
Misa , MÚSICA DE LA.—Bajo este epígrafe se considerarán exclusivamente los textos de la Misa (y no, por lo tanto, los Asperges , Vidi aquam, Letanías, Profecías, etc., que en el Misal Romano se encuentran más o menos estrechamente asociados con la Misa en ciertos tiempos del Año Litúrgico ), que reciben un tratamiento musical. Estos textos comprenden aquellos que son cantados (es decir, recitados en tono monótono musical con cadencias o inflexiones ocasionales) por el celebrante y los ministros sagrados (a quienes nos referiremos como sacerdote, diácono y subdiácono) y que se denominan «Accentus»; y aquellos que son asignados al coro y que se denominan «Concentus». Para facilitar la consulta, el Concentus se puede dividir en las siguientes clases: primero, aquellos que se encuentran en la sección del Misal Romano bajo el encabezado “Ordinarium Missae” (es decir, el Kyrie, Gloria, Credo, Sanctus , Benedictus , Agnus Dei) y que se denominarán brevemente Ordinario ; segundo, aquellos textos que se encuentran bajo los encabezados “ Proprium de Tempore”, “ Proprium Sanctorum”, “Commune Sanctorum” (es decir, Introito , Gradual , Aleluya -Verso, Secuencia, Tracto, Ofertorio , Comunión) y que se denominarán brevemente Propio, un término útil pero ambiguo que se usa frecuentemente para describir estos textos.
El «Graduale Romanum» (junto con el Misal ) proporciona melodías de canto llano para todos los textos denominados Accentus o Concentus. El Accentus debe ser canto llano, y debe ser el mismo que se encuentra en la edición típica actual, denominada Edición Vaticana , del « Gradual Romano ». El Concentus, si se canta con melodías de canto llano, también debe estar en la forma aprobada que se encuentra en la Edición Vaticana del « Gradual »; pero estos textos pueden emplear música «moderna» (en contraposición a la «medieval»), siempre que el tratamiento musical sea en todos los sentidos apropiado según lo indicado en la «Instrucción sobre la Música Sacra», comúnmente denominada « Motu Proprio », emitida por Pío X en la Fiesta de Santa Cecilia, Patrona de la Música Sacra (22 de noviembre de 1903). Esta música «moderna» o «figurada» se denomina habitualmente en los decretos de la Iglesia simplemente musica , y el canto llano se denomina cantus (canto). A lo largo de este artículo se empleará la siguiente distinción práctica: "canto", "canto" y "cantado" se referirán a melodías sencillas; "música" y "musical" a música figurada.
I. ACCENTUS.—Estos cantos nunca deben ser acompañados por el órgano ni por ningún otro instrumento. El sacerdote entona el Gloria (Gloria in excelsis Deo) y el Credo (Credo in unum Deum). El coro no debe repetir estas palabras de la entonación, sino que debe comenzar con Et in terra pax, etc., y Patrem omnipotentetn, etc., respectivamente. El sacerdote también canta las Colectas y las postcomuniones y el Dominus vobiscum y Oremus que las preceden. El coro canta Amén al final de estas oraciones, así como después del Per omnia saecula saeculorum que precede al Prefacio , el Pater noster y el Pax Domini vobiscum. El coro responde con Et cum spiritu tuo al Dominus vobiscum que precede a las oraciones, el Evangelio y el Prefacio . Ambas respuestas del coro varían del monótono habitual cuando ocurren antes del Prefacio ; y el Amén recibe una inflexión ascendente antes del Pax Domini, etc. De hecho, el Dominus vobiscum y su respuesta varían en melodía para las tres formas del Prefacio (el Tonus Solemnis, el Tonus Ferialis, el Tonus Solemnior que se encuentra en el “Cantus Missalis Romani”), al igual que los cantos y respuestas del Sursum corda, etc., que preceden al Prefacio . Sería muy deseable que los coros estuvieran bien practicados en estos “tonos” especiales, ya que la correspondencia exacta con la forma utilizada por el sacerdote no solo tiene valor estético sino también práctico; pues cualquier desviación de uno de los “tonos” a otro puede, fácilmente, extraviar al sacerdote y producir una lamentable confusión de formas que deben mantenerse distintas.
