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Consentimiento (en Derecho Canónico)

Se requiere un acuerdo deliberado de quienes intervienen en transacciones jurídicas para legalizar tales acciones.

2019-02-21T16:40:48
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El consentimiento (en Derecho Canónico) es el acuerdo deliberado que se exige a las partes involucradas en transacciones jurídicas para legalizar dichas acciones. Las palabras, los actos, los escritos o el silencio dan testimonio de la existencia de este consentimiento. La plenitud del consentimiento se mide no tanto por los preliminares de las transacciones como por su ratificación, que constituye el desarrollo psicológico del consentimiento incipiente y otorga consistencia a las transacciones jurídicas. El consentimiento necesario para constituir contratos debe ser interno, externo, mutuo y deliberado. Algunas autoridades sostienen que los contratos formados sin intención de obligarse por parte de las partes contratantes son válidos; otras, con mayor razón, sostienen lo contrario, puesto que la esencia misma de los contratos implica la obligación de las partes.


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