Apóstoles. —Bajo este título puede ser suficiente proporcionar información breve y esencial, I, sobre el nombre “Apóstol”; II, sobre sus diversos significados; III, sobre el origen del Apostolado; IV, sobre el oficio de los Apóstoles y las condiciones que en ellos se exigen; V, sobre la autoridad y prerrogativas de los Apóstoles; VI, sobre la relación del Apostolado con el oficio de obispo; VII, sobre el origen de las fiestas de los Apóstoles. El lector encontrará al final de este artículo varios títulos de otros artículos que contienen información complementaria sobre temas relacionados con los Apóstoles.
EL NOMBRE.—La palabra “Apóstol”, del griego apostello “enviar”, “despachar”, tiene etimológicamente un sentido muy general. 'Apóstoles (Apóstol) significa aquel que es enviado, despachado, es decir, a quien se le ha confiado una misión, más bien, una misión extranjera. Sin embargo, tiene un sentido más fuerte que la palabra mensajero y significa tanto como delegado. En los escritores clásicos la palabra no es frecuente. En la versión griega del El Antiguo Testamento ocurre una vez, en III Reyes, xiv, 6 (cf. ibid., xii, 24). En el El Nuevo Testamento, por el contrario, aparece, según la Concordancia de Bruder, unas ochenta veces, y a menudo no designa a todos los discípulos del Señor, sino a algunos de ellos especialmente llamados. Es obvio que nuestro Señor, que hablaba un dialecto arameo, dio a algunos de sus discípulos un título arameo, cuyo equivalente griego era “Apóstol”. Nos parece que no hay ninguna duda razonable sobre la palabra aramea ser; On) seliah, con el que también los judíos posteriores, y probablemente ya los judíos antes de Cristo, denotaban “aquellos que eran enviados desde la ciudad madre por los gobernantes de la raza en cualquier misión extranjera, especialmente aquellos que estaban encargados de recolectar el tributo pagado al servicio del templo” (Lightfoot, “Gálatas”, Londres, 1896, pág. 93). La palabra apóstol sería una traducción exacta de la raíz de la palabra seliah, = apostello.
VARIOS SIGNIFICADOS., es inmediatamente evidente que, en un cristianas sentido, todos los que habían recibido una misión de Dios, o Cristo, para el hombre podría ser llamado “Apóstol”. De hecho, sin embargo, estaba reservado a aquellos de los discípulos que recibieron este título de Cristo. Al mismo tiempo, como otros títulos honoríficos, se aplicaba ocasionalmente a quienes de alguna manera realizaban la idea fundamental del nombre. La palabra también tiene varios significados. (a) El nombre Apóstol denota principalmente uno de los doce discípulos que, en una ocasión solemne, fueron llamados por Cristo a una misión especial. En los evangelios, sin embargo, esos discípulos suelen ser designados con las expresiones oi mathetai (los discípulos) oi dodeka (los Doce) y, tras la traición y muerte de Judas, incluso oi endeka (los Once). En el Sinóptico el nombre Apóstol aparece pero rara vez con este significado; sólo una vez en Mateo y Marcos. Pero en otros libros del El Nuevo Testamento, principalmente en las Epístolas de San Pablo y en los Hechos, este uso de la palabra es corriente. Saúl of Tarso, convertido milagrosamente y llamado a predicar el Evangelio a los paganos, reclamó con mucha insistencia este título y sus derechos. (b) En el Epístola a los Hebreos (iii, 1) el nombre se aplica incluso a Cristo, en el significado original de un delegado enviado desde Dios predicar la verdad revelada al mundo. (c) La palabra Apóstol también tiene en el El Nuevo Testamento un significado más amplio, y denota algunos discípulos inferiores que, bajo la dirección de los Apóstoles, predicaron el Evangelio o contribuyeron a su difusión; así Bernabé (Hechos, xiv, 4, 14), probablemente Andrónico y Junías (Rom., xvi, 7), Epafrodito (Fil., ii, 25), dos cristianos desconocidos que fueron delegados para la colecta en Corinto (II Cor., vii, 23). No sabemos por qué no se da el honorable nombre de Apóstol a misioneros tan ilustres como Timoteo, Tito y otros que igualmente lo merecerían. Hay algunos pasajes en los que la extensión de la palabra Apóstol es dudosa, como Lucas, xi, 49; Juan, XIII, 16; II Cor., xi, 13; I Tes., ii, 7; Efesios, iii, 5; Judas, 17 años, y quizás la conocida expresión “Apóstoles y Profetas”. Incluso en un significado irónico, la palabra aparece (II Cor., xi, 5; xii, 11) para denotar pseudoapóstoles. Hay poco que añadir sobre el uso de la palabra en el antiguo cristianas literatura. El primer y el tercer significado son los únicos que aparecen con frecuencia, e incluso en la literatura más antigua rara vez se encuentra el significado más amplio.