Al final del canto del sacerdote del Pater noster, el coro responde con Sed libera nos a malo. El subdiácono canta la Epístola , el diácono el Evangelio. Las respuestas respectivas ( Deo Gratias y Laus tibi Christe) deben ser dichas simplemente por los ministros de la Misa, y no deben ser cantadas ni recitadas por el coro. Esto queda claro por el hecho de que el « Gradual Romano » no asigna ninguna notación a estas respuestas (véase «Ecclesiastical Review», noviembre de 1903, p. 539). Al canto del diácono del Ite missa est (o Benedicamus Domino), el coro responde con Deo gratias. Un decreto de la Sagrada Congregación de Ritos permite que el órgano se encargue de esta respuesta donde sea costumbre (véase « Música Sacra », mayo de 1909, págs. 175-6), siempre que la respuesta se «recite» con voz clara (véase «Música Sacra », mayo de 1907, pág. 229). Las melodías de canto para todas estas respuestas corales se encuentran en el Gradual Vaticano , bajo el epígrafe «Toni Communes Missae». En muchas iglesias es costumbre armonizar las respuestas de canto e incluso apartarse en algunos detalles de las melodías asignadas oficialmente a las mismas. En resumen, el “ Motu Proprio ” dice (n.º 12): “Con excepción de las melodías propias del celebrante en el altar y de los ministros, que deben cantarse siempre solo en canto gregoriano y sin acompañamiento de órgano, todo lo demás del canto litúrgico pertenece al coro de levitas y, por lo tanto, los cantores en la iglesia, incluso cuando son laicos, en realidad sustituyen al coro eclesiástico. De ahí que la música que interpretan debe, al menos en su mayor parte, conservar el carácter de música coral”. Pero si bien al coro se le permite responder con música o con canto armonizado, el buen gusto sugiere que es preferible responder con canto no armonizado según las melodías exactas que figuran en los “Toni Communes Missae”.
Dado que el Gradual Vaticano está destinado únicamente al coro, no contiene el Accentus completo del celebrante y los ministros. El Misal incluye estos cantos íntegros (excepto, por supuesto, los cantos de las oraciones, profecías, etc., que deben recitarse o cantarse según ciertas formas generales indicadas en el Toni Corn. Mis.). Sin embargo, una serie de cambios introducidos en las melodías del Misal por orden de la Comisión Vaticana de Canto se han recopilado en una publicación aparte titulada «Cantus Missalis Romani» ( Roma , Vatican Press, 1907), editada en diversos estilos por editoriales competentes de libros litúrgicos. De ahora en adelante, ninguna editorial está autorizada a imprimir o publicar una edición del Misal que contenga las melodías utilizadas hasta ahora, sino que debe insertar las nuevas melodías según el esquema del «Cantus Missalis Romani». Algunas de las nuevas formas melódicas aparecerán en los lugares ocupados, en la edición típica del Misal (1900), por las formas que se utilizaban hasta entonces, mientras que otras se colocarán en un Apéndice.
El Decreto del 8 de junio de 1907 contiene las siguientes cláusulas: (1) A partir de esta fecha, las pruebas que contienen el nuevo canto típico del Misal quedan , sin condiciones especiales, a disposición de los editores, quienes ya no pueden imprimir ni publicar el canto de los Misales en uso actualmente. (2) El nuevo canto típico debe insertarse en las nuevas ediciones exactamente en el mismo lugar que en las antiguas. (3) Sin embargo, puede publicarse por separado o colocarse al final de los Misales antiguos que se imprimen actualmente, y en ambos casos puede llevar el título general: «Cantus missalis Romani iuxta editionem Vaticanam». (4) El Tract Sicut cervus del Sábado Santo debe imprimirse en adelante solo con las palabras, sin notación del canto. (5) Las entonaciones o cantos ad libitum , Asperges me, Gloria in excelsis y los tonos más solemnes de los Prefacios no deben colocarse en el cuerpo del Misal , sino solo al final, en forma de suplemento o apéndice; a ellos (las entonaciones o cantos ad libitum ) se les pueden agregar, ya sea en los Misales o en publicaciones separadas de las partes cantadas, los cantos de los “Toni communes”, ya publicados en el “ Gradual ”, que tienen referencia a los ministros sagrados. (6) No se hace ningún cambio en las palabras del texto ni en las rúbricas, que, por lo tanto, deben reproducirse sin modificación, como en la última edición típica (1900).
