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Legislación mosaico

2019-02-22T04:57:17
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Legislación mosaica , el conjunto de instituciones, leyes y decisiones jurídicas, morales y ceremoniales que comprenden los últimos cuatro libros del Pentateuco , y que la tradición cristiana y hebrea atribuye a Moisés . Nombre. Ya en la época davídica, el nombre hebreo TVRH, torá, se usaba popularmente para designar esta compilación, que, sin embargo, podría no haber abarcado entonces todas las disposiciones que ahora contiene. Después del cautiverio, el término se convirtió en sinónimo del Pentateuco , y este uso se ha mantenido desde entonces. Junto a estos significados existen otros menos exhaustivos y más antiguos. Si, como se admite generalmente, yarah (echar suertes) es la raíz, habría un interés histórico particular asociado a la palabra, debido a la implicación de que las primeras toroth, o decisiones, de cualquier tipo, se alcanzaron principalmente, o al menos en casos importantes, mediante el sorteo. La deidad sería entonces considerada su autora. Más elaboradas que estas son las primeras torá históricas disponibles, como las pronunciadas en casos de litigio privado en Rafidim (Éxodo 6:13 y ss.) por Moisés , quien se basaba en analogías de precedentes o costumbres para sus instrucciones. En boca de los sacerdotes y profetas, la torá se refería a veces solo a las prescripciones morales y religiosas de la Ley , o bien, a su parte ceremonial, ya fuera en teoría o en la práctica; en resumen, a cualquier instrucción, escrita u oral, dada en nombre de Jehová por alguien que ostentaba un cargo oficial.

Naturalmente, cuando comenzó el período de codificación formal, cada nuevo código fue llamado una torá, y estas torá separadas fueron los peldaños hacia, y luego las partes constituyentes de, la “ Torá ” o Corpus, que siempre se ha identificado con el nombre de Moisés . Más restringidos en su significado son los siguientes términos bíblicos: hebreo: PQVDYM, paggftdim, preceptos; hebreo: MTSVH., migwah, mandamiento; hebreo: `DVCH, `ed(w) oth, testimonios, es decir, expresiones de la voluntad de Dios al hombre, principalmente en asuntos morales y religiosos; hebreo: MSPT, mzshpat, un juicio, generalmente aunque no exclusivamente relacionado con el derecho civil o penal, y, eventualmente, implicando una fuerza obligatoria que surge de la naturaleza de la rectitud moral, que se ve realzada, no oscurecida, por la noción de economía teocrática; y hebreo: HQ, HQH, hoq, huggah (raíz, grabar), estatuto o cosa grabada (por ejemplo, en piedra), quedando así fijado, por así decirlo, como una ordenanza. A partir de esta variada terminología, por muy indiscriminado que haya sido su uso con el paso del tiempo, parece correcto concluir que sus creadores tenían más que una vaga percepción de la distinción entre las diferentes clases de leyes y de su respectiva fuerza vinculante. Si, en ciertos casos, se imponían penas iguales por las infracciones de las leyes morales y ceremoniales, era porque la cercanía de estas últimas al Dios nacional , debido a su carácter universal, parecía conferir a las ofensas contra ellas una atroz gravedad particular, que no se encontraba en otros delitos. Los legisladores comprendieron bien que cuando las ceremonias monoteístas declinaran, las instituciones politeístas las suplantarían, y entonces no quedaría moralidad que proteger.

Origen. La Torá , en su conjunto, no fue comunicada milagrosamente desde el cielo, ni fue elaborada y compilada laboriosamente por Moisés independientemente de influencias externas. A veces se afirma, de forma arriesgada, que es anterior a Moisés por mil años o más, puesto que gran parte de su contenido se encuentra también en el Código de Hammurabi . De hecho, algunos decretos del código babilónico son superiores a sus equivalentes mosaicos; sin embargo, en los más importantes, la Torá tiene prioridad. Fue la condición primitiva de la sociedad hebrea la que dictó las primeras leyes de Israel, al propiciar el establecimiento de costumbres familiares y tribales. No obstante, sería erróneo afirmar con demasiada seguridad que la misma colección de leyes, o una similar, habría surgido espontáneamente e independientemente de las mismas condiciones naturales en cualquier otro período o clima. Existían precedentes de costumbres y prácticas similares a las que Israel adoptó, entre otras razas con las que los fundadores de las leyes de Israel habían entrado en contacto, y parece una conclusión irresistible que, puesto que Israel tomó prestado su idioma de sus vecinos y pudo ser persuadido tan fácilmente para adoptar ritos paganos hasta el punto de desafiar la vigilancia de jueces, sacerdotes y profetas, no podía sino verse influenciado por la vida social y política de los pueblos vecinos.

