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Legado

Persona que es enviada por otra para algún cargo de representación

2019-02-22T01:59:55
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Legado (del latín legare, enviar), en su sentido amplio, significa aquella persona enviada por otra para desempeñar algún cargo representativo. En el sentido eclesiástico, se refiere a quien el papa envía a soberanos o gobiernos, o simplemente a los miembros del episcopado y a los fieles de un país, como su representante, para tratar asuntos eclesiásticos o incluso en una misión de honor. Por lo tanto, el legado se diferencia del delegado, entendido este término en un sentido estrictamente jurídico, ya que el delegado es aquel a quien el papa confía uno o varios asuntos para ser tratados mediante jurisdicción delegada, a menudo en cuestiones de litigio, mientras que el legado ejerce jurisdicción ordinaria sobre todo un país o nación. El derecho canónico trata sobre los delegados de la Santa Sede , delegati Sedis Apostolicae (Decreto, libro I, título XXIX), y en este sentido incluso los obispos, en ciertos casos determinados por el Concilio de Trento (Sesión V, capítulo I, De Ref., etc.), pueden actuar como delegados de la Santa Sede . Sin embargo, como se verá más adelante, según la disciplina actual de la Iglesia , un delegado, en cuanto es enviado a representar a la Santa Sede en un país determinado, ejerce realmente el cargo de legado. Dado que la jurisdicción de un legado es ordinaria, no deja de serlo ni siquiera con la muerte del papa que lo nombró, ni aunque haya asumido su cargo después del fallecimiento de dicho papa.

El papa, en virtud de su primacía de jurisdicción, tiene derecho a enviar legados para velar por la unidad de la fe y la disciplina eclesiástica, y a elegirlos a su antojo. Si bien esta autoridad papal es evidente, ha sido cuestionada desde tiempos remotos. Gregorio VII (1073-85) reprobó las pretensiones de quienes deseaban tener únicamente romanos como legados y no representantes de otros países. Pascual II (1099-1118), en una carta a Enrique II de Inglaterra , lamenta profundamente las vejaciones infligidas al legado pontificio y defiende el derecho del papa a enviar tales representantes. Juan XXII (1316-34) declara irrazonable y contraria a la autoridad papal la negativa a admitir a un legado papal sin la aprobación del soberano. Y no faltan escritores que negaron, algunos por completo, otros en parte, tal derecho por parte del papa, por ejemplo, Marc' Antonio de Dominis, Richer , Febronius, Eybel y otros. Esta afirmación errónea fue sostenida en el siglo XVIII por cuatro arzobispos de Alemania , los de Maguncia , Tréveris, Colonia y Salzburgo, a quienes Pío VI dio la famosa respuesta del 14 de noviembre de 1789, en la que leemos que uno de los derechos de primacía de San Pedro es que «en virtud de su prerrogativa apostólica, al proveer para el cuidado de todos los corderos y las ovejas que le han sido confiados, el Romano Pontífice cumple también su deber apostólico delegando a eclesiásticos por un tiempo o permanentemente, según lo considere mejor, para ir a lugares lejanos a los que él no puede ir y ocupar su lugar y ejercer la jurisdicción que él mismo, de estar presente, ejercería». También merecen atención la nota diplomática del cardenal Consalvi al Gobierno español (9 de enero de 1802), que trata sobre la figura del nuncio apostólico, y la carta del cardenal Jacobini (15 de abril de 1885) al mismo Gobierno. El Concilio Vaticano , al exponer la verdadera doctrina sobre la primacía del papa (Sesión IV, cap. iii), condenó implícitamente dichos errores. La Constitución «Sede Apostólica», además, contiene (n.º 5) una excomunión reservada especialmente al papa contra quienes dañen, expulsen o retengan ilegalmente a legados o nuncios.