En medio de las perplejidades inevitablemente asociadas con tales modificaciones o adiciones a los métodos anteriores de interpretación del Accentus, Dom Johner, OSB, de la Congregación de Beuron, ha acudido en ayuda de los clérigos, recopilando en un manual convenientemente organizado (“Cantus Ecclesiastici iuxta editionem Vaticanam”, Ratisbon, 1909: 146 páginas, 12 meses) todos los Accentus (incluidas las respuestas) que se encuentran en el “Toni Communes Missae” del “Graduale Romanum” (1908) y en el “Cantus Missalis Romani” (1908). Los ha ilustrado con extractos apropiados de las “Rubricae Missalis Romani”, y ha añadido comentarios y explicaciones propias entre paréntesis para distinguirlos del material oficial (por ejemplo, págs. 14, 15, cuando se analiza el tono festivo de la Oratio). Si bien un volumen de este tipo es apropiado para el estudio o el aula, las entonaciones del sacerdote y del diácono se han publicado para su uso en el santuario, en diversas formas. En Tournai, Bélgica , se publica «Intonations celebrantis in Missa ad exemplar editionis Vaticanm» (que contiene el Asperges , Vidi aquam, Gloria, Credo, Ite Missa est, Benedicamus Domino, para todas las misas contenidas en el «Kyriale») en siete tarjetas de cartulina Bristol que se encuentran dentro de un estuche y también en forma de folleto encuadernado en tela. En Düsseldorf se publica una colección de las entonaciones (bajo el título de «Tabula Intonationum») del Gloria (15), Credo (4), Ite Missa est y Benedicamus (17), y Requiescant in pace, pegadas en cartón fino pero resistente (cubierto de tela) de cuatro páginas. Estos ejemplos se ofrecen aquí simplemente como ilustraciones de los medios prácticos disponibles para inaugurar la reforma del Accentus; para obtener otras versiones que se puedan utilizar en el santuario, se puede consultar a otras editoriales de las ediciones oficiales de los libros de cantos.
Algunas de estas formas de entonación de canto son para uso ad libitum . Las diversas entonaciones del Gloria y el Credo guardan una estrecha relación con el canto subsiguiente del coro, mientras que las del Ite Missa est o Benedicamus son frecuentemente idénticas en melodía con el canto del Kyrie eleison. Nominalmente, estos cantos y entonaciones se asignan a tiempos litúrgicos definidos del Año Litúrgico o a tipos particulares de rito (solemne, doble, semidoble, ferial, etc.), pero puesto que se ha dado permiso para usar los cantos del “Kyriale” indistintamente para cualquier rito o tiempo litúrgico, el único requisito que debe cumplir el sacerdote es el artístico, el de cantar la entonación de la Misa que el coro interpretará realmente en canto. Así, se verá que las muchas entonaciones proporcionadas no representan una carga obligatoria, sino simplemente una gran libertad de elección. El canto del Ite missa est por el diácono sería. Parecen ser, de manera similar, una cuestión de adecuación artística más que de derecho litúrgico.
II. EL CONCENTUS.—Estos textos pueden cantarse en canto gregoriano o en música. Si se utiliza el canto gregoriano, debe ser el contenido en el “ Gradual Vaticano ” o alguna otra forma aprobada de las “melodías tradicionales” (véase el “ Motu Proprio ” del 25 de abril de 1904, d; el Decreto de la SRC, 11 de agosto de 1905, VI; el Decreto que precede al “Kyriale”, de fecha 14 de agosto de 1905, párrafo final); si la composición es musical, debe cumplir todos los requisitos indicados resumidamente en el “ Motu Proprio ” del 22 de noviembre de 1903 (véase Música, ECLESIÁSTICA). Bajo el epígrafe de Concentus se debe considerar (a) el Ordinario , (b) el Propio.
