
Baius (o DE BAY), MICHEL, teólogo y autor de un sistema conocido como baianismo, fue b. en Melun en Hainaut, 1513, y d. murió en Lovaina el 16 de septiembre de 1589. Aunque pobre, logró conseguir, en las distintas facultades de la Universidad de Lovaina, un curso completo de estudios, que incluían humanidades, filosofía y teología. Su primer nombramiento, inmediatamente después de su ordenación, fue como director de la Standonk Facultad, 1541. Tres años más tarde se le asignó la cátedra de filosofía, que mantuvo hasta 1550. En ese año obtuvo el título de Médico of Teología, fue nombrado Presidente de la Facultad Adrien y también sustituto al profesor de Santa Escritura, luego ausente en el Consejo de Trento, la cátedra titular siguió dos años más tarde, tras la muerte del titular. Baius había formado muy pronto una estrecha amistad con John Hessels. Mientras que los tres dirigentes de la universidad: Tapper, Canciller; Ravestein, profesor de Teología; y Hasselius, profesor de Sagrada Escritura, estaban en el Consejo de TrentoBaius y Hessels aprovecharon su ausencia para dar rienda suelta a ideas largamente acariciadas e introducir nuevos métodos y nuevas doctrinas. A su regreso de Trento, en 1552, el canciller Tapper descubrió que habían estado actuando malas influencias y preguntó Cardenal de Granvelle, arzobispo de Mechlin, para interferir. Granvelle logró calmar a los innovadores por un tiempo, pero la muerte de Tapper, en 1559, se convirtió en la señal de nuevos disturbios. A petición de los franciscanos, el Sorbona of París había censurado dieciocho proposiciones que incorporaban las principales innovaciones de Baius y Hessels. Baius respondió a la censura en unas memorias ahora perdidas, y la controversia sólo aumentó en acritud. Papa Pío IV, A través Cardenal Granvelle, impuso silencio tanto a Baius como a los franciscanos, sin tomar, sin embargo, ninguna decisión doctrinal. Cuando las sesiones del Consejo de Trento se reanudaron, en 1561, Baius y Hessels fueron seleccionados para representar a la universidad de Trento. El legado papal, Commendone, se opuso a la elección de la universidad, pero Cardenal De Granvelle pensó que la presencia de los dos innovadores en Trent sería buena tanto para ellos como para la universidad. En 1563 los envió a Trento, pero no como delegados de la universidad, sino como teólogos del rey de España. Justo antes de partir hacia Trent Baius había publicado sus primeros tratados. Desafortunadamente, el contenido de esos tratados no estaba dentro del programa de las últimas tres sesiones de la Consejo de Trento, y no se llevó a cabo ninguna discusión pública sobre los puntos en disputa. Se sabe, sin embargo, que las opiniones de Baius y Hessels eran desagradables para los Padres, y que los Católico Sólo el prestigio del rey los salvó de la condena formal.
Baius regresó a Lovaina en 1564 y ese mismo año publicó nuevos tratados que, junto con otra serie, se recopilaron en «Opuscula omnia» en 1566, año de la muerte de Hessels. Es probable que Hessels colaborara con Baius en estos «Opuscula». Su defensa recaía ahora únicamente sobre Baius, y no era tarea fácil. Ravestein, quien había sucedido a Tapper como canciller, consideró que ya era hora de poner fin a la situación e informó a Roma , solicitando medidas decisivas. El 1 de octubre de 1567, el papa Pío V firmó la bula «Ex omnibus afflictionibus», que contenía varias proposiciones condenadas, pero sin mencionar el nombre de Baius. Según el uso de la Cancillería Romana, el documento papal carecía de puntuación, divisiones y números. Nuevamente, como ya había sucedido en varias ocasiones, las proposiciones objetables no fueron censuradas individualmente, sino que a toda la serie se le añadieron diversas «notas», desde «herética» hasta «ofensiva». Además, no solo no se mencionó el nombre de Baius, sino que, por razones obvias de prudencia en aquellos tiempos, tan cerca de la Reforma , el texto en sí no debía hacerse público. Estos hechos dieron pie a numerosas objeciones por parte de los baianistas: ¿Cuál era el número exacto de proposiciones? —¿76, 79 u 80?— ¿Eran o no eran proposiciones de Baius?