ORIGEN DEL APOSTOLADO. Los Evangelios señalan cómo, desde el comienzo de su ministerio, Jesús llamó a algunos judíos, y mediante una muy diligente instrucción y formación los hizo sus discípulos. Después de algún tiempo, en el ministerio galileo, seleccionó a doce a quienes, como dicen Marcos (?) y Lucas (vi, 13), “también nombró Apóstoles”. El origen del Apostolado está, pues, en una vocación especial, en un nombramiento formal del Señor para un cargo determinado, con autoridad y deberes relacionados. La designación de los doce Apóstoles está dada por los tres evangelios sinópticos (Marcos, iii, 13-19; Mateo, x, 1-4; Lucas, vi, 12-16) casi con las mismas palabras, de modo que las tres narraciones son literalmente dependiente. Sólo en los acontecimientos inmediatamente relacionados hay alguna diferencia entre ellos. Parece casi innecesario esbozar y refutar puntos de vista racionalistas sobre este tema. Quienes sostienen estos puntos de vista, al menos algunos de ellos, sostienen que nuestro Señor nunca nombró doce Apóstoles, nunca pensó en establecer discípulos para ayudarlo en su ministerio. y eventualmente continuar con su trabajo. Estas opiniones son sólo deducciones de los principios racionalistas sobre la credibilidad de los Evangelios, la doctrina de Cristo sobre el Reino de Cieloy la escatología de los evangelios. Aquí puede ser suficiente observar (a) que el testimonio muy claro de los tres evangelios sinópticos constituye un fuerte argumento histórico, que representa, como lo hace, una tradición muy antigua y ampliamente difundida que no puede ser errónea; (b) que la autoridad universalmente reconocida de los Apóstoles, incluso en las controversias más acaloradas, y desde los primeros años después de la muerte de Cristo (por ejemplo en las controversias judías), como leemos en las epístolas más antiguas de San Pablo y en las Hechos, no puede explicarse, ni siquiera entenderse, a menos que reconozcamos algún nombramiento de los Doce por parte de Jesús.
OFICIO Y CONDICIONES DEL APOSTOLADO.—Dos de los evangelios sinópticos añaden a su relato del nombramiento de los Doce breves declaraciones sobre su oficio: Marcos, iii, 14, 15, “Nombró a doce para que estuvieran con él y los enviaran a heraldo, y tener poder para sanar las enfermedades y expulsar demonios”; Mateo, x, 1, “Les dio poder sobre los espíritus inmundos para expulsarlos y sanar toda dolencia y toda dolencia”. Lucas, donde relata el nombramiento de los Doce, no añade nada sobre su cargo. Después (Marcos, vi, 7-13; Mateo, x, 5-15; Lucas, ix,1-5), Jesús envía a los Doce a predicar el reino y a sanar, y les da instrucciones muy concretas. De todo esto resulta que los Apóstoles deben estar con Jesús y ayudarlo proclamando el Reino y curando. Sin embargo, este no era el alcance total de su oficio, y no es difícil comprender que Jesús no indicó a Sus Apóstoles el alcance total de su misión, mientras ellos todavía tenían ideas tan imperfectas de Su propia persona y misión, y del reino mesiánico. La naturaleza de la misión apostólica se aclara aún más por los dichos de Cristo después de su Resurrección. Aquí pasajes como Mateo, xxviii, 19, 20; Lucas, xxiv, 46-49; Hechos, i, 8, 21-22 son fundamentales. En el primero de estos textos leemos: “Id, pues, y haced discípulos a todas las naciones, bautizándolos en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, enseñándoles a guardar todo lo que os he mandado”. Los textos de Lucas apuntan al mismo oficio de predicar y testificar (cf. Marcos, xvi, 16). Los Hechos de los Apóstoles y las Epístolas escritas por los Apóstoles los exhiben en el ejercicio constante de este oficio. En todas partes el Apóstol gobierna a los discípulos, predica la doctrina de Jesús como testimonio auténtico y administra los ritos sagrados. Para desempeñar tal cargo, parece necesario haber sido instruido por Jesús, haber visto al Señor resucitado. Y éstas son, claramente, las condiciones exigidas por los Apóstoles al candidato al lugar de Judas Iscariote. “Por tanto, de los hombres que nos han acompañado durante todo el tiempo que el Señor Jesús entró y salió entre nosotros, desde el bautismo de Juan hasta el día en que fue recibido arriba de nosotros, de éstos es necesario que uno llegue a ser testigo con nosotros. de su Resurrección”(Hechos, i, 21, 22). Esta narración, que parece provenir de una fuente aramea palestina, como muchos otros detalles dados en los capítulos anteriores de Hechos, es antigua y no puede dejarse de lado. Se ve reforzada aún más por una objeción hecha a San Pablo: debido a que fue llamado de manera extraordinaria al Apostolado, se vio obligado a menudo a vindicar su autoridad apostólica y proclamar que había visto al Señor (I Cor., ix, 1). ). La instrucción y el nombramiento de Jesús eran, por tanto, las condiciones regulares para el Apostolado. Excepcionalmente, una vocación extraordinaria, como en el caso de Pablo, o una elección del Colegio Apostólico, como en el caso de Matthias, podría ser suficiente. Un Apóstol tan extraordinariamente llamado o elegido podría predicar la doctrina de Cristo y la Resurrección del Señor como testigo autorizado.