DESARROLLO HISTÓRICO Y DIVISIÓN.—Los papas han hecho uso de este derecho desde los primeros tiempos de la Iglesia . El primer ejemplo fue el envío de legados por Silvestre I al Concilio de Nicea (325); posteriormente, los enviados al Concilio de Sardica (345); y los enviados por Zósimo Ito Africa (418), para resolver ciertos asuntos eclesiásticos. En el siglo IV encontramos el primer ejemplo de un representante papal enviado con carácter oficial, es decir, el Apocrisiarius (véase), o responsalis. Según Hincmar de Reims, el apocrisiarius data de la época de Constantino, pero según De Marca (De Ord. Palatii, cap. xiii), el cargo data del Concilio de Colchis (451). De las cartas de Gregorio I, él mismo apocrisiario, y de una carta de León I a Juliano de Cos, a quien nombró apocrisiario, se pueden deducir los poderes y deberes de este funcionario: velar por la observancia de la disciplina eclesiástica, resistir la propagación de la herejía y defender los derechos del papa. Durante tres siglos existió un intermediario papal de este tipo en la corte bizantina. Durante los disturbios iconoclastas del siglo VIII, este cargo desapareció, pero fue revivido temporalmente en Occidente cuando el imperio fue restaurado por León III (795-816). Finalmente, sin embargo, la necesidad y frecuencia de legaciones extraordinarias, el debilitamiento y posterior división del imperio entre los sucesores de Carlomagno , hicieron inútil y casi imposible la presencia de legados apostólicos en la corte franca.

Legados Nati. —Casi simultáneamente con el apocrisiario, los papas establecieron en el siglo IV otra clase de legados, de carácter puramente eclesiástico, conocidos posteriormente como legados nati o legados perpetuos. Se puede considerar que tienen su origen en los «vicarios apostólicos» establecidos por los papas Dámaso I (366-384) y Siricio (84-99). Para facilitar con mayor celeridad la disciplina eclesiástica y agilizar los asuntos eclesiásticos, los papas mencionados consideraron oportuno atribuir a ciertas sedes (y primero a Tesalónica ) el título y las funciones de vicario apostólico. Posteriormente, otros papas confirieron el mismo título y las mismas funciones a otras sedes. Los prelados que sucesivamente ocuparon dichas sedes llegaron a ser conocidos como legados nati, puesto que, por su elección a dichas sedes, se convertían ipso facto en legados apostólicos, cargo que se adscribía a la propia sede. Con el tiempo, los legati nati se hicieron muy numerosos; en Francia , los de Arles (545), Sens (876), Lyon (1097); en España , los de Tarragona (517), Sevilla (520), Toledo (1088); en Alemania , los de Trier (969), Salzburgo (973); en Italia, el de Pisa ; en Inglaterra , el de Canterbury, etc. Al principio, las facultades de los legati nati eran muy amplias, a saber, el derecho a visitar las diócesis de la provincia, a examinar el estado de los candidatos a obispados, a consagrar al metropolitano, etc.; sin embargo, con el tiempo, estas facultades se redujeron mucho, y en el siglo XI los legati nati prácticamente dejaron de existir. En nuestros días, las sedes a las que se anexó tal privilegio ya no tienen ninguna jurisdicción extraordinaria, aunque algunas gozan de una distinción honorífica; el arzobispo de Salzburgo, por ejemplo, puede llevar la púrpura cardenalicia, incluso en Roma.

Legati Missi .—Las condiciones eclesiásticas de los siglos X y XI fueron responsables del cese del oficio de legati nati. La vida eclesiástica estaba entonces, en muchos sentidos y lugares, mal regulada, y la disciplina eclesiástica muy laxa; los legati nati demostraron ser incapaces de remediar estos males, ya sea porque a veces su propia conducta no era ejemplar o porque eran negligentes en el cumplimiento de sus deberes. La Santa Sede se vio obligada a combatir estos abusos eligiendo y enviando a diversos países personas en quienes se podía confiar para asegurar los resultados deseados (Luxardo, “Das papstliche Vordekretalen-Gesandschaftsrecht”, 1878). Así surgieron los legati missi, o enviados especiales. Más tarde, todos aquellos a quienes la Santa Sede enviaba en una misión especial fueron llamados legati missi, incluso aquellos que debían presidir alguna ceremonia solemne, por ejemplo, un bautismo o matrimonio real; aquellos designados para recibir a un emperador o soberano que visitaba Roma , etc. Este título también se otorgaba a quienes eran elegidos para gobernar algunas provincias de los Estados Pontificios, por ejemplo, el legado de Bolonia, de Urbino, etc.

