
La lujuria, el deseo desmedido o la indulgencia en el placer carnal que se experimenta en los órganos reproductores humanos. La ilicitud de la lujuria se reduce a esto: que se busca la satisfacción venérea fuera del matrimonio o, al menos, de una manera contraria a las leyes que rigen las relaciones conyugales. Toda indulgencia criminal de este tipo es un pecado mortal, siempre que, por supuesto, sea voluntaria y plenamente deliberada. Este es el testimonio de San Pablo en la Epístola a los Gálatas , 5, 19: «Ahora bien, las obras de la carne son manifiestas: fornicación, impureza, libertinaje, desenfreno… De las cuales os advierto, como ya os lo he dicho, que quienes practican tales cosas no alcanzarán el reino de Dios ». Además, si es cierto que la gravedad de las ofensas puede medirse por el daño que causan al individuo o a la comunidad, no cabe duda de que la lujuria tiene, en este sentido, una gravedad propia. Las transgresiones contra virtudes distintas de la pureza suelen admitir un grado menor de malicia y se consideran veniales. La impureza tiene la nefasta distinción de que, siempre que haya una entrega consciente y directa a cualquiera de sus fases, la culpa incurrida es siempre grave. Sin embargo, este juicio debe modificarse cuando se trata de alguna gratificación impura de la que una persona es responsable, no de forma inmediata, sino porque ha postulado su causa y a la que no ha consentido deliberadamente. En ese caso, el acto puede ser solo venialmente pecaminoso. Para determinar la magnitud de su maldad, dependerá en gran medida del peligro próximo que el agente perciba de ceder, así como de la capacidad conocida del acto para producir placer venéreo. Esta enseñanza se aplica tanto a los pecados externos como a los internos: «Cualquiera que mire a una mujer con deseo, ya ha cometido adulterio con ella en su corazón» (Mateo 5, 28). Sin embargo, independientemente del alcance de la obligación de abstenerse en ciertas circunstancias de acciones cuyo resultado final sea excitar las pasiones, los moralistas coinciden en el consejo que dan. Todos enfatizan los peligros de la situación y señalan los riesgos prácticos de no abstenerse. No importa que no exista, como suponemos, ninguna intención pecaminosa inicial. La más pura prudencia y el más básico autoconocimiento exigen la abstención, siempre que sea posible, de aquello que, si bien no es gravemente malo en sí mismo, aviva fácilmente el fuego impío que puede estar latente, pero que aún no se ha extinguido.
Se dice que la lujuria es un pecado capital. La razón es obvia. El placer que este vicio tiene como objeto es a la vez tan atractivo y connatural a la naturaleza humana que estimula vivamente el deseo de un hombre y lo lleva a cometer muchos otros desórdenes en su búsqueda. Los teólogos normalmente distinguen varias formas de lujuria en la medida en que es un pecado externo consumado, por ejemplo, fornicación, adulterio, incesto, agresión criminal, secuestro y sodomía. Cada uno de ellos tiene su propia malicia específica, un hecho que debe tenerse en cuenta a los efectos de salvaguardar la integridad de la confesión sacramental.
JOSÉ F. DELANY