( a) El Ordinario. —Los textos son los del Kyrie, el Gloria, el Credo, el Sanctus , el Benedictus y el Agnus Dei. Una colección de estos, o una parte de ellos, se denomina simplemente “Misa”. Cuando varias “Misas” son escritas por el mismo compositor, se diferencian numéricamente (p. ej., n.° 1, n.° 2, n.° 17 de Mozart) o por dedicación a alguna fiesta en particular (p. ej., la “Messe de Paques” de Gounod), o santo (p. ej., la Misa “Santa Cecilia” de Gounod), o devoción (p. ej., la “Messe du Sacre Coeur” de Gounod), o asociación musical (p. ej., la Misa de Gounod). “Messe des Orpheonistes”, Nos. I, II), o mecenas musical (por ejemplo, “Missa Papae Marcelli” de Palestrina), u ocasión especial (por ejemplo, la “Tercera Misa en La” de Cherubini titulada “ Misa de Coronación ”, ya que fue compuesta para la coronación del rey Carlos X). El título Missa Brevis se emplea a veces para una misa que requiere un tiempo moderado para su interpretación (por ejemplo, la “Missa Brevis” de Palestrina; la de Andrea Gabrieli impresa en el volumen I de la “Musica Divina” de Proske), aunque el término apenas se aplica, salvo en otro sentido, a la “Missa Brevis” de J.S. Bach (en La mayor), que comprende en sus cuarenta y cuatro páginas impresas apretadamente solo la música del Kyrie y el Gloria. En algunas misas, el lugar del Benedictus lo ocupa un O Salutaris. Una misa polifónica compuesta, no sobre temas tomados de melodías de canto gregoriano (como era costumbre), se denominaba “sine nomine”. Aquellas basadas en temas de canto gregoriano se denominaban así (por ejemplo, “Ecce Sacerdos Magnus” y “Virtute Magna” de Palestrina, etc.) o, cuando se basaban en temas de canciones profanas, llevaban sin pudor el título apropiado (por ejemplo, “L’homme arme” de Palestrina). A veces, las misas recibían el nombre del modo de canto en el que estaban compuestas (por ejemplo, "Primi Toni") o, basadas en el sistema hexacordal, se denominaban "Missa super votes musicales" (Missa Ut, Re, Mi, Fa, Sol, La); o llevaban como título el número de voces empleadas (por ejemplo, "Missa Quatuor Vocum").
Este no es el lugar para repasar la historia del desarrollo gradual y la corrupción de la música eclesiástica, los numerosos intentos de reforma y las últimas declaraciones de la Santa Sede , que imponen una fuerte contundencia a las conciencias. El Dr. Rockstro ofrece un excelente resumen de esta historia en el «Diccionario de Música y Músicos» de Grove (sv. Misa), que puede complementarse con la abundante literatura reciente sobre el movimiento de reforma de la música sacra . Resulta de mayor importancia práctica indicar los diversos catálogos o listas de música recopilados por quienes buscan reformar la música de la Misa. Es interesante reflexionar que, en su legislación anterior sobre este tema, León XIII recomendó la creación de una comisión diocesana para elaborar un Índice Diocesano de Repertorios, o al menos para autorizar la interpretación de las piezas allí indicadas, ya fueran publicadas o inéditas. En el posterior Reglamento del 6 de julio de 1894, el Consejo Supremo de Ritos no hace referencia a ningún índice de este tipo, sino que simplemente exige a los obispos que ejerzan la debida supervisión sobre los párrocos para que no se oiga música inapropiada en sus iglesias. El actual papa no ha indicado en ningún momento la necesidad, ni siquiera la conveniencia, de compilar tal índice o catálogo, pero ha exigido el nombramiento, en cada diócesis, de una comisión competente que supervise los asuntos musicales y vele por que la legislación del « Motu Proprio» se lleve a cabo correctamente.
Sin embargo, fue el estímulo del Reglamento de 1894 lo que impulsó la compilación, en la Diócesis de Cincinnati, de un muy informativo «Primer Catálogo Oficial» de dicha comisión diocesana, que el Arzobispo Elder hizo obligatorio mediante una carta fechada el 26 de julio de 1899, y que debía entrar en vigor el Primer Domingo de Adviento (3 de diciembre) de ese año. La comisión solicitó a los párrocos que presentaran la música utilizada para su inspección. El catálogo no se limita a aprobar algunas de estas composiciones, sino que se toma la molestia de marcar «rechazadas» después de los distintos títulos y, por lo general, de indicar el motivo del rechazo. Al año siguiente se publicó su «Segundo Catálogo Oficial». Ambos catálogos son importantes porque ilustran con precisión las condiciones musicales de una gran diócesis y evidencian, con mayor claridad que muchos argumentos, la necesidad de una reforma. Estos catálogos han quedado obsoletos debido a la legislación reciente, más estricta.