Las posibilidades, entonces, son las siguientes: la migración de Abraham desde Caldea sería responsable del núcleo de la legislación mosaica, que es peculiarmente semítica. La estancia de los patriarcas entre los cananeos, junto con sus relaciones con los faraones, les conferiría un matiz extranjero, con un ligero fortalecimiento de la tradición original durante el retiro de Jacob a Mesopotamia. La opresión egipcia sin duda suscitaría ideas bien definidas sobre la justicia y el derecho. La educación de Moisés por la hija del faraón lo prepararía para la unificación tribal, mientras que sus experiencias entre los madianitas semitas le enseñarían la necesidad de ciertas instituciones propias de la vida en el desierto, con el debido respeto a las costumbres establecidas, como las que deben tenerse en cuenta incluso hoy en día al tratar con las tribus del Sinaí. Cualquier influencia real del Código de Hammurabi habría tenido que operar, como probablemente lo hizo, a través de uno u otro de estos canales. El resultado directo de estos antecedentes sería la transmisión de principios mediante el conocimiento de ejemplos concretos que los ilustran, ya que la mente primitiva no es capaz de comprender ni de formular abstracciones puras. En el artículo sobre Antigüedades Bíblicas se expone con detalle en qué consistían estas leyes tradicionales y cómo se ponían en práctica en la vida doméstica y política.

Por mucho o poco que pueda explicarse de esta manera, siempre debe dejarse espacio para la intervención divina, directa y externa; es decir, para una revelación histórica hecha por Dios mismo al pueblo escogido, de tal forma que les garantizara una providencia y una guía especiales para cumplir su alto destino. Dado que dicha guía solo podía asegurarse a las generaciones futuras mediante la Ley por la que serían gobernadas, las manifestaciones del Sinaí deben explicarse como un sello divino sobre las leyes existentes, que no abrogaron, y sobre cualquier desarrollo normal de las mismas en el futuro que estuviera calculado para llevar a cabo los designios de Jehová con mayor eficacia. Además, debió haber algo establecido y fijado en ese mismo lugar, como norma a la que los profetas posteriores pudieran recurrir en sus juicios sobre leyes y contingencias futuras. Sería extraño que no se hubiera hecho algún tipo de preparación remota para un acontecimiento tan estupendo como la Encarnación . De ahí que los críticos cristianos más reflexivos , cualesquiera que sean sus opiniones sobre la composición literaria del Pentateuco , coincidan en afirmar que las leyes del Pentateuco, incluso las de carácter ceremonial, se remontan a Moisés como su fundador; de ahí también el peculiar fenómeno psicológico a lo largo de la historia de Israel, según el cual la observancia de la ley o de cualquiera de sus partes era superior al sacrificio (no obligatorio), porque era un homenaje de obediencia rendido directamente al Dios de la nación.

Codificación. En su forma actual, la Legislación Mosaica aparece sin orden lógico y salpicada de reminiscencias históricas. Es en gran medida casuística, como cabría esperar de la manera de su transmisión inicial. (1) El Decálogo , con sus dos versiones (Éxodo xx, 2-17; Deuteronomio v, 6-21), es fundamental, pues expone la soberanía y la espiritualidad de Dios , junto con la sacralidad de sus derechos y los del prójimo. (2) El «Libro del Pacto», llamado así en Éxodo xxiv, 7, abarca Éxodo xxiviii, 19 (o xx, 20-xxiii, 33) y contiene normas judiciales, morales y religiosas para personas que vivían en condiciones agrícolas primitivas. Destaca por su carácter humanitario. (3) El código deuteronómico amplía lo anterior y lo adapta a nuevas condiciones. (4) La “ Ley de Santidad ”, tal como se encuentra en Levítico 17-26, se refiere principalmente a la santidad de carácter moral y ceremonial. Constituye una pequeña parte de lo que ahora se denomina, desde un punto de vista crítico, el (5) “ Código Sacerdotal ”. Este último grupo abunda en preceptos ceremoniales y comprende casi la totalidad de Levítico y Números, con algunos capítulos de Éxodo . A la luz de la crítica, no es necesario abandonar la creencia tradicional de que Moisés compiló, bajo la influencia de la inspiración, cualquiera o todos estos códigos tal como estaban originalmente, o en la etapa de desarrollo que habían alcanzado en su tiempo. Las peculiaridades literarias del Pentateuco nos permiten afirmar que estas diversas divisiones fueron revisadas, ampliadas y actualizadas por autores posteriores, mientras que los cambios en la vida de Israel, de un estado nómada a uno sedentario, de una nación dispersa a una gobernada por un rey, explican perfectamente la aparición, con el paso del tiempo, de una cantidad limitada de legislación nueva, bastante acorde con el espíritu de la antigua. El derecho consuetudinario , por así decirlo, creció y se desarrolló, pero las disposiciones legales permanecieron inviolables.