— ¿Por qué no se había entregado una copia de la bula a aquellos cuyo honor se suponía que reflejaba? En la famosa frase, “quas quidem sententias stricto coram nobis examine ponderatas quamquam nonnullae aliquo pacto sustineri possent in rigore et proprio verborum sensu ab assertoribus intento haereticas, erroneas … damnamus”, ¿debía colocarse la coma Pianum después de intento o después de possent , invirtiéndose el significado según la coma que apareciera después de una u otra palabra? Sin embargo, Baius no recurrió a estas evasivas al principio, pero cuando la bula papal (1567) fue llevada a la universidad y leída a la facultad, se adhirió junto con los demás profesores. Mientras tanto, habiendo sido divulgado el texto de la bula por alguna persona indiscreta, Baius comenzó a encontrarle fallas y escribió al papa, o en su nombre, dos largas disculpas, en defensa, según él, no tanto de sí mismo como de San Agustín. El tono de las disculpas era respetuoso en apariencia, más que en realidad. Mediante un breve, fechado en 1569, Pío V respondió que el caso había sido examinado minuciosamente y finalmente juzgado, y exigió sumisión. Tras una larga tergiversación, en la que recurrió a la ridícula evasión de la coma Pianum y a la práctica paralización de un acto papal, Baius abjuró ante Morillon, vicario general de Granvelle, de todos los errores condenados en la bula, pero no se le exigió entonces que firmara su retractación. La ausencia de esa formalidad contribuyó posteriormente a reavivar las discusiones. En 1570, tras la muerte de Ravestein, Baius se convirtió en decano de la facultad. Entonces se extendieron rumores de que el nuevo decano no estaba en absoluto de acuerdo con la enseñanza ortodoxa. Seguidores y adversarios sugirieron una declaración clara. Se publicó bajo el título de «Explicatio articulorum», en la que Baius afirmaba que, de las numerosas proposiciones condenadas, algunas eran falsas y justamente censuradas, otras simplemente mal expresadas, mientras que otras, si bien discrepaban de la terminología de los escolásticos, eran, sin embargo, dichos genuinos de los Padres; en cualquier caso, afirmaba no tener nada que ver con más de cuarenta de los setenta y nueve artículos. Baius, tras dos retractaciones, simplemente volvió a su postura original. La bula se publicó solemnemente en Lovaina y fue suscrita por toda la facultad. Baius la aceptó de nuevo. Su aparente magnanimidad incluso le granjeó simpatía y ascensos; fue nombrado rápidamente Canciller de Lovaina, Decano de la Colegiata de San Pedro y «conservador» de los privilegios de la universidad. Así se restableció la paz, pero solo por un tiempo.
Ciertas opiniones imprudentes del maestro respecto a la autoridad de la Santa Sede , e incluso del Concilio de Trento , y, por parte de sus discípulos, la esperanza mal disimulada de que Gregorio XIII declarara nulo todo lo realizado por su predecesor, invitaban a reabrir la cuestión. El papa Gregorio XIII no lo permitió. La bula «Provisionis nostrae» (1579) confirmó los actos papales precedentes y se encargó al jesuita Toletus que recibiera y llevara al papa la abjuración final de Baius. La conservamos con el nombre de «Confessio Michaelis Baii». En parte, dice: «Estoy convencido de que la condena de todas esas proposiciones es justa y lícita. Confieso que muchas de estas proposiciones se encuentran en mis libros , y en el sentido en que son condenadas. Renuncio a todas ellas y me propongo no volver a enseñar ni a defender ninguna». A pesar de esta retractación, los errores de Baius se habían arraigado demasiado en su mente como para no manifestarse ocasionalmente en doctrinas precipitadas. Hasta los últimos años de su vida, se suscitaron lamentables controversias en torno a él, y solo la admisión oficial por parte de la universidad de un cuerpo doctrinal sólido pudo apaciguarlas. Baius murió en la Iglesia , a la que honró su dedicación al estudio, sus logros y su piedad, pero cuya unidad doctrinal estuvo a punto de quebrantar con su imprudencia. La semilla del mal que había sembrado dio frutos amargos más tarde en los errores del jansenismo.
