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Asesores

Asesores de un juez en derecho eclesiástico

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Los asesores, en derecho eclesiástico, son personas doctas cuya función es aconsejar al juez con quien están asociados en el juicio de las causas. Se les llama asesores porque se sientan al lado (lat. assidere) del juez. Los evaluadores deben examinar documentos, consultar precedentes y, en general, explorar las leyes en busca de puntos relacionados con la causa en cuestión. Un juez que esté sobrecargado de negocios o consciente de su inexperiencia en casos legales puede asociar voluntariamente asesores consigo mismo, o pueden serle asignados por una autoridad superior. Se espera que los asesores sean hombres más allá de toda sospecha de parcialidad, cuyo saber sea concedido. En caso de apelación contra las actuaciones o fallos del juez, deberán ser testigos irreprochables. Como los asesores son asesores del juez y no jueces mismos, no están dotados de ninguna jurisdicción. Tampoco tienen carácter público, sino que asisten a los juicios a título privado. Sin embargo, podrán participar en el interrogatorio del acusado o de los testigos. Debido a su carácter no judicial, los laicos pueden ser empleados como asesores en asuntos espirituales y eclesiásticos, aunque por los cánones de la Iglesia Serían incompetentes como jueces, incluso si un clérigo se uniera a ellos en calidad de juez. Como comúnmente se considera que un asesor limita de alguna manera la dignidad, si no la jurisdicción, del juez, las Sagradas Congregaciones han declarado que un capítulo catedralicio no puede imponer un asesor al juez. Vicario Parroquial-Sede capitular vacante.

WILLIAM HW FANNING


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