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Ciudades de refugio

2019-02-22T10:08:06
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Ciudades de Refugio, pueblos que, según la ley judía, gozaban del derecho de asilo y a los que cualquiera que hubiera matado involuntariamente a otro podía huir y ser protegido del “vengador de sangre”. La bárbara costumbre de la venganza de sangre aún existe entre las tribus árabes. En virtud de ella, el pariente de cualquier persona ejecutada considera un deber vengarla matando al asesino intencional o incluso involuntariamente. Las ciudades bíblicas de refugio eran seis en número, a saber: al oeste, Cedes en Galilea , Siquem en el monte Efraín y Hebrón al sur; al este, al otro lado del Jordán , Bosor, que está en la llanura de la tribu de Rubén , Ramot en Galaad de la tribu de Gad y Gaulón en Basán de la tribu de Manasés (Josué xx, 7-8). De Deuteronomio 19:2, 7 y otras consideraciones se desprende que originalmente se contemplaban tres ciudades —las del oeste—, probablemente fundadas en tiempos de Josías, cuando las fronteras y la población del estado judío eran relativamente pequeñas. Cuando, tras el exilio, los judíos se expandieron, sin duda se añadieron las otras tres, como se indica en Números (35:6) y Josué (20:7-8), donde se menciona el número seis.

El derecho de asilo se reconocía en el Antiguo Testamento , pero bajo condiciones cuidadosamente establecidas en la ley judía. Quien, de manera traicionera e intencionada, se hubiera manchado las manos de sangre, no podía encontrar refugio en el altar de Dios . De hecho, podía ser llevado lejos de él para morir (Éxodo 21:14). Incluso podía ser asesinado en el altar, como en el caso de Joab (3 Reyes 2:30, 31, 34). Se concedía protección a quienes, sin intención, habían quitado la vida a otro (Deuteronomio 19:2-7). Para justificar su derecho a la inmunidad, el fugitivo debía probar ante las autoridades del santuario o la ciudad que su acto no había sido premeditado. Tras presentar sus pruebas, se le permitía permanecer dentro de los límites establecidos. No podía regresar a su antiguo hogar ni apaciguar al vengador con dinero. Así, se le exigió una expiación por su imprudencia, y quedó prácticamente prisionero dentro de los límites de la ciudad a la que había huido. Solo podía abandonarla arriesgando su vida a manos del vengador de la sangre. No se nos informa de qué medios se mantenía en la ciudad de refugio, pero probablemente se veía obligado a trabajar para subsistir. Si su familia pudo reunirse con él en su exilio es también una mera conjetura. Generalmente se sostiene que, originalmente, todo altar o santuario del país podía brindar protección a cualquiera que hubiera quitado la vida a otro involuntariamente. Pero con la supresión de los lugares altos y altares provinciales por Josías (sc 621), el derecho de asilo desapareció naturalmente con ellos, y se dispuso la continuación de la antigua costumbre, aunque modificada, mediante la selección de ciertas ciudades de refugio.

JAMES F. DRISCOLL


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