Pero, aunque esa legislación no ha prescrito la compilación de listas de música aprobada, se han compilado muchos catálogos o listas de este tipo. Todos ellos prestan gran atención a la música de la Misa y deberían resultar de gran ayuda para los directores de coro [véase “ Church Music”, diciembre de 1905, 80-92; marzo de 1906, 157-168; septiembre de 1906, 541-545, para una descripción de los dos catálogos de Cincinnati, y para los de Salford, Inglaterra, Grand Rapids , Michigan, Pittsburg, Pensilvania, Waterford y Lismore, Irlanda , Covington, Kentucky, Liverpool, Inglaterra y Metz . Estos deberían complementarse con Singenberger, “Guide to Catholic Church Music” (St. Francis, Wisconsin , 1905); Terry, “ Catholic Church Music” ( Londres , 1907), 201-213; [Las listas de editores que comprenden y respetan las disposiciones del “ Motu Proprio ”, y las páginas de reseñas de las numerosas revistas, en diversos países, dedicadas al movimiento de reforma de la música sacra]. Ahora se puede obtener fácilmente música correcta y apropiada para la Misa, para todos los niveles de habilidad musical o coral, y con la mayor abundancia, frescura e individualidad de estilo.
Al seleccionar una Misa, siempre es recomendable leer el texto para comprobar que sea completo y litúrgicamente correcto; que no haya alteraciones ni inversiones de las palabras, ni repeticiones innecesarias, ni rupturas de sílabas. Además, el Motu Proprio especifica [n.º 11 (a)]: «El Kyrie, el Gloria, el Credo, etc., de la Misa deben conservar la unidad de composición propia de su texto. Por lo tanto, no es lícito componerlos en partes separadas, de manera que cada una de ellas constituya una composición completa en sí misma y pueda separarse del resto y sustituirse por otra». Además, señala (n.º 22): «No es lícito retener al sacerdote en el altar esperando a causa del canto o la música durante un tiempo que no esté permitido por la liturgia. Según las prescripciones eclesiásticas, el Sanctus de la Misa debe haber terminado antes de la Elevación y, por lo tanto, el sacerdote debe tener en cuenta a los cantores. El Gloria y el Credo deben, según la tradición gregoriana, ser relativamente breves».
Queda por decir algo sobre el canto del Ordinario que se encuentra en el pequeño volumen aparte titulado “Kyria le”. Es publicado por varios editores competentes en todos los estilos de impresión, papel, encuadernación, en formatos grandes y pequeños; en notación medieval y moderna; con y sin ciertos “signos rítmicos”. (Véase “ Church Music”, passim, para reseñas de las distintas ediciones; y en particular marzo de 1906, pp. 235-249, para un artículo detallado sobre las ediciones anteriores). Las dieciocho “Misas” que contiene están nominalmente asignadas a diversas cualidades de rito; Pero, de acuerdo con la antigua tradición y con el acuerdo unánime de la Comisión Pontificia sobre el Canto, se ha concedido libertad para seleccionar cualquier «Misa» para cualquier calidad de rito (véase la nota «Quoslibet cantus», etc., pág. 64 de la Edición Vaticana del «Kyriale»: «Cualquier canto asignado en este Ordinarium a una Misa puede utilizarse en cualquier otra; del mismo modo, según la calidad de la Misa o el grado de solemnidad, puede tomarse cualquiera de los que siguen [es decir, en la sección titulada “Cantus ad libitum”]»). Los decretos relativos a la publicación de ediciones basadas en esta edición típica, y a su promulgación, se encuentran en latín y en traducción al inglés en « Church Music», marzo de 1906, págs. 250-256.
