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Miedo (desde el punto de vista moral)

Un malestar del alma como consecuencia de la aprehensión de algún peligro presente o futuro.

2019-02-21T21:11:30
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El miedo (DESDE EL PUNTO DE VISTA MORAL), una inquietud del alma consecuente a la aprehensión de algún peligro presente o futuro. Aquí se considera desde el punto de vista moral, es decir, en la medida en que es un factor a tener en cuenta al pronunciarse sobre la libertad de los actos humanos, así como también ofrece una excusa adecuada para no cumplir con la ley positiva, particularmente si la ley es de origen humano. Por último, aquí se considera en la medida en que impugna o deja intacta, en el tribunal de la conciencia, y sin tener en cuenta la promulgación explícita, la validez de ciertos compromisos o contratos deliberados. La división del miedo más comúnmente en boga entre los teólogos es la que por la cual distinguen el miedo grave ( metus gravis ) y el miedo leve ( metus levis ). El primero es aquel que surge del discernimiento de algún peligro inminente formidable: si este es realmente, y sin reservas, de grandes proporciones, entonces se dice que el miedo es absolutamente grande; De lo contrario, solo es relativamente cierto, como por ejemplo, cuando se tiene en cuenta la mayor susceptibilidad de ciertas clases de personas, como ancianos, mujeres y niños. El temor insignificante es aquel que surge al enfrentarse a un daño de poca importancia o, al menos, de cuya ocurrencia existe una escasa probabilidad.

También es habitual observar un temor en el que el elemento de reverencia es primordial ( metes reverentialis ), que tiene su origen en el deseo de no ofender a los padres y superiores. En sí mismo, esto se considera insignificante, aunque, según las circunstancias, puede adquirir fácilmente la gravedad de un temor serio. Un criterio bastante uniformemente empleado por los moralistas para determinar qué es realmente, y al margen de las condiciones subjetivas, un temor serio, es el contenido en esta afirmación. Es el sentimiento que se calcula que influye en un hombre sólidamente equilibrado ( cadere in virum constantem ). Otra clasificación importante es la del temor que proviene de alguna fuente interna de la persona, por ejemplo, el que se crea al saber que se ha contraído una enfermedad mortal; y el temor que proviene de fuera, o que es producido, es decir, por alguna causa extrínseca al sujeto aterrorizado. En este último caso, la causa puede ser natural, como probables erupciones volcánicas, o reconocible en la actitud de algún agente libre. Finalmente, cabe observar que uno puede haber sido sometido al influjo del miedo con razón o sin ella, según si quien provoca esta pasión se mantiene dentro de sus derechos o los excede al hacerlo. Las acciones realizadas bajo la presión del miedo, a menos que este sea tan intenso como para anular la razón, se consideran fruto legítimo de la voluntad humana o, como dicen los teólogos, simplemente voluntarias y, por lo tanto, imputables. La razón es obvia. Tales actos carecen tanto de la debida advertencia como del consentimiento suficiente, incluso si este último se obtiene únicamente para evitar un mal mayor o uno que se concibe como mayor. Sin embargo, en la medida en que van acompañados de una repugnancia más o menos vehemente, se dice que son, en un sentido limitado y parcial, involuntarios.

La conclusión práctica de esta enseñanza es que un acto malvado, que de otro modo tendría la gravedad de un pecado grave, sigue siéndolo, incluso si se comete por un temor serio. Esto es cierto cuando la transgresión en cuestión va en contra de la ley natural. En el caso de las obligaciones derivadas de preceptos positivos, ya sean divinos o humanos, un temor serio y bien fundado puede servir a menudo de excusa, de modo que el incumplimiento de la ley en tales circunstancias no se considera pecaminoso. No se presume que el legislador pretenda imponer un acto heroico. Sin embargo, esto no se aplica cuando satisfacer dicho temor implicaría un daño considerable al bien común. Así, por ejemplo, un párroco, en una parroquia azotada por una epidemia, está obligado por la ley de residencia a permanecer en su puesto, independientemente de sus temores. Cabe añadir que la aflicción, o el arrepentimiento por el pecado, aunque sea fruto del temor inspirado por la idea del castigo eterno, no es en absoluto involuntario. Al menos no debe ser así, si se pretende que sirva en el Sacramento de la Penitencia para la justificación del pecador. El fin que persigue este tipo de arrepentimiento imperfecto es precisamente un cambio de voluntad, y el abandono del apego pecaminoso es algo indiscutiblemente bueno y razonable. Por lo tanto, no hay lugar para ese remordimiento o aversión concomitante con el que se realizan otras cosas por temor.

Por supuesto, no hace falta señalar que en lo expuesto hasta ahora nos hemos referido siempre a lo que se hace por temor, no a lo que ocurre simplemente en o con temor. Un voto contraído por temor a causas naturales, como la amenaza de un naufragio, es válido; pero uno extorsionado como efecto del temor injustamente infligido por otro es inválido; y esto último probablemente sea cierto incluso cuando el temor es insignificante, si constituye el motivo suficiente para hacer el voto. La razón es que resulta difícil concebir que tal promesa sea aceptable para Dios Todopoderoso . En lo que respecta a la ley natural, el temor no invalida los contratos. Sin embargo, cuando una de las partes ha sufrido coacción por parte de la otra, el contrato es anulable a elección de la persona perjudicada. En cuanto al matrimonio, a menos que el temor que motive su celebración sea tan extremo como para anular el uso de la razón, la enseñanza común es que dicho consentimiento, considerando por el momento solo la ley natural, sería vinculante. Su posición en el derecho canónico se analiza en otro artículo. Cabe destacar que la mera insensibilidad al temor, ya sea por estoicismo, orgullo o falta de una valoración adecuada incluso de las cosas temporales, no constituye una cualidad valiosa. Por el contrario, representa una naturaleza viciosa del alma y, en ocasiones, su fruto puede ser notablemente pecaminoso.

JOSÉ F. DELANY


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