Legados a Latere.— Casi al mismo tiempo se estableció otra forma de legación, que se convirtió y sigue siendo la más alta: los legados a latere. El legado a latere es siempre un cardenal, y este nombre proviene del hecho de que un cardenal, al ser miembro del senado del papa, es considerado íntimo, cercano al Romano Pontífice. Otras fuentes derivan este título de la costumbre de recibir las insignias y el cargo en presencia o junto al papa. Dichos legados son enviados en misiones de suma importancia, como el legado a latere enviado a Francia por Pío VII, en la persona del cardenal Giovanni Battista Caprara , para ejecutar el famoso Concordato de 1801.

El último legado a latere también fue enviado a Francia en 1856, en la persona del cardenal Patrizi, para bautizar al Príncipe Imperial. El «Diario di Roma» de ese año recoge todos los detalles de la proclamación del nombramiento en un consistorio del 27 de agosto, y de las ceremonias que acompañaron la partida del legado. El mismo cardenal Patrizi fue designado en esa ocasión para entregar la Rosa de Oro a la emperatriz Eugenia. Los poderes del legado a latere son de gran amplitud, tanto en materia de litigios como de favores. Viaja con una imponente comitiva; inmediatamente después de salir de Roma , se le lleva la cruz delante, y en su presencia ni siquiera los patriarcas tienen derecho a que su cruz les preceda; los obispos no pueden impartir bendiciones episcopales sin su consentimiento. Sin embargo, según el uso actual, un cardenal enviado en misión no siempre ostenta el título de legado a latere, como en el caso de un cardenal enviado por el papa para representarlo en alguna reunión religiosa, como los Congresos Eucarísticos de Westminster, Colonia y Montreal. Las Decretales y el Concilio de Trento definieron claramente las facultades de los legados missi y los legados a latere. Dado que estos últimos eran enviados únicamente para asuntos de suma importancia, la costumbre de enviar legados missi se hizo más frecuente.

Nuncios.—En el siglo XIII, los legados misi pasaron a ser conocidos como nuncios, nombre con el que aún se les denomina. Tras el Concilio de Trento , se establecieron nuncios de forma permanente en diversos países. Además de su misión eclesiástica, también tienen carácter diplomático, ya que desde sus orígenes han estado acreditados ante cortes o gobiernos. Su jurisdicción es ordinaria, pero actualmente es costumbre otorgarles facultades especiales, según las necesidades del país al que son enviados; dichas facultades se transmiten mediante un breve especial. También se les proporcionan cartas credenciales para presentar al gobernante del país, así como instrucciones específicas por escrito. Los nuncios suelen ser arzobispos titulares; sin embargo, ocasionalmente, se nombra para el cargo a obispos o arzobispos de sedes residenciales. Algunos nuncios son de primera clase y otros de segunda, siendo la única diferencia entre ellos que, al finalizar su misión, los de primera clase suelen ser elevados al cardenalato. Viena , Madrid y Lisboa cuentan con nuncios de primera clase. París también pertenecía a esta categoría, pero, debido a la ruptura de relaciones diplomáticas entre Francia y el Vaticano en 1907, actualmente no cuenta con un representante de la Santa Sede . Baviera, Bélgica y Brasil tienen nuncios de segunda clase. No existe un plazo fijo para la duración del mandato de un nuncio; este depende de las circunstancias y de la voluntad del papa.

Internuncios. —Según la disciplina actual, también existen internuncios, quienes en el orden de la diplomacia pontificia siguen inmediatamente a los nuncios. Estos también suelen ser arzobispos titulares, siempre tienen carácter diplomático y son enviados a gobiernos de menor importancia. Son equivalentes a ministros de segunda clase, poseen las mismas facultades que los nuncios y reciben credenciales e instrucciones similares. Actualmente hay internuncios en los Países Bajos , Argentina y Chile . En los Países Bajos , sin embargo, debido a la exclusión de la Santa Sede de la Conferencia de Paz de 1899, el internuncio, Monseñor Tarnassi, fue llamado de nuevo, y ahora solo existe un encargado de negocios papal. El internuncio de los Países Bajos también está acreditado ante el Gran Ducado de Luxemburgo.

