Bolgeni, GIOVANNI VINCENZO, teólogo y polemista, n. en Bérgamo, Italia, 22 de enero de 1733; d. en Roma, 3 de mayo de 1811. Entró en el Sociedad de Jesús, 31 de octubre de 1747, enseñó filosofía y teología con marcado éxito en Macerata y fue miembro de la Sociedades cuando fue suprimido por Clemente XIV. A partir de entonces se dedicó a la controversia y en reconocimiento a sus destacados servicios contra el jansenismo y el josefinismo, Pío VI lo nombró Teólogo-Penitenciario, cargo del que fue privado por Pío VII a causa de los principios jacobinos que toleró y defendió durante la ocupación de Roma by Napoleón I.
De los escritos teológicos de Bolgeni, el más conocido y al mismo tiempo el menos afortunado fue su “Della carita o amor di Dio” (Roma, 1788). En él intentaba refutar al dominico De Rubeis demostrando que la virtud teologal de la caridad consiste esencialmente en amar Dios como Él es bueno con nosotros y no como Él es bondad absoluta. Esta posición le valió la tergiversación por parte de Teófilo Cristiani, autor ficticio de “Lettera teologico-critica sull' amore di Dio” (1791) y la oposición de sus antiguos camaradas jesuitas, Mazzarelli (1790-91), Rego no (1791). , Cortés (1790-93), Chantre y Herrera (1790-92) y Gentilini (1803). Contra Cristiani desestimó con éxito la acusación de que consideraba que el miedo puramente servil era motivo suficiente para el desgaste, pero afrontó los argumentos de sus otros adversarios al principio con más sutileza que precisión, y luego con silencio. No intentó responder a la crítica minuciosa de su doctrina contenida en el “Idea genuina della carita o amor di Dio” (1800): Además de su obra original, contribuyó a la controversia, “Schiarimenti in confermazione e difesa della sua dissertazione” (Roma, 1788; Foligno, 1790) y “Apologia dell' amor di Dio detto di concupiscenza” (Foligno, 1792). Aunque prácticamente derrotado en esta disputa, la presentación de su caso por parte de Bolgeni demostró que estaba dotado de talentos controversiales de ningún orden insignificante, y los utilizó con efecto revelador en sus escritos sobre temas morales y sobre asuntos que pueden clasificarse como político-teológicos. Como Teólogo-Penitenciario editó una novedosa defensa del probabilismo bajo el título “Il posesso, principio fondamentale per decidere i casi morali”. La segunda parte de esta obra, “Dissertazione seconda fra le morali sopra gli atti umani” (Cremona, 1816; Orvieto, 1853), junto con un tratado sobre la usura, publicado con su nombre pero probablemente no escrito por él, apareció después de su muerte. . La defensa del probabilismo suscitó una tormenta de controversia, y entre los antiprobabilistas destacados que participaron en la discusión se puede mencionar a Obispa de Asís (1798) Agapitus de Palestrina, O. Min. Árbitro. (1799), Cayetano María de Fulgore (1798), canónigo John Trinch del Catedral de Tívoli (1850) y Montbach (1857). De estos, Trineh añadió a su “Il Bolgenismo Confutato” una “digresión sobre la necesidad de confesar todos los pecados mortales, sean ciertos o dudosos, tal como lo son en conciencia”.
Las restantes producciones de Bolgeni están dedicadas principalmente a ataques al jansenismo, el josefinismo y el jacobinismo. Poco después de la supresión del Sociedad de Jesús entró en las listas con el Sociedadesenemigo tradicional, el jansenismo, al publicar “Esame della vera idea della Santa Sede” (Macerata, 1785; Foligno, 1791), obra realizada en refutación de las doctrinas jansenistas contenidas en “La Vera Idea della Santa Sede” de Pietro Tamburini, un célebre profesor de la Universidad de Pavía. Varias respuestas a las críticas de Tamburini y a las censuras del Arcipreste Guadagnini se publicaron en rápida sucesión. En 1787 escribió “Stato de' bambini morti senza battesimo”, y en él anotó la rígida doctrina de Guadagnini de que los niños que mueren sin bautismo están condenados a los tormentos de Infierno. Superada esta controversia, dedicó su pluma a defender los poderes jurídicos de la jerarquía, catalogar los errores del momento y combatir los principios del josefinismo en Austria y de la Revolución en Austria. Francia. Sus publicaciones en este período fueron: “Fatti dommatici ossia dell' infalibility della Chiesa nel decidere sulla dottrina buona, o cattiva de' libri” (Brescia, 1788); “Specchio istorico da servire di preservativo contra gli errori correnti” (1789); “El episcopato ossia della potesta digobernare la Chiesa” (1789). Estas labores literarias llevaron a su nombramiento por Pío VI como Teólogo-Penitenciario y en esta capacidad emitió una defensa de “L'episcopato” (Roma, 1791), y “Dissertazione sulla giurisdizione ecclesiastica” (Roma, 1791), una refutación de la afirmación de George Sicard de que los poderes de las órdenes y la jurisdicción eran idénticos. Casi al mismo tiempo renovó sus ataques contra Guadagnini y Tamburini, refutando las inclinaciones del primero a deificar al Estado en “L'Economia della Fede Cristiana” (Brescia, 1790), y el antieclesiasticismo del segundo en “Problema sei Giansenisti siano Giacobini” (Roma, 1794). “L'Economia della Fede Cristiana” tuvo tal mérito que Migne la incorporó en sus “Demonstrations Evangeliques”, vol. XVIII.
La última fase de la vida de Bolgeni es, cuanto menos, extraña. Después Napoleón I se había apoderado Roma, Bolgeni, con una inconsistencia casi ininteligible, favoreció el juramento de lealtad anti-regio impuesto por el conquistador. Este cambio de frente lo defendió vigorosa y sutilmente, pero en vano. Se vio obligado a retractarse en presencia de los cardenales reunidos en Viena para la elección de un Papa; “Ritrattazione di Gio. Vincenzo Bolgeni directo a Monseñor Illmo. y Rmo. Vicegerente de Roma”. Sus escritos durante esta desafortunada etapa de su carrera fueron: “Parere sul giuramento civico” (Roma, 1798); “Sentimenti de' Professori della University del Collegio Romano sopra it giuramento prescritto dalla Republica Romana” (Roma, un. VII); “Sentimenti sul giuramento civico” (Roma, un. VII); “Metamorfosi del punto. Gio. Marchetti, da penitenziere mutato in penitente” (1800); “Parere... sull' alienazione de' beni ecclesiastici”; “Schiarimenti” para confirmar lo anterior. Después de su muerte se editó una obra, que algunos creen que es de su pluma, “Dei limiti delle due potesta ecclesiastica e secolare” (Florence, 1849), y fue incluido en el Índice corrigadora donec. Lo más probable es que no sea auténtico.
JT LANGAN