SU SISTEMA.—El sistema de Baius ha sido convenientemente llamado Baianismo, ya que sería difícil encontrar un nombre más objetivo. Está contenido en una serie de opuscula , o folletos: «Sobre el libre albedrío »; « Justicia y justificación »; « El sacrificio »; «Obras meritorias»; « La integridad original del hombre y los méritos de los malvados»; «Los sacramentos »; «La forma del bautismo »; « El pecado original »; «Caridad»; « Indulgencias »; « Oraciones por los difuntos ». El propio Baius recopiló todos estos folletos en «M. Baii opuscula theologica» (Lovaina, 1566). El maurista Gerberon ofreció una edición más completa: «M. Baii opera cum bullis pontificum et aliis ad ipsius causam spectantibus» ( Colonia , 1696). Esta edición fue incluida en el Índice en 1697 debido a su segunda parte, o “Baiana”, en la que el editor proporciona información útil sobre Baius, pero muestra demasiada simpatía por él. La esencia del baianismo también se encuentra en las 79 proposiciones censuradas por Pío V (Denzingei, Enchiridion, 881-959). Dejando de lado todas las objeciones, las primeras 60 se identifican fácilmente en las obras impresas de Baius, y las 19 restantes —“tales quae vulgo circumferrentur”, dice una antigua copia manuscrita de la bula “Ex omnibus”— representan la enseñanza oral del ala baianista. En el prefacio de “La integridad original del hombre ”, Baius dice: “¿Cuál era en el principio la integridad natural del hombre? Sin esa pregunta no se puede entender ni la primera corrupción de la naturaleza (por el pecado original) ni su reparación por la gracia de Cristo”. Esas palabras nos dan la secuencia del baianismo: (1) el estado de naturaleza inocente; (2) el estado de naturaleza caída; (3) el estado de naturaleza redimida.
Estado de naturaleza inocente. —Del hecho, tan enfáticamente afirmado por los Padres, de la conjunción real de naturaleza y gracia en el primer hombre, Baius infiere su conexión necesaria, o incluso su identidad práctica. En su opinión, la inocencia primitiva no era sobrenatural, al menos en el sentido común del término, sino que se debía a la condición normal de la humanidad y era exigida por ella (la cual, sin ella, no puede permanecer en estado de salvación). Y ese estado primitivo, natural al hombre, incluía entre sus requisitos necesarios el destino al cielo, la inmunidad frente a la ignorancia, el sufrimiento y la muerte, y la capacidad inherente de merecer. Ninguno de estos era, ni podía considerarse propiamente, un don gratuito de la gracia.
Estado de naturaleza caída. —Según Baius, la caída del hombre no es, ni puede ser, la mera pérdida de dones gratuitos o sobrenaturales, sino un mal positivo que penetra profundamente en nuestra propia naturaleza. Ese mal es el pecado original. Por pecado original, Baius entiende, en lugar de una simple privación de la gracia, la concupiscencia habitual misma, transmitida según las leyes de la herencia y desarrollada según las leyes del crecimiento físico y psíquico. Es un pecado o mal moral en sí mismo, incluso en niños irresponsables, y eso fuera de toda relación con la voluntad, sea original o personal. ¿Qué sucede, entonces, con la libertad humana como fuente de responsabilidad moral? Baius no considera necesario que, para ser agentes morales, estemos libres del determinismo interno, sino solo de la coacción externa. De una fuente tan contaminada, salvo la Redención , solo pueden surgir acciones contaminadas. A veces pueden parecer virtuosas, pero es solo una apariencia ( vitia virtutes imitantia ). En verdad, todas las acciones humanas, no purificadas por la Redención , son vicios puros y simples, y vicios condenatorios además ( vitia sunt et damnant ).
