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Investidura canónica

El acto por el cual un soberano concedió un feudo a su vasallo y las ceremonias que acompañaron esa concesión.

2019-02-22T00:09:55
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Investidura , CANÓNICA (del latín investitura , de investire , vestir), acto por el cual un soberano concedía un feudo a su vasallo, y las ceremonias que acompañaban dicha concesión. Desde mediados del siglo XI, y quizás durante la primera mitad de ese siglo, el término se utilizaba para designar el acto y las ceremonias por las cuales los príncipes concedían a obispos y abades, además de sus títulos, las posesiones que constituían sus beneficios y los derechos políticos que debían ejercer (véase El conflicto de las investiduras ). La toma de posesión se realizaba después de la investidura mediante la entronización (véase). Las decretales utilizan la palabra investitura para significar la concesión de un beneficio eclesiástico; solo desde el siglo XIII ha significado el acto de poner a alguien en posesión de dicho beneficio. Este es el sentido en que se utiliza actualmente; es sinónimo de Institutio corporalis . (Véase Institución canónica ; Instalación ).

A. VAN HOVE


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