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Legistas, profesores de derecho civil o romano, que, además de exponer fuentes, explicar términos, dilucidar textos, resumir el contenido de los capítulos, etc., ilustran con casos, reales o imaginarios, las numerosas cuestiones y distinciones que surgen del “Corpus Juris” promulgaciones del antiguo código romano. A partir del siglo XII, cuando se dio un nuevo impulso a las investigaciones jurídicas, los términos legista y decretista—estos últimos aplicados, en sentido estricto, al intérprete del derecho eclesiástico y al comentarista de los textos canónicos—se han distinguido cuidadosamente.
PJ MACAULEY
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