
Congruismo ( congrua , adecuado, adaptado) es el término con el que los teólogos designan una teoría según la cual la eficacia de la gracia eficaz (véase Gracia ) se debe, al menos en parte, al hecho de que la gracia se da en circunstancias favorables a su operación, es decir, «congruente» en ese sentido. La distinción entre gratia congrua y gratia incongrua se encuentra en San Agustín, donde habla de los elegidos como congruenter vocati (Ad Simplicianum, Bk. I, Q. ii, n.º 13). El sistema conocido como Congruismo fue desarrollado por eminentes teólogos jesuitas a finales del siglo XVI y principios del XVII. Todos los molinistas consideran que la gracia actual se identifica realmente con la acción sobrenatural, siendo la gracia actual de la voluntad, técnicamente llamada inspiración, un acto de voluntad. Este acto invariablemente comienza necesariamente y puede volverse libre en cierto punto de su duración; De modo que, si se libera, no habrá una ruptura total de la individualidad, sino solo una modificación de la acción; el movimiento necesario original continúa de forma modificada una vez alcanzado el punto donde comienza la libertad. Una gracia de la voluntad que es meramente suficiente nunca va más allá de este punto. Cuando el movimiento sí lo supera y se vuelve libre, se denomina gracia eficaz; este término se aplica no solo a la segunda etapa de la acción, en la que es libre, sino incluso a la primera, en la que era necesaria, con una tendencia, sin embargo, a continuar después del punto crucial donde comienza la libertad. Esta tendencia a continuar como un acto libre se encuentra en la gracia que permanece meramente suficiente, en el sentido de que la segunda etapa, o libre, puede alcanzarse, pero no se alcanza en ese caso; mientras que, en el caso de la gracia eficaz, la segunda etapa, o libre, se alcanza realmente.
Surge entonces la pregunta: ¿cuál es la razón precisa por la cual, de dos movimientos que pueden suponerse similares en todos los aspectos en cuanto a su constitución intrínseca —de la misma intensidad y del mismo tipo— uno no perdura más allá del punto crítico donde comienza la libertad, mientras que el otro sí? Es esencial para el molinismo que esto se deba en parte a que la voluntad misma continúe actuando bajo la gracia divina o no. A lo que Bellarmino añade que la gracia que resulta eficaz es otorgada por Dios a quien, Él prevé, la usará libremente; mientras que prevé con igual certeza, al otorgar una gracia que permanece meramente suficiente, que no perdurará en el receptor más allá de la etapa inicial o necesaria de su duración. El congruismo insiste además en que el movimiento pasa a la etapa libre cuando las circunstancias le son comparativamente favorables (congruentes); pero cuando son comparativamente adversas (no congruentes), no perdurará, al menos como regla general. Las circunstancias deben considerarse favorables o desfavorables no de forma absoluta, sino comparativamente, es decir, en proporción a la intensidad de la gracia; pues es evidente que, por adversas que sean, Dios puede vencerlas mediante un fuerte impulso de gracia que no sería necesario en otros casos menos obstinados; y, viceversa, impulsos divinos muy poderosos pueden fallar cuando la tentación de pecar es muy grande. No se trata de que en la etapa necesaria del movimiento no haya suficiente energía, por así decirlo, para continuar, siempre suponiendo libertad; ni de que no esté dentro de la competencia de la voluntad, cuando se ha llegado al punto crucial, interrumpir el movimiento que es congruente o continuar el que no lo es. La voluntad puede continuar actuando o abstenerse en ambos casos; por regla general, sin embargo, continúa actuando cuando las circunstancias son favorables a esa forma e intensidad precisas del movimiento, volviéndose así eficaz; y no continúa cuando las circunstancias son desfavorables, demostrando así una gracia meramente suficiente.