Es de destacar que esta edición típica no da instrucciones sobre cómo cantar el Benedictus después de la Elevation, pero imprime ambos cánticos en tal yuxtaposición que sugiere que el Benedictus podría cantarse antes del Elevation. En la “Revue du Chant Gregorien” (agosto-octubre de 1905), su editor, el canónigo Grospellier, que era uno de los consultores de la Comisión Gregoriana, decía que se inclinaba a pensar que, cuando el tiempo lo permite, Benedictus podría cantarse inmediatamente después del Sanctus. La Comisión Pontificia, en su reunión de Appuldurcombe en 1904, aceptó por unanimidad una resolución a este efecto. El prefacio a la Vaticano "Gradual“, mientras que da instrucciones minuciosas para la interpretación ceremonial de los cánticos simplemente dice: “Cuando el Prefacio Terminado, el coro continúa con la Sanctus, etc." A la altura de la Bendito Sacramento, el coro guarda silencio como todos. Sin embargo, en la medida en que el “Gradual”no declara que el Benedictus debe cantarse después del Elevation, el “etc.” Se entiende que debe cantarse inmediatamente después de la Sanctus. Los "Caeremoniale Episcoporum“, sin embargo, ordena que se cante “después de la elevación del cáliz”. El aparente conflicto de autoridades puede armonizarse suponiendo que el “Caeremoniale” legislaba para el caso de escenarios musicalmente desarrollados (por ejemplo, polifónicos) del Sanctus y conectar Benedictus, cuya longitud requeriría su separación entre sí; mientras que la "Gradual” contempla, por supuesto, los escenarios mucho más breves del canto llano (ver “Iglesia Música”, enero de 1909, pág. 87).
(B) El correcto.—Si bien los textos de la Ordinary no cambian (con la excepción del Agnus Dei, que es alterado en la Misa de Réquiem), aquellos que comúnmente, pero de manera un tanto ambigua, se llaman “Propios”, cambian de acuerdo con el carácter de la fiesta o domingo o día ferial. Estos textos son los introito, Gradual, Aleluya-Verso, secuencia, tratado, Ofertorio, Comunión. No todos estos se encontrarán en ninguna misa. Así, por ejemplo Sábado Santo no tiene introito, Gradual, Ofertorio, Comunión; de Domingo bajo a Domingo de la trinidad, Gradual es reemplazado por un Aleluya-Verso; de Septuagésima a Semana Santa, así como en ciertos días penitenciales, el Aleluya-Verso, que ordinariamente sigue al Gradual, se reemplaza por un Tratado; sólo en unas pocas Misas se utiliza una Secuencia; no hay introito en Pentecostés Eva, mientras que la habitual Gloria Patri tras la introito se omite durante la marea de la Pasión. En las Misas de Réquiem se omite el Gloria Patri después del introito, un Tratado y una Secuencia siguen el Gradual. Los textos tampoco difieren para cada fiesta, como lo ilustra la división del Sanctorale en “propio de Sanctis” y la “Commune Sanetorum”, agrupando esta última las fiestas en clases, como las fiestas de confesores-obispos, confesores-no-obispos, mártires, vírgenes, etc., en las que se reproducen los textos del “Propio” sirven para muchas fiestas de los “propios” en muchas iglesias. Sin embargo, son una parte integral del deber del coro y deben cantarse, o al menos “recitarse”, con una voz clara e inteligible, mientras el órgano sostiene los acordes apropiados.