Delegados y Enviados Apostólicos Extraordinarios.—En realidad también hay representantes papales conocidos como delegados y enviados apostólicos extraordinarios. Los delegados apostólicos, estrictamente hablando, son siempre de carácter eclesiástico y suelen ser enviados por la Congregación de Propaganda a países misioneros. Sin embargo, la pontificia secretaría de Estado suele enviar delegados apostólicos de carácter puramente eclesiástico a países que no tienen relaciones diplomáticas con el Santa Sede; al mismo tiempo cuando se envía un delegado apostólico a un país que tiene relaciones diplomáticas con el Santa Sede se añade el título de enviado extraordinario, título con el que queda acreditado ante el Gobierno. Así son los delegados y enviados apostólicos extraordinarios al Sur América, por ejemplo a Colombia, Perú, Bolivia, Ecuador, Costa Rica, etc. Otros delegados apostólicos, de carácter puramente eclesiástico, son los enviados a la Estados Unidos de América, Canada, MexicoFilipinas Cuba, y Puerto Rico. Mención especial merece la delegación apostólica en Estados Unidos. En primer lugar, por su importancia equivale prácticamente a una nunciatura de primera clase, como se desprende de la Encíclica del 6 de enero de 1895, dirigida por León XIII a los arzobispos y obispos de los Estados Unidos, que declara: “Cuando el Concilio de Baltimore hubo concluido sus trabajos, aún quedaba el deber de poner, por así decirlo, una corona adecuada y apropiada sobre el trabajo. Esto, percibimos, difícilmente podría hacerse de una manera más adecuada que a través del debido establecimiento por parte de la Sede apostólica de una legación americana. En consecuencia, como usted bien sabe, lo hemos hecho. Con esta acción, como hemos insinuado en otra parte, quisimos, en primer lugar, certificar que a nuestro juicio y afecto América Ocupaba el mismo lugar y derechos que otros estados, por poderosos e imperiales que fueran”. Además, desde el principio todos los titulares de este cargo han sido elevados al cardenalato. Segundo, la delegación apostólica en Estados Unidos tiene la facultad de decidir las apelaciones mediante sentencia definitiva; en otras palabras, es un tribunal de tercera instancia, y de su decisión normalmente no hay apelación ante el tribunal. Santa Sede. Este poder, aunque otorgado desde el principio, ha sido confirmado recientemente por una declaración de la Congregación Consistorial a una investigación del delegado apostólico en Washington, en cuanto a si la concesión original de autoridad papal debía continuar, en vista de la transferencia. de los Estados Unidos de la jurisdicción de Propaganda al derecho consuetudinario de la Iglesia (Sapienti Consilio, 4 de noviembre de 1908). La mencionada respuesta, dada el 8 de mayo de 1909, establece de una vez por todas que las partes son libres de apelar de una sentencia de una curia diocesana o metropolitana directamente ante Roma o a la delegación, pero, una vez hecha la apelación a la delegación, la sentencia pronunciada por el delegado se tendrá por definitiva.