(3) Estado de naturaleza redimida. —Los dones de la inocencia primigenia, perdidos por el pecado original, son restaurados por Jesucristo . Entonces y solo entonces se convierten en gracias, no, ciertamente, por su carácter sobrenatural, sino por la indignidad positiva del hombre caído. Ayudados por la gracia, los redimidos pueden realizar acciones virtuosas y adquirir méritos para el cielo. ¿Implica esto un estatus superior, una renovación interior o gracia santificante?—Baius no lo considera necesario. La acción moral, ya sea llamada justicia, caridad u obediencia a la ley, es el único instrumento de justificación, virtud y mérito. El papel de la gracia consiste exclusivamente en mantener la concupiscencia bajo control, y en capacitarnos así para realizar acciones morales y cumplir la ley. Es cierto que Baius habla de la remisión del pecado como necesaria para la justificación, pero esto es solo una fictio juris ; De hecho, un catecúmeno antes del bautismo, o un penitente antes de la absolución, pueden, simplemente observando los preceptos, tener más caridad que ciertos hombres considerados justos. Si al catecúmeno y al penitente no se les llama justos, es solo por deferencia a la Sagrada Escritura , que exige para una justicia plena tanto novedad de vida (es decir, acción moral) como perdón del pecado (es decir, del reitus , o responsabilidad ante el castigo). Otorgar ese tipo de perdón es el único objeto y eficacia de los sacramentos de los difuntos, el bautismo y la penitencia. Con respecto a los sacramentos de los vivos, la Eucaristía —el único sobre el que Baius expresó su opinión— no tiene otro valor sacrificial que el de ser una buena acción moral que nos acerca a Dios.
Un simple vistazo al boceto anterior no puede dejar de revelar una extraña mezcla de pelagianismo, calvinismo, e incluso Socinianismo. Baio es pelagiano en su concepto del estado primitivo del hombre. Es calvinista en su presentación de la caída. Es más que un luterano y poco menos que un sociniano en su teoría de la Redención. Los críticos saben que todos estos errores estaban en cierto modo armonizados en la mente de Baius, pero no están de acuerdo sobre cuál pudo haber sido el principio genético de esa formación teológica. Algunos lo encuentran en la proposición 38: “Omnis amor creaturae racionalis aut vitiosa est cupiditas, qua mundus diligitur, quae a Joanne prohibetur, aut laudabilis ills charitas, qua per Spiritum sanctum in corde diffusa Deus amatur” (El amor de la criatura racional es vicioso deseo, con su apego al mundo, que San Juan prohíbe, o esa caridad loable que es derramada en nuestros corazones por el Santo Spirit, y a través del cual Dios es amado). Otros lo ven en un análisis erróneo del hombre, en el que las facultades superiores, pertenecientes a la vida moral y religiosa, son violentamente separadas de los poderes inferiores y tan magnificadas que llegan a ser idénticas a la gracia y a la morada del Espíritu. Espíritu Santo. Otros, nuevamente, piensan que es optimismo al evaluar la condición nativa del hombre, o pesimismo al evaluar su condición después del pecado, siendo el resultado el mismo con respecto al valor de Redención. Tomando la cuestión desde un punto de vista histórico, encontramos que Bayo fue desde el principio un humanista con un entusiasmo perfecto por Cristianas la antigüedad en general, San Pablo y San Agustín en particular, y una aversión que casi llega al aborrecimiento por los pensamientos y métodos de los escolásticos medievales. La tarea autoasumida de interpretar al Apóstol de la Gentiles y el gran africano Médico apartarse de la corriente tradicional del pensamiento escolástico era tal vez una imposibilidad en sí misma, pero ciertamente una imposibilidad para la erudición limitada y la mente paradójica de Baius. A esta manía absorbente, mucho más que a una falta de lealtad sincera al Iglesia¿Debemos rastrear la ceguera de Baio hacia los dogmas ya definidos y sus medias revueltas contra los vivos? magisterio. Sin embargo, una explicación parcial, si no una excusa, de esa monomanía se encuentra en el hecho de que desde el mismo comienzo de su carrera teológica Baius estuvo bajo la influencia de hombres que, como el dominico Pedro de Soto, creían en la Católico La reacción contra los reformadores había ido demasiado lejos y sugirió que se hiciera más hincapié en Escritura y Patrologia y menos en tomismo. Que, al menos en su intención, Baio sólo quería tomar la posición más ventajosa para defender mejor el territorio. Fe contra los herejes, sabemos por una carta que escribió (1569) a Cardenal Simonetta: “Después de leer a Pedro el Lombardo y algunos otros escolásticos Médico, Me esforcé por devolver la teología a la Santa Escritura y los escritos de los Padres, al menos aquellos que todavía gozan de algún crédito entre los herejes: Cipriano, Ambrosio, Jerónimo, Agustín, León, Próspero, Gregorio y similares”. Éstas son las diversas causas que pueden explicar en cierta medida la posición adoptada por Baius. La cronología de sus escritos poco más nos enseña. No logra darnos una visión verdadera del desarrollo lógico de su pensamiento. Puede ser, después de todo, que cada uno de los principios genéticos antes mencionados tuviera prioridad en su mente en diferentes momentos y en diferentes necesidades.
