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Definidor (en Derecho Canónico)

Un funcionario en decanatos seculares y en ciertas órdenes religiosas.

2019-02-21T17:40:17
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Definitor (en Derecho Canónico), funcionario en decanatos seculares y en ciertas órdenes religiosas. Entre los regulares, el definitor es nombrado consejero del superior provincial o general con facultades determinadas. Las diócesis suelen dividirse en decanatos, y estos a su vez se subdividen en distritos, a veces llamados definiciones . Sobre cada distrito se coloca un funcionario denominado definitor, quien supervisa la administración de los bienes eclesiásticos y también asiste al decano en las funciones más importantes de su cargo. Dichos definitores son elegidos por los cabildos rurales con la aprobación del obispo, o en algunos casos son nombrados directamente por el ordinario. Antiguamente, su principal función era administrar y distribuir los ingresos de una prebenda entre los herederos del difunto y el nuevo ocupante, y también determinar qué proporción de los ingresos correspondía a los beneficiarios salientes y entrantes de una iglesia. El definitor actúa como representante del decano cuando este se encuentra ausente o incapacitado por enfermedad o irregularidad. Asimismo, es su deber anunciar al obispo el fallecimiento del decano y realizar los preparativos para la elección de su sucesor. Cabe señalar que los definidores no son necesariamente funcionarios de la diócesis, y que las funciones que aquí se les asignan a veces las desempeñan otras personas. En algunos decanatos o capítulos rurales, el título que se le da al definidor es el de chambelán o tesorero.

WILLIAM HW FANNING


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