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binación

Ofrecimiento de Misa dos veces en un día por el mismo celebrante

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binación, la ofrenda del Santo Sacrificio de la Misa dos veces el mismo día por el mismo celebrante.

Algunos creen (Magani, L'Antica Liturgia Romana, Pt. I, p. 296, Pt. II, p. 187) que incluso desde los tiempos apostólicos se celebraban misas privadas cuando era conveniente. Sea como fuere, lo cierto es que en los primeros años de Cristianismo Las misas públicas se ofrecían únicamente los domingos; posteriormente, los miércoles y viernes también (Tertuliano, De Oratione, xiv). A estos tres días se añadió el sábado, especialmente en Oriente (St. Basil, Ep., cclxxxix). San Agustín, que murió en el año 430, nos asegura (Ep. liv.) que, si bien en su época la Misa se celebraba sólo los domingos en algunos lugares, en otros los sábados y domingos, en muchos lugares era costumbre tener el Santo Sacrificio diariamente (St. August., Sermo lviii, De Orat. Domin.), como en África (San Agosto. op. cit.), en España (Concilio de Toledo, año 400), en el Norte Italia (San Ambrosio, Sermo xxv), en Constantinopla (San Juan Criso. en Ep. ad Ephesios), así como en otros lugares. La misa diaria se volvió universal hacia finales del siglo VI. Es más, no pasó mucho tiempo antes de que los sacerdotes comenzaran a celebrar el Santo Sacrificio dos, tres o más veces al día, según su propio deseo, hasta que los cánones sagrados (Graciano, De Consecr., dist. i, can. liii) pongan un límite a su devoción a este respecto, y Alexander II (m. 1073) decretó que un sacerdote debería contentarse con decir misa una vez al día, a menos que fuera necesario ofrecer una segunda —nunca más— por los muertos. A pesar de esta legislación, continuó la práctica de celebrar con mayor frecuencia algunas de las fiestas más importantes: así, el primero de enero se decía una misa de los Octava de la Natividad de Cristo, otro en honor a la Bendito Virgen; Los obispos celebraron tres misas el Jueves Santo, en una de las cuales los pecadores fueron reconciliados con el Iglesia, un segundo para el Consagración de los Óleos, y un tercero conforme a la fiesta; Se dijeron dos Misas en la Vigilia de la Ascensión, así como en la fiesta misma; Se celebraron tres misas el Pascua de Resurrección, y tres también sobre la Natividad de San Juan Bautista. En la fiesta de los Santos. Pedro y Pablo el Papa dijeron una misa en la basílica de San Pedro y una segunda en la de San Pablo. Finalmente, aboliendo todas estas costumbres, Papa Inocencio III (m. 1216) prescribió que un simple sacerdote debía decir sólo una Misa diaria, excepto los días Navidad, cuando podría ofrecer el Santo Sacrificio tres veces; mientras que Honorio III (m. 1227) extendió esta legislación a todos los dignatarios. Esta es entonces la disciplina tanto de Oriente como de Occidente. Iglesia, del cual nadie puede retirarse sin pecado grave.

Hay que señalar, no obstante, que el Iglesia ha considerado aconsejable, en determinadas condiciones, modificar su disciplina a este respecto. Así, la teología moral permite a un sacerdote decir dos Misas los domingos y días festivos de precepto, en caso de necesidad, cuando, de otro modo, un número de fieles se vería privado de la oportunidad de escuchar la Misa. Esto se verificaría, por ejemplo. , era un sacerdote a cargo de dos parroquias o misiones sin otro celebrante disponible, o era la iglesia demasiado pequeña para albergar a todos los feligreses al mismo tiempo (Ver Bula, “Declarasti”, de Benedicto XIV, Bullario IV, 32 ss., 16 de marzo de 1746; León XIII, Lit. Una publicación. “Trans Oceanum”, 18 de abril de 1897). Corresponde, sin embargo, al Ordinario de la diócesis juzgar, en estos y otros casos similares, sobre la necesidad de binar. Por causas similares, cuya gravedad no es tan evidente, Roma concede a los sacerdotes de los países misioneros el privilegio de decir dos Misas (tres en México, según un indulto de Papa leon XIII, Acta S. Sedis, XIII, 340,) CXIX, 96) los domingos y días santos de precepto, en condiciones prácticamente iguales a las antes expuestas (Ver Bula “Apostolicum ministerium”, de Benedicto XIV, para las Misiones Anglicanas, 30 de mayo , 1753, Bullario, X, 197 mXNUMX; Conc. Pleno. Carnada. III, Tito. iii, cap. i; Acta et Decreta Conc. Pleno. América Latina, no. 348 m159; Putzer, “Commentarium in Facultates Apost”, núm. XNUMX mXNUMX). En lo que respecta al permiso para binarse, los teólogos están de acuerdo en que no debe concederse a menos que unas treinta personas sufran grandes molestias para evitar faltar a Misa. En ciertos casos extraordinarios este número se reduce a veinte, mientras que, si se trata de aquellos detenido en prisión o sujeto a las leyes del claustro papal, de diez a quince reclusos serán suficientes para permitir la combinación. Debe tenerse en cuenta que incluso en tales casos a un sacerdote se le permite decir una segunda Misa (nunca una tercera) sólo en caso de que no pueda tener otro celebrante; que no se podrá aceptar estipendio para la segunda Misa; que las abluciones no se hagan en la primera Misa, ya que esto rompería el ayuno prescrito. Un celebrante que va a decir dos Misas en la misma iglesia usa el mismo cáliz para ambas, sin purificarlo en la primera Misa. Si la segunda Misa se va a decir en una iglesia diferente, el celebrante inmediatamente después del último Evangelio de la primera. La misa vuelve al centro del altar, consume las gotas del Sangre preciosa todavía puede permanecer en el cáliz, y luego purifica el cáliz sólo con agua. Esta agua, que se vierte del cáliz en un vaso sobre el altar, se consume junto con la segunda ablución de una Misa posterior, o se vierte en el sagrario. Incluso podría darse a un laico que se encuentre en estado de gracia y en ayunas, como se hace con el agua con la que se limpian los dedos del sacerdote, cuando Primera Comunión se da a los enfermos. El cáliz así purificado al final de la primera Misa puede ser utilizado o no para la segunda Misa, según lo considere conveniente el celebrante.

Papa Benedicto XIV (m. 1758) concedido a todos los sacerdotes, seculares y regulares, de los reinos de España y Portugal  el privilegio de decir tres misas el Todo el día de almas (2 de noviembre). Este privilegio sigue siendo válido para todos los lugares que pertenecían a uno u otro de estos reinos en el momento en que fue concedido. El estipendio ordinario se permite sólo para una de estas Misas; mientras que los otros dos deben ofrecerse por todas las almas del purgatorio.

ANDREW B. MEEHAN


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