
Donación (en JURISPRUDENCIA CIVIL), la transferencia gratuita, o donación (lat. donatio ), de la propiedad. La palabra latina munus también significaba donación, pero “una donación en alguna ocasión especial como nacimientos o matrimonios” (Roby, Roman Private Law , Cambridge, 1902, I, 86). La persona que transfiere la propiedad por donación se denomina donante, y la persona a quien se realiza la transferencia, donatario. En términos legales, la donación se basa en el derecho fundamental que toda persona tiene a disponer de su propiedad como desee (125 New York Court of Appeals Reports, p. 579), un derecho que, sin embargo, se ha considerado desde la antigüedad como un tema apropiado para la regulación y la limitación legal (véase Johns, Babylonian and Assyrian Laws, etc., Nueva York , 1904, XXI). La donación requiere el consentimiento no solo del donante para transferir la propiedad, sino también del donatario para aceptarla y asumirla, «ya que no puedo», señala Pothier (Tratado sobre las Obligaciones, 4), «transferir por el mero acto de mi voluntad un derecho sobre mis bienes, sin la intención concurrente de su parte de aceptarlos». Las donaciones se clasifican generalmente en (1) inter vivos (entre vivos) y (2) mortis causa (en vista de la muerte).
Inter Vivos. —Sir William Blackstone explica (en sus Comentarios, II, 441) que en el derecho inglés el consentimiento mutuo para dar y aceptar no es una donación, sino un contrato imperfecto nulo por falta de contraprestación. Sin embargo, al añadirse la entrega y la aceptación al consentimiento ineficaz, la transacción se convierte en una transferencia irrevocable por donación inter vivos , considerada en derecho como un contrato ejecutado, como si los consentimientos preliminares hubieran constituido un “acto jurídico” efectivo (véase Pollock, Principios de Contrato , Nueva York , 1906, 2). “Toda donación”, señala el Canciller Kent, “que se perfecciona mediante la entrega, y toda concesión, son contratos ejecutados, pues se basan en el consentimiento mutuo de las partes con respecto a un derecho o interés que se transmite entre ellas” (Comentarios sobre el Derecho Americano , II, 437); y Milton (El Paraíso Perdido, XII, 67) dice:
Sólo nos dio más animales, peces, aves,
Dominio absoluto; ese derecho lo tenemos
Por su donación.
Según la ley inglesa, la escritura pública, conocida como escritura, transfiere bienes muebles sin la entrega física, de modo que la propiedad se adquiere al momento de la firma de la escritura, y la donación es irrevocable hasta que el donatario la reclame (JW Smith, The Law of Contracts, 36, Filadelfia , 1885). No solo los bienes muebles, definidos en la ley inglesa como propiedad personal, sino también los bienes inmuebles pueden ser objeto de esta donación (24 Vermont Reports, 591; 115 New York Court of Appeals Reports, 295). La legislación del emperador Justiniano abolió los requisitos que, según la ley romana, habían sido necesarios para perfeccionar una donación, y desde entonces, en virtud de esta legislación, el acuerdo informal del donante para donar lo obligaba a realizar la entrega. Sin embargo, la misma legislación establecía la posibilidad de revocar las donaciones por incumplimiento de sus condiciones, así como por ingratitud grave (Leage, Roman Private Law , Londres , 1906, 145). La ley inglesa «controla», citando al Canciller Kent, «las donaciones cuando se hacen en perjuicio de los acreedores existentes» (Comentarios, II, 440); y una donación puede ser anulada si el donante «estaba bajo alguna incapacidad legal… o si fue atraído, eludido o engañado por falsas pretensiones, embriaguez o sorpresa» (Blackstone, Comentarios, II, 441). Pero la ley inglesa no anula las donaciones por ingratitud ni por otras causas mencionadas en el derecho romano. La ley inglesa «no», según el Canciller Kent, «se permite tales sutilezas» (op. cit.). Las donaciones entre marido y mujer eran contrarias a la política del derecho romano, que permitía la donatio propter nuptias solo antes del matrimonio (Leage, op. cit., 95). Según el derecho consuetudinario inglés, el marido adquiría la plena propiedad de los bienes muebles de su esposa y la posesión, durante la vida conjunta de ambos, de sus bienes inmuebles. Y dado que el derecho inglés consideraba al marido y a la mujer como una sola persona ( Bishop , Commentaries on the Law of Married Women, Boston, 1873, I, 231), la donación de bienes personales del marido a la mujer era «imposible según el antiguo y técnico derecho común» (ibid., 730). Pero el comentarista añade que «en equidad, la situación es diferente» (ibid., 731). El Código Civil francés reconoce las donaciones inter vivos , denominadas entre vifs ; pero están sujetas a numerosas restricciones.
Mortis causa.—Se hace una donación de este tipo cuando una persona “en su última enfermedad”, citando a Blackstone (Comentarios, II, 514), “temiendo próxima su disolución, entrega o hace que se entregue a otro la posesión de cualesquiera bienes personales”. …para conservar en caso de su fallecimiento”. La misma donación también podrá realizarse en presencia de cualquier otro peligro inminente de muerte. Los “Institutos” de Justiniano citan un ejemplo clásico: sic et apud Homerum Telémaco donat Pirceo (II, VII). Esta donación difiere notablemente de la donación. inter vivos al no ser absoluto, sino condicionado a que el donante no se recupere de la enfermedad o no escape al peligro; también en depender de que no haya ejercido el derecho que le resta de revocar la donación. Por tanto, la transferencia sólo se perfecciona con la muerte. El derecho romano permitía este tipo de donaciones entre marido y mujer porque eran donaciones. quae conferuntur in tempus soluti matrimonii (Pothier, Pandectie Justiniaeae, XXIV, t. i, xix). Las donaciones de este tipo de marido a mujer tampoco estaban prohibidas por el common law inglés (24 Vermont Informes, 596). Dado que el peligro por el que se realiza la donación debe estar efectivamente presente, una transferencia realizada por un propietario “no atemorizado por el temor de ningún peligro presente, sino movido por la consideración general de la mortalidad del hombre”, no puede considerarse una donación. causa de la muerte. Esta forma de donación no puede efectuar una transferencia de propiedad de un inmueble. Y cualquier donación causa de la muerte Se ha considerado ilegal abarcar expresamente la totalidad de los bienes del donante, considerándose un intento de escapar a la disposición por última voluntad (American Ley. Registro, I, 25). Los motivos ya mencionados por los cuales una donación inter vivos pueden evitarse también parecen motivos para evitar una donación causa de la muerte. En todos los casos, las pruebas que establezcan dicha donación frente a los representantes del donante deben “ser claras y convincentes, sólidas y satisfactorias” (125 New York Corte de Apelaciones Informes, 757). Porque esta “disposición de la propiedad en el lecho de muerte”, como la denomina Blackstone (op. cit.), no es una de las favoritas de la ley. Hace muchos años, un Lord Canciller de England, profundamente versado en derecho y conocido por su conservadurismo, sugirió que si “este donatio mortis causa fuera completamente eliminado de nuestra ley, sería mejor” (American Ley. Registro, I, II). Y por el Código Civil ha sido “eliminado” de la ley de Francia.
CHARLES W. SLOANE.