Contenido. Abstracción de la distinción de códigos, la Torá exhibe un sistema dogmático que es rigurosamente monoteísta. De esto surge un estándar moral, que tiene como característica peculiar la identificación de la observancia civil, social y religiosa, con el servicio realizado directa e inmediatamente para Yahvé, y por Su mandato. Sigue una ceremonia caracterizada por su pintoresquismo y riqueza de detalles, cuyo propósito evidente era mantener al pueblo constantemente en la mente del Pacto en el que ellos o sus antepasados ​​habían entrado, y asegurarles la fidelidad de Dios a Sus promesas, si tan solo ellos hicieran su parte. Las disposiciones civiles y penales están suficientemente bien explicadas en otra parte. El artículo sobre Antigüedades Bíblicas nos exime de tratar en detalle cualquiera de estos temas excepto la ceremonia. Incluso eso se trata ampliamente en el párrafo sobre Antigüedades Sagradas (loc. cit.) y los artículos Doctrina de la Expiación ; Dedicación ; Jubileo; Pascua ; Fiesta de Pentecostés ; Purim ; Sábado ; Fiesta de los Tabernáculos ; Fiesta de las Trompetas.

El Tabernáculo era el centro del culto público. Era una tienda portátil que medía cincuenta y dos por diecisiete pies, dividida por un velo en dos partes desiguales: el Lugar Santo y el Lugar Santísimo, más pequeño. Este último contenía únicamente el Arca de la Alianza y solo Moisés y los sumos sacerdotes podían entrar. Cualquier sacerdote podía entrar al Lugar Santo. Este estaba provisto de una mesa para los panes de Dios. Proposición, un candelabro de oro de siete brazos y el Altar del Incienso . Afuera, en el patio circundante, estaban el Altar de los Holocaustos y la pila de bronce para las abluciones sacerdotales. La tribu de Leví proporcionaba los ministros, siendo los descendientes de Aarón sacerdotes, y la mayoría restante, propiamente llamados levitas . Los sacerdotes eran consagrados, vestían vestiduras especiales, ofrecían sacrificios, atendían el Lugar Santo y actuaban como jueces y maestros. Para la peculiar distinción de su sumo sacerdocio, véase el artículo Aarón (sección II). Los levitas eran los ayudantes de los sacerdotes. Llevaban el Tabernáculo cada vez que se trasladaba. Se prescribían sacrificios sangrientos e incruentos. La primera clase comprendía el Holocausto , en el que la víctima entera era consumida en el altar por el fuego, y los sacrificios Expiatorio y Pacífico, en los que solo se quemaba la grasa en el altar. El resto se quemaba en otro lugar o se entregaba al sacerdote como en el primer caso, pero se dividía entre el sacerdote y el oferente como en el segundo, seguido de una comida sacrificial. El Incruento Los sacrificios incluían primicias, diezmos, ofrendas de carne y bebida, e incienso. Tanto las ofrendas como los sacrificios se sazonaban con sal.

La característica más llamativa de la legislación ceremonial es la distinción entre pureza e impureza legal, con su correspondiente disposición para numerosas purificaciones externas. El hebreo fiel debía abstenerse siempre de sangre. No podía consumir ningún cuadrúpedo que no tuviera pezuña hendida y rumiara, ni ningún pez que no tuviera aletas y escamas, con excepción de la langosta. Hacerlo lo haría impuro. El matrimonio, el parto y la lepra también inducían impureza. Es cierto que esta legislación es en gran medida higiénica, pero los hebreos no solían concebirla desde esa perspectiva. Dado que las enfermedades se consideraban directamente provenientes de Yahvé, las precauciones contra ellas estaban diseñadas principalmente para evitarlas apaciguando al remitente. Por lo tanto, aquellos que no tomaban tales precauciones, ya fuera por necesidad o por otra razón, desagradaban a Yahvé, y la impureza legal era el resultado. La eficacia con la que la Torá preparó a los hebreos para la aceptación de la Nueva Ley queda demostrada por la obra de Cristo, quien no vino a destruirla, sino a perfeccionarla. Solo aquellos que, ocupando el lugar de Moisés , prefirieron las tradiciones humanas como guía personal, resultaron contrarios a la obra de nuestro Salvador.

AQUELLOS. A K. REILLY


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