V. AUTORIDAD Y PREROGATIVAS DE LOS APÓSTOLES.—La autoridad de los Apóstoles procede del oficio que les impuso Nuestro Señor y se basa en las palabras muy explícitas del propio Cristo. Estará con ellos todos los días hasta el fin de los siglos (Mateo, xxviii, 20), sancionará su predicación (Marcos, xvi, 16), les enviará la “promesa del Padre”, la “virtud de lo alto” ( Lucas, xxiv, 49). Los Hechos de los Apóstoles y las Epístolas de los El Nuevo Testamento muéstranos el ejercicio de esta autoridad. El Apóstol hace leyes (Hechos, xv, 29; I Cor., vii, 12 ss.), enseña (Hechos, ii, 37 ss.), afirma que su enseñanza debe ser recibida como palabra de Dios (I Tes., ii, 13), castiga (Hechos, v, 1-11; I Cor., v, 1-5), administra los ritos sagrados (Hechos, vi, 1 ss.; xvi, 33; xx, 11), proporciona sucesores (II Tim., i, 6; Hechos, xiv, 22). En términos teológicos modernos, el Apóstol, además del poder de orden, tiene un poder general de jurisdicción y magisterio (enseñanza). El primero abarca el poder de hacer leyes, juzgar en asuntos religiosos y hacer cumplir las obligaciones mediante penas adecuadas. Este último incluye el poder de exponer con autoridad la doctrina de Cristo. Es necesario agregar aquí que un Apóstol podría recibir nuevas verdades reveladas para proponerlas al Iglesia. Esto, sin embargo, es algo totalmente personal para los Apóstoles. (Ver Revelación; Inspiración de la Biblia.)
Católico Los teólogos hablan con razón en sus tratados de algunas prerrogativas personales de los Apóstoles; una breve reseña de ellos puede no ser superflua. a) Una primera prerrogativa, que no se desprende claramente de los textos de la El Nuevo Testamento ni demostrada con razones sólidas, es su confirmación en la gracia. La mayoría de los teólogos modernos admiten que los Apóstoles recibieron una infusión de gracia tan abundante que pudieron evitar toda falta mortal y todo pecado venial plenamente deliberado. (b) Otra prerrogativa personal es la universalidad de su jurisdicción. Las palabras del Evangelio sobre el oficio apostólico son muy generales; en su mayor parte, los Apóstoles predicaron y viajaron como si no estuvieran sujetos a límites territoriales, como leemos en los Hechos y las Epístolas. Esto no impidió a los Apóstoles tomar medidas prácticas para organizar adecuadamente la predicación del Evangelio en los diversos países que visitaron.—(c) Entre estas prerrogativas se cuenta la infalibilidad personal, por supuesto en cuestiones de fe y moral, y sólo cuando enseñó e impuso alguna doctrina como obligatoria. En otros asuntos podrían equivocarse, como Pedro, en la cuestión de las relaciones prácticas con los paganos convertidos; también podrían aceptar ciertas opiniones actuales, como parece haber hecho Pablo con respecto al tiempo de la Parusía, o Segunda Venida del Señor. (Ver Jesucristo.) No es fácil encontrar una demostración escritural estricta para esta prerrogativa, pero argumentos razonables la sugieren, por ejemplo, la imposibilidad para todos sus oyentes de verificar y probar la doctrina que les predica un Apóstol. (d) Es una cuestión más controvertida si un Apóstol que escribiera sobre asuntos religiosos tendría, simplemente por su oficio apostólico, las prerrogativas de un autor inspirado. Así lo afirmó el Católico teólogo, Dr. Paul Schanz de Tubingen (Apologie des Christenthurns, II) y por algunos otros, por ejemplo Jouon en “Etudes religieuses” (1904). Católico los teólogos lo niegan casi unánimemente, por ejemplo el padre Pesch (De Inspiration Sacrae Scripturae, 1906, págs. 611-634). (Ver Inspiración de la Biblia; El Nuevo Testamento.)
