “para el culto solemne aprobado por los obispos de la Iglesia y florecer a lo largo de tantos siglos debe considerarse agradable al Todopoderoso Dios“. Para facilitar la introducción de Vísperas, el concilio legisló además (núm. 380) que los rudimentos del canto gregoriano se enseñaran en las escuelas parroquiales, “para que gradualmente la mayor parte de la congregación pudiera unirse a los ministros sagrados y al coro” en el canto. Un Rescripto de la Congregación de los Sagrados Ritos (11 de marzo de 1882, Montereyen. et Angelor. n. 3539, 3) declaró que la costumbre que había prevalecido en ciertas iglesias, de cantar algunos versos de todos o de algunos salmos en Vísperas y de omitir los demás, debe eliminarse por completo; y dos años más tarde la Tercera Pleno del Consejo de Baltimore (1884) decretó (n° 118): “Además queremos y ordenaremos… que, donde el cargo de Vísperas se realiza, completo Vísperas, es decir, con salmos integrales, se cante”.

La dificultad de preparar diferentes antífonas, salmos, etc., para los distintos domingos y fiestas excedió la capacidad de los coros ordinarios; y felizmente un decreto de la SRC (29 de diciembre de 1884, Lucionen. n. 3624, 12) resolvió la dificultad declarando que en meras iglesias parroquiales, donde no hay obligación de recitación pública de la Oficio divino, pero donde Vísperas se cantan por la devoción del pueblo, el Vísperas puede tomarse de cualquier Oficina, tal como la del Más Bendito Sacramento o del Bendito Virgen, siempre que los ministros sagrados reciten en privado el Vísperas propio del día. Por tanto, está claro que en prácticamente todas las iglesias de los países de habla inglesa el coro puede repetir lo mismo. Vísperas, seleccionado de cualquier fiesta apropiada, para cada Domingo o fiesta. Los compositores y editores de música sacra han simplificado aún más la tarea del coro publicando folletos que contienen todas las instrucciones ceremoniales o rúbricas en inglés, en el lugar apropiado, y que proporcionan ajustes musicales sencillos para las antífonas, salmos, etc., o proporcionan acompañamientos fáciles a las melodías de canto llano. ¿Debe el Vísperas así seleccionadas a discreción del sacerdote o del director del coro, ¿estar completa en todas sus partes, por ejemplo, las antífonas? Johner (p. 14) declara que “tales Vísperas debe concordar en todos los aspectos con el Vísperas de la Oficina seleccionada”. El Consejo Provincial de Milwaukee sigue la Cuarta Consejo Provincial de Cincinnati con el deseo de que “en las vísperas de los domingos nunca se omitan las antífonas, los cinco salmos completos y el himno propio de la fiesta en curso, a menos que el obispo considere imposible observar esta regla debido a circunstancias locales”. A este respecto, debe consultarse la discusión en la “Ecclesiastical Review” (diciembre de 1911).

Los textos deben cantarse o “recitarse” de manera clara e inteligible. Las porciones que se deben cantar son: la primera estrofa del “Magníficat“, el primer y el último verso del himno, los versos donde se prescribe la genuflexión (por ejemplo, “Veni Creator”, “O Crux Ave” en las Fiestas de la Santa Cruz, “Ave Maris Estela“) o donde todos inclinan la cabeza (por ejemplo, el “Gloria Patri”). El "Ceremonial de los Obispos” permite versos alternos del “Magníficat” será suministrado por el órgano, siempre que mientras tanto el coro recite el texto con una voz inteligible o, mejor dicho, un solo cantor cante el texto con acompañamiento del órgano. La SRC (Senogallien., 4 de marzo de 1901, V) permite una disposición similar para los salmos, pero añade la condición de que haya pobreza de voces (por ejemplo, una o dos voces a cada lado del coro, como en las Efeméridas. liturgia). ., XV, 353, interpreta). El "Ceremonial de los Obispos” prohíbe tocar el órgano los domingos de Cuaresma y Adviento, excepto los domingos de Gaudete y Laetare (el tercero de Adviento y el cuarto de Cuaresma); pero un Rescripto del SRC (11 de mayo de 1911) permite tocar el órgano cuando sea necesario para sostener las voces, siempre que cese cuando cesen las voces. La SRC (Senogallien., 4 de marzo de 1901, VII) exige que se haga una pausa en el asterisco de cada verso de los salmos, “a pesar de cualquier costumbre en contrario”.

El carácter musical general de Vísperas está indicado en la “Instrucción sobre Música Sacra” emitida por Pío X (22 de noviembre de 1903), n. IV, 11. Se puede utilizar polifonía clásica o música moderna, aunque el canto gregoriano es el escenario típico de los textos. Si bien las antífonas deben estar regularmente en las melodías gregorianas asignadas, ocasionalmente se permite cantarlas con música figurada; pero en este caso “nunca deben tener ni la forma de una melodía de concierto ni la plenitud de un motete o de una cantata”. Si bien “Gloria Patri” y “Sicut erat” también pueden estar en música figurada, los salmos deberían estar regularmente en canto gregoriano; pero en fiestas mayores los versos del canto gregoriano pueden alternarse con versos en falsibordoni o “con versos igualmente compuestos de manera adecuada”. A veces se pueden cantar salmos individuales íntegramente en música moderna, “siempre que en tales composiciones se conserve la forma propia de la salmodia; es decir, siempre que los cantores parezcan salmodiar entre ellos, ya sea con motivos nuevos, ya sean tomados del canto gregoriano o basados ​​en él”. La “Instrucción” añade inmediatamente que “los salmos llamados di concerto quedan, por tanto, excluidos y prohibidos para siempre”. Estos salmos di concerto son “composiciones teatrales”. con solistas, coro y orquesta, que comprenden adagios, allegros y, a menudo, aires de danza” (Duclos, 106, nota al pie 2). Pío X alude a ellos en su Carta al Card. Respighi (8 de diciembre de 1903): “A la devota salmodia del clero, a la que también solía sumarse el pueblo, se han sustituido interminables composiciones musicales sobre las palabras del Salmos, todos ellos inspirados en antiguas obras teatrales, y la mayoría de ellos de tan escaso valor artístico que no serían tolerados ni por un momento ni siquiera en conciertos de segunda categoría. Cierto es que Cristianas ellos no promueven la piedad y la devoción; Se alimenta la curiosidad de algunos de los menos inteligentes, pero la mayoría, disgustada y escandalizada, se pregunta cómo es posible que semejante abuso pueda sobrevivir todavía. Por tanto, deseamos que la causa sea completamente extirpada y que la solemnidad de vísperas se celebre según las reglas litúrgicas que nosotros indicamos”. En cuanto al himno, el “Ceremonial of Bishops” permite la recitación de estrofas alternas con acompañamiento de órgano.

HT HENRY


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