DOCTRINA DE LA IGLESIA.—La Católico La enseñanza, ya esbozada contra los pelagianos por varios concilios y papas del siglo V, es presentada plenamente contra los reformadores por los Consejo de Trento, especialmente la Sesión V, Decreto on Pecado original, y Sesión VI, Decreto on Justificación. En esas dos sesiones, ambas anteriores a los escritos de Baius, encontramos tres declaraciones que son obviamente irreconciliables con las tres posiciones principales de Baius descritas anteriormente: (I) HombreLa justicia original se representa como un don sobrenatural; (2) Pecado original se describe no como un profundo deterioro de nuestra naturaleza, sino como la pérdida de privilegios puramente gratuitos; (3) Justificación Se describe como una renovación interior del alma por la raza inherente. La condena por Pío V de los 79 dogmas de Baiamst es un acto del supremo magisterio de Iglesia, un ex cátedra declaración. Decir, con los baianistas, que el acto papal no condena los dogmas reales y concretos del profesor de Lovaina, sino sólo ciertas proposiciones hipotéticas o imaginarias; pretender que la censura no está dirigida a la enseñanza subyacente, sino sólo a la vehemencia o dureza de las expresiones externas, es prácticamente embrutecer el documento pontificio. Por el tenor de la Bula, “Ex Omnibus”, sabemos que a cada una de las 79 proposiciones se aplicarán una o varias o todas las siguientes censuras: haeretica, erronea, sospecha, temeraria, escándalosa, en arias aures ofensivas. Para una determinación más precisa de la Católico doctrina, tenemos que consultar, además de la Consejo de Trento, consenso catolicorum theologorum. Ese consenso fue expresado sin lugar a dudas por universidades como París, Salamanca, Alcalá y la propia Lovaina, y por teólogos como Cunerus Petri (m. 1580—”De Gratia”, Colonia, 1583); Suárez (m. 1617—”De gratin, Dei” en Op. Omn., VII, París, 1857); Belarmino (m. 1623—”De gratin et libero arbitrio”, en Controversies, IV, Milán, 1621); Ripalda (m. 1648—”Adversus Baium et Baianos”, París, 1872); Stayaert (m. 1701—”In propositiones damnatas afirmaciones”, Lovaina, 1753); Tournely (m. 1729—”De Gratia Christi”, París, 1726); Casini (m. 1755—”Quid est homo?” ed. Scheeben, Maguncia, 1862). Sin embargo, no debe omitirse aquí que, incluso aparte del jansenismo, que es una rama directa del baianismo, algunas huellas de las ideas confusas de Baius sobre lo natural y lo sobrenatural se encuentran aquí y allá en la historia de la teología. La Escuela Agustiniana, representada por hombres tan capaces como Noris, Bellelli y Berti, adoptó, aunque con reservas, la idea de la aspiración natural del hombre a la posesión de Dios y visión beatífica en Cielo. La obra estándar de esa escuela, “Vindiciae Augustinianie”, fue incluso denunciada una vez ante el Santa Sede, pero no hubo ninguna censura. Más recientemente, Stattler, Hermes, Gunther, Hirscher y Kuhn desarrollaron una noción de lo sobrenatural similar a la de Baius. Si bien admitieron dones relativamente sobrenaturales, negaron que la participación de la naturaleza divina y la adopción a la vida eterna difieran esencialmente de nuestra vida moral natural. Kleutgen se opuso con éxito a esa teoría y ahora parece haberse extinguido. La nueva teoría francesa de la “inmanencia”, según la cual el hombre postula lo sobrenatural, también puede tener cierto parentesco con el baianismo, pero sólo puede mencionarse aquí porque sigue siendo el centro de debates bastante fervientes. Matulewicz, “Doctrina Russorum de Statu iustitiae originalis” (Cracovia, 1903), dice que la teología rusa moderna encarna en gran medida las opiniones condenadas de Baius.
JF SOLIER