VI. APOSTOLADO Y EPISCOPADO.—Dado que la autoridad con que el Señor dotó a los Apóstoles les fue dada para todo el tiempo Iglesia, es natural que esta autoridad perdure después de su muerte, es decir, pase a los sucesores establecidos por los Apóstoles. en el más antiguo cristianas En documentos relativos a las Iglesias primitivas encontramos ministros establecidos, al menos algunos de ellos, por el rito habitual de la imposición de manos. Llevan varios nombres: sacerdotes (presbiterios, Hechos, xi, 30; xiv, 22; xv, 2, 4, 6, 22, 23; xvi, 4; XX, 17; XXI, 18; 17 Tim., v, 19, 5; Tito, i, XNUMX); obispos (episkopoi, Hechos, xx, 28; Fil., i, 1; 2 Tim., iii, 7; Tito, i, XNUMX); presidentes (proistamenoi, I Tes., v, 12; Rom., xii, 8, etc.); cabezas (egoumenoi, Hebreos, xiii, 7, 17, 24, etc.); pastores (poímenes, Ef., iv, 11); profesores (didaskaloi, Hechos, xiii, 1; I Cor., xii, 28 ss., etc.); profetas (profeta, Hechos, xiii, 1; xv, 32; I Cor., xii, 28, 29, etc.), y algunos otros. Además de ellos, están los delegados apostólicos, como Timoteo y Tito. Los términos más frecuentes son sacerdotes y obispos; estaban destinados a convertirse en los nombres técnicos de las “autoridades” del cristianas comunidad. Todos los demás nombres son menos importantes; los diáconos están fuera de discusión, por ser de orden inferior. Parece claro que entre tan gran variedad de términos para las autoridades eclesiásticas en tiempos apostólicos, varios debieron haber expresado sólo funciones transitorias. Desde principios del siglo II en Asia Menor, y algo más tarde en otros lugares, encontramos sólo tres títulos: obispos, presbíteros y diáconos; el último acusado de deberes inferiores. La autoridad del obispo es diferente de la autoridad de los sacerdotes, como resulta evidente en cada página de las cartas del mártir Ignacio de Antioch. El obispo -y no hay más que uno en cada ciudad- gobierna su iglesia, nombra sacerdotes que tienen un rango subordinado a él y son como sus consejeros, preside las asambleas eucarísticas, enseña a su pueblo, etc. Por lo tanto, un poder general de gobierno y enseñanza, muy similar al moderno. Católico obispo; este poder es sustancialmente idéntico a la autoridad general de los Apóstoles, sin, sin embargo, las prerrogativas personales atribuidas a estos últimos. San Ignacio de Antioch declara que este ministerio ostenta legítimamente su autoridad desde Dios a través de Cristo (Carta a los de Filadelfia, i). Clemente de Roma, en su Carta a la Iglesia of Corinto (alrededor de 96), defiende con energía la legitimidad del ministerio de los obispos y sacerdotes, y proclama que los Apóstoles establecieron sucesores para gobernar las iglesias (xlii-xliv). Podemos concluir con confianza que, hacia fines del siglo II, los ministros de las iglesias eran considerados en todas partes como sucesores legítimos de los Apóstoles; esta persuasión común es de primordial importancia.