Para cualquiera que reflexione sobre la manera en que la voluntad es influenciada por los motivos, debe ser obvio que cualquier movimiento o tendencia que pueda surgir hacia un objeto particular, sea bueno o malo, es más o menos probable que continúe según armonice o entre en conflicto con otros movimientos o tendencias hacia objetos que son incompatibles con el primero. Toda la teoría de la reflexión o meditación se basa en esta verdad. Los estados concomitantes, en simpatía con los movimientos de la gracia, crean las circunstancias favorables o congruentes en las que operan estos movimientos; así como una tendencia hacia el vicio, si va acompañada de otros apetitos favorables a su funcionamiento, debe considerarse congruente o afortunada con respecto a las circunstancias en las que interviene. Jansenistas, agustinianos, molinistas, deterministas, todos deberían estar de acuerdo, y de hecho lo están, en admitir la influencia fortalecedora de varios movimientos confluentes y, a la inversa, el efecto debilitador sobre cualquier tendencia de una tendencia simultánea en dirección opuesta. Hasta aquí todos son congruentes; La diferencia radica en que, mientras que los jansenistas y los deterministas no admiten que la voluntad sea libre de resistir la combinación más fuerte de motivos, y mientras que los agustinianos lo proclaman de palabra pero parecen negarlo en la práctica, todos los molinistas sostienen que la voluntad puede efectivamente dejar de tender hacia un objeto, incluso si este se propone como más perfecto que aquello que se considera incompatible con él; siempre que este objeto más perfecto no se presente como absoluta o infinitamente perfecto en todos los sentidos. Es probable que la voluntad sea atraída, y casi invariablemente lo es, por el motivo más fuerte, es decir, el más congruente; sin embargo, no es atraída por necesidad, ni siquiera de forma completamente invariable, si el molinismo es verdadero. En este sentido, que es el único psicológicamente inteligible del congruismo, Molina, Lessius y todos sus seguidores fueron congruistas tanto como Suárez o Bellarmino.
Todos los verdaderos molinistas admiten y sostienen que, antes de conceder la gracia, ya sea meramente suficiente o eficaz, Dios sabe por scientia media si esta resultará realmente en la acción libre para la cual se otorga, o si, aun siendo suficiente, seguirá siendo ineficaz. Asimismo, todos admiten y proclaman que se ejerce una Providencia especialmente benevolente hacia el receptor de la gracia cuando, conociendo los resultados condicionales, Dios concede gracias que prevé eficaces, en lugar de otras que prevé ineficaces y que tiene la libertad de conceder. Bellarmino (De Gratiae et Lib. Arbitrio, Bk. I, cap. xii) parece acusar injustamente a Molina de no admitir este último punto. La diferencia de opinión entre los molinistas se manifiesta únicamente cuando proceden a indagar sobre la causa de la selección divina: si se debe a algún decreto previo de predestinación que Dios pretende cumplir a toda costa, seleccionando deliberadamente para este fin solo aquellas gracias que prevé que serán eficaces, y pasando por alto u omitiendo, no menos deliberadamente, aquellas que prevé que serían inútiles si se otorgaran. Suárez sostiene que la selección de las gracias que se prevé que serán eficaces es consecuencia y está determinada por dicho decreto previo, por el cual todos, y solo aquellos que serán salvados, fueron infaliblemente predestinados a la salvación, y esto con anterioridad a cualquier conocimiento previo, ya sea de su correspondencia real o meramente condicional con las gracias que puedan recibir. La gran mayoría de los teólogos de la Compañía de Jesús , así como otros seguidores de Molina, si bien admiten que individuos como San Pablo pueden haber sido predestinados de esa manera, no lo consideran el único ni siquiera el curso habitual de la Divina Providencia . (Véase Predestinación ).
Aunque esta diferencia de opinión no tiene realmente nada que ver con el congruismo, probablemente sea la razón principal por la que Billuart y otros opositores del molinismo han sostenido que Suárez y Bellarmino difieren de Molina y Lessius no solo en cuanto a la predestinación, sino también en cuanto a la naturaleza de la gracia eficaz; que la opinión de Suárez es el único congruismo verdadero, a diferencia del molinismo puro de los demás; y que el congruismo en este sentido fue hecho obligatorio para todas las escuelas de la Compañía por Acquaviva , el quinto general (1613). El alcance exacto de su decreto ha sido objeto de acaloradas disputas, pues el padre Schneemann, el cardenal Mazella y otros sostienen que no ordenaba en modo alguno apartarse de la enseñanza de Molina. El padre de Regnon admite francamente, y con razón, que sí lo hacía; no en cuanto a la naturaleza de la gracia eficaz, sino solo en cuanto a la predestinación. (Ver Congregatio de Auxiliis ; Gracia ; Predestinación ; Luis De Molina ; Suárez.)
WALTER MCDONALD