En Rescripto de fecha 8 de agosto de 1906, la SRC, respondiendo a las preguntas propuestas por el Abad de Santa María la Mayor en Naples, declara que en la Misa solemne, cuando se utiliza el órgano, el Gradual, Ofertorio, La Comunión, cuando no se cante, debe recitarse en voz alta e inteligible, y que la Deo Gratias después del Ite missa est deben recibir el mismo tratamiento (ver “Iglesia Música”, mayo de 1907, 229-235). Las respuestas anteriores del SRC fueron de tono similar. Así (Coimbra, 14 de abril de 1753): en una “Misa comunitaria” siempre es necesario cantar el Gloria, el Credo, todos los Gradual, Prefacio, Padrenuestro; también una pregunta de Chioggia en 1875, sobre si la costumbre introducida en esa diócesis de omitir el canto de la Gradual, el tratado, la secuencia, el Ofertorio, Benedictus, la Comunión era contraria a las rúbricas y decisiones de la SRC, se respondió afirmativamente y se remitió al interrogador a la decisión de Coimbra. Una dificultad específica fue propuesta para solución por un obispo que declaró que en su diócesis, donde se utilizaba un solo cantor, y donde la gente tenía que apresurarse para realizar su trabajo diario, había prevalecido la costumbre (en casi toda la diócesis) de omitir, en Misas estipendiarias, el Gloria, Gradual, Tratado, Secuencia, Credo. Se le contestó (29 de diciembre de 1884) que la costumbre era un abuso que debía ser eliminado absolutamente. El espíritu de la Iglesia La legislación se resume en el “Motu Proprio(22 de noviembre de 1903, núm. 8): “Como los textos que pueden ser interpretados en música, y el orden en que deben ser interpretados, están determinados para cada función, no es lícito confundir este orden o cambiar los textos prescritos por otros recogidos a voluntad, o omitirlos total o parcialmente, excepto cuando las rúbricas permitan que algunos versículos del texto sean suministrados con el órgano mientras estos versículos se recitan simplemente en coro. Está permitido, sin embargo, según la costumbre de los romanos. Iglesia, para cantar un motete al Bendito Sacramento después del Benedictus en una Misa solemne. También se permite después de la Ofertorio cantado lo prescrito para la Misa, ejecutar durante el tiempo restante un breve motete con las palabras aprobadas por el Iglesia."
Se presenta una dificultad práctica debido a que muchos coros han alcanzado el límite de su capacidad para preparar el canto o la música del Ordinario , cuyos textos son fijos y se repiten con frecuencia. ¿Cómo pueden estos coros prepararse para una serie de textos del Propio en constante cambio, ya sea en canto o en música? Se han ofrecido varias soluciones prácticas a esta dificultad. En primer lugar, está el sencillo recurso de la recitación. Para un análisis detallado de los momentos en que puede utilizarse, el carácter que debe adoptar, los aspectos legales y las decisiones al respecto, véase el artículo del reverendo Ludwig Bonvin en “ Church Music”, marzo de 1906, pp. 146-156. Luego está la solución ofrecida en la excelente y laboriosa obra del Dr. Edmund Tozer, quien preparó arreglos sencillos, similares a salmos, que un coro con recursos suficientes podía dominar fácilmente. La obra «El Propio de la Misa para Domingos y Festivos» ( Nueva York , 1907-1908, vol. II, n.º 2926) se reseña en « Church Music» de enero de 1907, págs. 127-128; marzo de 1908, págs. 171-178; véase también junio de 1906, «Un Resultado de la Discusión», págs. 409-415, que incluye un ejemplo de cuatro páginas del método del Dr. Tozer para el tratamiento del texto del Propio. Un tercer volumen, que incluirá varios textos locales, se encuentra en preparación. Otro método es el desarrollado por Marcello Capra, de Turín , Italia , que ofrece arreglos musicales para el Propio de las principales festividades, para una o dos voces, con acompañamiento sencillo de órgano. Otro método es el de Giulio Bas, quien recopiló un volumen, “Gradualis, Versus Alleluiatici et Tractus” (Düsseldorf, 1910), de composiciones sencillas del canto ambrosiano, aquileio, griego y mozárabe, para los domingos y las fiestas dobles, con el fin de facilitar la interpretación de las partes más difíciles del Propio.
Sin importar cómo se interpreten, estos cantos del Propio no deben omitirse ni acortarse. Pero más allá de esta necesidad litúrgica, invitan a la admiración por su perfección devocional, poética y estética: «Si repasamos con nuestra mirada musical los maravillosos pensamientos expresados en los Introitos, Graduales, Versículos del Aleluya , Tratados, Ofertorios y Comuniones de todo el año eclesiástico, desde el primer domingo de Adviento hasta el último domingo después de Pentecostés, así como los de las numerosas Misas de los santos, apóstoles, mártires, confesores y vírgenes, debemos sentir que en la Iglesia Romana tenemos una antología digna de nuestra más alta admiración» (Rvdo. H. Bewerunge, «Discurso en el Congreso Eucarístico de Londres »). Parte de la labor del director de coro debería ser traducir y explicar estos textos a su coro, para que puedan recitarse o cantarse con entendimiento además de con la voz. Para ello, podría utilizarse el « Misal para los Laicos », con su versión en latín y su traducción paralela al inglés. El espíritu de la liturgia también podría captarse en gran medida a partir de los volúmenes del «Año Litúrgico» de Dom Guéranger. Sin embargo, dado que se trata de una obra tan extensa, los análisis mucho más breves y directos de los textos del Propio, con comentarios sobre su espíritu, que se publicaron por entregas en la revista « Church Music», resultarían sumamente útiles.