El Delegación de los Estados Unidos fue establecida por León XIII, el 24 de enero de 1893. El primer delegado fue Monseñor Francesco Satolli, que en 1892 había sido seleccionado para representar a la Santa Sede en los Estados Unidos en la Exposición Universal de Chicago, como comisionado papal. Nació en Marsciano, Archidiócesis of Perugia, Italia, en 1839; d. en Roma8 de enero de 1910. Reconocido como uno de los principales teólogos de la época, León XIII lo nombró profesor en las escuelas teológicas más famosas de Roma, el colegio de Propaganda y el seminario romano. Posteriormente fue nombrado presidente de la Academia de Nobles Eclesiásticos de Roma (1886), y titular arzobispo of Lepanto (1888); ascendido a cardenalato el 29 de noviembre de 1895, recibió la birreta en febrero de 1896, en la catedral de Baltimore, de Cardenal gibones. Cardenal Satolli fue sucedido el 27 de agosto de 1896 por Monseñor Sebastián Martinelli, agustino. Nacido en agosto de 1848, ingresó en la Orden de los Agustinos en 1863 y fue ordenado sacerdote en 1874. Ocupó muchos puestos destacados en su orden y fue elegido prior general para un segundo mandato en 1895. Mientras estuvo en Niza, fue nombrado Delegado Apostólico. a los Estados Unidos y creó arzobispo of Éfeso en agosto de 1896. Fue nombrado cardenal el 15 de abril de 1901 y recibió la birreta el 9 de mayo de ese año, en la catedral de Baltimore, de manos de Cardenal Gibones. El actual delegado apostólico (1909), Monseñor Diomedes Falconio, un franciscano, sucedió Cardenal Martinelli el 30 de septiembre de 1902 y tomó posesión el 21 de noviembre de 1902. Nació el 20 de septiembre de 1842 en Pescocostanzo en los Abruzos. Italia, y entró en el Orden Franciscana 2 de septiembre de 1860. Al finalizar sus estudios fue enviado como misionero a los Estados Unidos a la casa madre de los franciscanos en Alleghany, New York y fue ordenado sacerdote por Obispo Timón de Buffalo, 4 de enero de 1866. Después de ocupar varios puestos importantes, fue enviado en noviembre de 1871 a Terranova, como rector de la catedral, y secretario y canciller del obispo. salió del puerto Gracia en 1882, y en 1883 regresó a Italia. En 1889 fue elegido procurador general de su orden y en julio de 1892 fue preconizado titular. Obispo de Lacedonia. Unos años más tarde, fue ascendido a la sede arzobispal de Acerenza y Matera en el sur. Italia. Monseñor Falconio fue nombrado primer Delegado Apostólico permanente en Canada, 3 de agosto de 1899, y el 30 de septiembre de 1902, fue nombrado Delegado Apostólico en los Estados Unidos.

La Santa Sede también suele enviar, según las circunstancias, a los llamados vicarios apostólicos, que pueden ser obispos, prelados o simplemente miembros de comunidades religiosas. Estos representantes tienen siempre una misión exclusivamente eclesiástica y son enviados para examinar la situación de una diócesis, seminarios o alguna institución religiosa.

A las nunciaturas y delegaciones apostólicas se les adjunta un personal compuesto por un auditor y un secretario. Son designados por la Santa Sede y pueden ser de primera o segunda clase. En ocasiones, la Santa Sede también envía a las nunciaturas un consejero y un agregado. En ausencia del nuncio o del delegado, el auditor lo sustituye con el título de encargado de negocios.

Entre los enviados de la Santa Sede cabe mencionar también al alabardero apostólico y al portador de la Rosa de Oro . El alabardero apostólico suele ser un prelado romano o un chambelán privado, enviado para llevar la birreta cardenalicia a un nuevo cardenal ausente de la residencia papal. Le acompaña un miembro de la Guardia Noble, que porta el solideo, y un secretario privado. La ceremonia de imposición de la birreta la realiza el jefe de Estado, si mantiene relaciones diplomáticas con la Santa Sede , o el más alto dignatario eclesiástico del país. El portador de la Rosa de Oro es designado para llevar la Rosa de Oro (bendecida por el papa el Domingo Laetare de cada año) a soberanos, a personas distinguidas o a alguna iglesia importante. En 1895, este cargo se estableció de forma permanente.

DERECHO DE PRECEDENCIA DE LOS REPRESENTANTES DE LA SANTA SEDE.—La cuestión de la precedencia entre los distintos representantes diplomáticos ante países extranjeros fue tratada en el Congreso de Viena de 1815, donde se decidió que siempre corresponde a los representantes de la Santa Sede . Por consiguiente, los nuncios son, por derecho y de hecho, decanos del cuerpo diplomático. Posteriormente, se formularon algunas objeciones, especialmente por parte de Inglaterra y Suecia , respecto a la precedencia de los delegados apostólicos e internuncios, ya que estos no fueron mencionados en el Congreso de Viena ; sin embargo, finalmente se les reconoció en la práctica, quedando incluidos en la decisión de dicho congreso.

B. CERRETTI


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