
Ángel de la Guarda. — Que cada alma individual tenga un ángel de la guarda nunca ha sido definido por la Iglesia y, por consiguiente, no es un artículo de fe; pero es la “mente de la Iglesia ”, como lo expresó san Jerónimo: “cuán grande es la dignidad del alma, puesto que cada uno tiene desde su nacimiento un ángel encargado de guardarla”. (Comm. in Mt., xviii, lib. II). Esta creencia en los ángeles de la guarda se puede rastrear a lo largo de toda la antigüedad; paganos, como Menandro y Plutarco (cf. Eusebio, “Praep. Evang.”, xii), y neoplatónicos, como Plotino, la sostenían. También era la creencia de los babilonios y asirios, como atestiguan sus monumentos, pues una figura de un ángel de la guarda que ahora se encuentra en el Museo Británico decoraba un palacio asirio y bien podría servir como representación moderna; Mientras que Nabopolasar, padre de Nabucodonosor el Grande, dice: «Él (Marduk) envió una deidad tutelar (querubín) de gracia para que me acompañara; en todo lo que hice, él hizo que mi obra tuviera éxito». En la Biblia , esta doctrina es claramente discernible y su desarrollo está bien marcado. En Génesis 18-19, los ángeles no solo actúan como ejecutores de la ira de Dios contra las ciudades de la llanura, sino que también libran a Lot del peligro; en Éxodo 12-13, un ángel es el líder designado del ejército de Israel, y en 32:34, Dios le dice a Moisés : «Mi ángel irá delante de ti».
Mucho más tarde encontramos la historia de Tobías , que podría servir como comentario a las palabras del Salmo 90:11: «Porque a sus ángeles ha mandado acerca de ti, para que te guarden en todos tus caminos». (Cf. Salmo 33:8 y 34:5). Por último, en Daniel 10 , se confía a los ángeles el cuidado de distritos específicos; a uno se le llama «príncipe del reino de los persas», y a Miguel se le denomina «uno de los príncipes principales»; cf. Deuteronomio 32:8 (septiembre) y Eclesiástico 17:17 (septiembre).
Esto resume la doctrina del Antiguo Testamento sobre este punto; es evidente que el Antiguo Testamento concebía a los ángeles de Dios como sus ministros que ejecutaban sus mandatos y a quienes, en ocasiones, se les encomendaban tareas especiales relacionadas con los hombres y los asuntos terrenales. No existe una enseñanza específica al respecto; la doctrina se da por sentada más que se establece explícitamente; cf. II Mac., iii, 25; x, 29; xi, 6; xv, 23. Pero en el Nuevo Testamento la doctrina se expone con mayor precisión. Los ángeles son en todas partes los intermediarios entre Dios y el hombre; y Cristo confirmó la enseñanza del Antiguo Testamento : «Mirad que no menospreciéis a uno de estos pequeños; porque os digo que sus ángeles en los cielos ven siempre el rostro de mi Padre que está en los cielos» (Mt., x; iii, 10). Aquí se nos presenta un doble aspecto de la doctrina: incluso los niños pequeños tienen ángeles guardianes, y estos mismos ángeles no pierden la visión de Dios por el hecho de tener una misión que cumplir en la tierra. Sin detenernos en los diversos pasajes del NT donde se sugiere la doctrina de los ángeles guardianes, bastará con mencionar al ángel que socorrió a Cristo en el huerto y al ángel que liberó a San Pedro de la prisión. Hebreos 1:14 presenta la doctrina con la mayor claridad: «¿No son todos espíritus ministradores, enviados para servirles, los que heredarán la salvación?». Esta es la función de los ángeles guardianes; deben guiarnos, si así lo deseamos, al Reino de los Cielos . Santo Tomás nos enseña (Suma Teológica, I, Q. cxiii, a. 4) que solo los órdenes más bajos de ángeles son enviados a los hombres y, por consiguiente, que solo ellos son nuestros guardianes, aunque Escoto y Durando preferirían decir que cualquiera de los miembros de la hueste angélica puede ser enviado para ejecutar los mandamientos divinos. No solo los bautizados, sino toda alma que viene al mundo recibe un espíritu guardián; Sin embargo, San Basilio (Homilía sobre el Salmo xliii) y posiblemente San Juan Crisóstomo (Hornas iii sobre la Epístola a los Colosenses) sostendrían que solo los cristianos gozaban de tal privilegio. Nuestros ángeles guardianes pueden actuar sobre nuestros sentidos (I, Q. cxi, a. 4) y sobre nuestra imaginación (ibid., a. 3), pero no sobre nuestra voluntad, salvo «per modum suadentis», es decir, actuando sobre nuestro intelecto y, por lo tanto, sobre nuestra voluntad, a través de los sentidos y la imaginación (I, Q. cvi, a. 2; y cxi, a. 2). Finalmente, no se separan de nosotros tras nuestra muerte, sino que permanecen con nosotros en el cielo, no para ayudarnos a alcanzar la salvación, sino «ad aliquam illustrationem» (Q. cviii, a. 7, ad 3 am).
HUGO PAPA