Surge otra cuestión más difícil en cuanto a las funciones precisas de aquellos ministros que llevan, en los Hechos y en las Epístolas, los diversos nombres antes mencionados, principalmente los presbuteroi y los episkopoi (sacerdotes y obispos). (a) Algunos autores (y ésta es la opinión tradicional) sostienen que la episkopoi de los tiempos apostólicos tienen la misma dignidad que los obispos de tiempos posteriores, y que los presbutroi de los escritos apostólicos son los mismos que los de los sacerdotes del siglo segundo. Esta opinión, sin embargo, debe ceder ante la evidente identidad de obispo y sacerdote en Hechos, xx, 17 y 28, Tito, i, 5-7, Clemente de Roma En el correo electrónico “Su Cuenta de Usuario en su Nuevo Sistema XNUMXCX”. Iglesia of Corinto, xliv. (b) Otro punto de vista que reconoce este carácter sinónimo estima que estos funcionarios a quienes llamaremos obispos-sacerdotes nunca tuvieron la dirección suprema de las iglesias en los tiempos apostólicos; se sostiene que este poder era ejercido por los Apóstoles, los Profetas que viajaban de una iglesia a otra, y por ciertos delegados apostólicos como Timoteo. Sólo éstos fueron los verdaderos predecesores de los obispos del siglo II; los obispos-sacerdotes eran los mismos que nuestros sacerdotes modernos, y no tenían la plenitud del sacerdocio. Esta opinión es ampliamente discutida y propuesta con mucho conocimiento por A. Michiels (L'origine de l'episcopat, Lovaina, 1900). (c) Mons. Batiffol (Rev. bibl., 1895, y Etudes d'hist. et de theol. positiv, I, París, 1903) expresa la siguiente opinión: En las iglesias primitivas había (I) algunas funciones preparatorias, como la dignidad de los Apóstoles. Profetas; (2) algunos presbuteroi no tenían función litúrgica, sino sólo un título honorable; (3) los episkopoi, varios en cada comunidad, tenían una función litúrgica con el oficio de predicar; (4) cuando los Apóstoles desaparecieron, el obispado se dividió: uno de los obispos se convirtió en obispo soberano, mientras que los demás quedaron subordinados a él: estos fueron los sacerdotes posteriores. Este sacerdocio secundario es una participación disminuida del único y único sacerdocio primitivo; Por lo tanto, no existe una diferencia estricta de orden entre el obispo y el sacerdote. Cualquiera que sea la solución a esta difícil cuestión (ver Obispa. sacerdote), sigue siendo cierto que en el siglo II la autoridad apostólica general pertenecía, por una sucesión universalmente reconocida como legítima, a los obispos de la cristianas iglesias. (Ver Sucesión Apostólica.) Los obispos tienen, por tanto, un poder general de orden, jurisdicción y magisterio, pero no las prerrogativas personales de los Apóstoles.
VII. LAS FIESTAS DE LOS APÓSTOLES.—Las memorables palabras de Hebreos, xiii, 7: “Acordaos de vuestros presidentes que os predicaron la palabra de Dios“, siempre han resonado en el cristianas corazón. Las iglesias primitivas tenían una profunda veneración por sus Apóstoles fallecidos (Clemente de Roma, Ep. anuncio Corinto. v); su primera expresión fue sin duda la lectura devocional de los escritos apostólicos, el seguimiento de sus órdenes y consejos y la imitación de sus virtudes. Sin embargo, puede suponerse razonablemente que alguna devoción comenzó en las tumbas de los Apóstoles ya en el momento de su muerte o martirio; Los documentos antiguos guardan silencio sobre este asunto. Las fiestas de los Apóstoles no aparecen tan temprano como podríamos esperar. Aunque los aniversarios de algunos mártires se celebraron incluso en el siglo II, como por ejemplo el aniversario del martirio de Policarpo, Obispa de Esmirna (m. 154-156), los Apóstoles no tenían en ese momento tal conmemoración; se desconocía el día de su muerte. Sólo a partir del siglo IV nos encontramos con las fiestas de los Apóstoles. en el este Iglesia el 27 de diciembre se celebraba la fiesta de Santiago el Menor y San Juan, y al día siguiente la fiesta de los santos Pedro y Pablo (según San Gregorio de nyssa y una menología siríaca). Estas conmemoraciones fueron fijadas arbitrariamente. en el oeste Iglesia Sólo la fiesta de San Juan permanecía el mismo día que en Oriente. Iglesia. El 29 de junio se celebró la conmemoración del martirio de San Pedro y San Pablo; originalmente, sin embargo, era la conmemoración del traslado de sus reliquias (Duchesne, Adoración cristiana, pag. 277). Desde el siglo VI la fiesta de San Andrés se celebraba el día 30 de noviembre. Sabemos muy poco de las fiestas de los otros Apóstoles y de las fiestas secundarias de los grandes Apóstoles. En el Iglesias orientales Todas estas fiestas se celebraban a principios del siglo IX. Para obtener detalles adicionales, consulte Duchesne, “Adoración cristiana"(Londres, 1903), págs. 277-283, y B. Zimmerman en Cabrol y Leclercq's Dict. d'archeol. et de lit. chrt. Yo, 2631-35. (Ver también Apostolicidad. Sucesión Apostólica. Libros apócrifos.)
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