Con respecto a la notación del canto llano, conviene estudiar detenidamente dos cantos típicos (véanse los artículos de Dom Eudine en “ Church Music”, marzo de 1906, 222-235, sobre “el gradual de Pascua ”, “el Haec dies”, y junio de 1906, 360-373, sobre “el introito Gaudeamus”, que ofrecen la notación del canto llano con transcripción a notación moderna, análisis rítmicos y dinámicos, etc.). Este estudio animará al músico actual a familiarizarse más con el canto gregoriano del Propio, que los coros contemporáneos deberían conocer: «Primero, está el canto gregoriano . Cuanto más se estudian estas antiguas melodías, más impresiona su variedad y singular belleza. Consideremos la singularidad de sus formas, el estilo característico que distingue un introito de un gradual , un ofertorio de una comunión. Y dentro de cada categoría, ¡qué variedad de expresión, qué asombrosa interpretación de las palabras y, sobre todo, qué sublime belleza y espíritu místico de oración! Sin duda, quien haya saboreado la dulzura de estos cantos envidiará aquellos pocos lugares privilegiados donde se celebra la Misa mayor a diario y, por lo tanto, se tiene la oportunidad de escuchar todas estas melodías divinas al menos una vez al año» (Bewerunge).
Existe un amplio conjunto de composiciones de las escuelas polifónicas clásicas y de la polifonía moderna, así como también numerosas ilustraciones de la música homofónica moderna, de los textos adecuados. Debe tenerse cuidado de que los textos así tratados sean verbalmente correctos. Porque en el retorno a las melodías tradicionales de los ehants, la comisión consideró necesario restaurar, en muchos casos, porciones de texto omitidas y, de diversas maneras, recuperar el uso de las formas más antiguas de los textos. En el « Proprium de Tern-pore», por ejemplo, hay alrededor de 200 cambios textuales. Un resumen de sus características generales se ofrece en « Church Music» (julio de 1908), pp. 232-235. Dado que estos textos alterados difieren de los que aún se conservan en el Misal , los coros que «recitan» los textos lo harán a partir del « Gradual » del Vaticano , y no del Misal . Cuando se publicó por primera vez el « Gradual », se observó que se habían omitido los Propios de algunas festividades estadounidenses (así como, por supuesto, los Propios de muchas diócesis extranjeras) (véase « Church Music», marzo de 1908, págs. 132-134). Algunas editoriales han añadido estos Propios para América en un apéndice adjunto al volumen. Sin duda, se adoptará un proceso similar en el caso de muchas diócesis extranjeras.
Muchas cuestiones que afectan a la parte musical de los servicios en la Misa pertenecen al tema general del movimiento de reforma en la Música Sacra , y serán tratadas más apropiadamente bajo el epígrafe Música, ECLESIÁSTICA. Tales son, por ejemplo, la largamente debatida cuestión del uso de voces femeninas en nuestros coros de galería; las capacidades de los niños coristas para la correcta interpretación del Ordinario y el Propio; el uso de cantos con signos rítmicos añadidos; el carácter del ritmo que se debe usar ("oratorio" o "medido"); el carácter del acompañamiento más adecuado para el canto; el uso de instrumentos musicales en Misas cantadas o musicales; el estatus de las mujeres como organistas; la adopción de un coro de santuario, ya sea en lugar de, o junto con, el coro de galería. Históricamente, el movimiento de reforma en el canto fue señalado por la publicación, en primer lugar, del "Kyriale", que contiene los cantos del Ordinario , y luego del "Graduale", que comprende todos los cantos para la Misa; pero este asunto también pertenece a un tratamiento más general.
HT HENRY

